Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 1999 (25/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 1999

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, se ha podido constatar en diferentes inspecciones efectuadas por los miembros de la Policia Municipal del distrito, que algunos locales que funcionan como oficinas administrativas vienen siendo utilizados para otros fines diferentes a los autorizados, asi como el hecho de atender fuera del horario permitido; Que, de conformidad con el Art. 3º de la Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, debe atender el bienestar de los vecinos de su jurisdiccion, para lo cual es pertinente disponer el horario de atencion de dichos locales; Estando a las atribuciones contenidas en el Art. 47º y Art. 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Unico.- Establezcase en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA como horario de funcionamiento MORDAZA para las oficinas administrativas en edificios de viviendas y viviendas multifamiliares hasta las 9.00 p.m. y en el caso de edificios de oficinas y el resto de inmuebles hasta las 11.00 p.m. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 3849

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Amplian alcances de Decreto que declaro zonas rigidas para el estacionamiento de vehiculos a diversas vias del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-99-MDLO/ALC Los MORDAZA, 23 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: Los Informes Nº 021-99-MDLO.DC del Programa de Defensa Civil Nº 057-99-MDLO/DR/DCAC de la Division de Control de Actividades Comerciales Nº 485-99/MDLO/ DR de la Direccion de Rentas y Nº 068-99-MDLO/DDU de la Direccion de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-99-MDLO/ ALC, se declaro zonas rigidas para el estacionamiento de vehiculos motorizados al Jr. MORDAZA A. MORDAZA, en toda su extension y la cuadra 8 de la Av. MORDAZA MORDAZA (altura del Gran MORDAZA del MORDAZA Norte "Zarumilla Caqueta"); Que, a traves del Informe Nº 021-99-MDLO.DC, el Jefe del Programa de Defensa Civil informa que con la aplicacion del Decreto de Alcaldia precitado, ha surgido la necesidad de establecer horarios de restriccion para lo dispuesto en el mismo, asi como ampliar su ambito de aplicacion desde la cuadra 6 hasta la 14 de la Av. MORDAZA Gamarra; Que, la Direccion de Control de Actividades Comerciales, a traves del Informe Nº 057-99-MDLO/DR/DCAC, senala que tras la aplicacion del Decreto de Alcaldia Nº 002-99-MDLO/ ALC, las areas declaradas zonas rigidas han quedado libres del estacionamiento indiscriminado de vehiculos motorizados, pero que el problema se ha trasladado a la primera cuadra del Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de estacionamiento del MORDAZA Nº 01 de la Urb. "Villa Los Angeles" y a las cuadras que van desde la 6 hasta la 15 de la Av. MORDAZA MORDAZA, con lo que el problema continua para el vecindario; por ello recomienda que se amplien los alcances del Decreto de Alcaldia mencionado, declarando zonas rigidas a la primera cuadra del Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la MORDAZA de estacionamiento del MORDAZA Nº 01 de la Urb. "Villa Los Angeles", en horario comprendido desde las 6.00 p.m. hasta las 5.00 a.m., incluyendo en este horario al Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a las cuadras 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 de la Av. MORDAZA MORDAZA, en horario comprendido entre las 6.00 a.m. hasta las 10.00 p.m.; Que, la Direccion de Rentas, mediante Informe Nº 485-99/ MDLO/DR, ratifica lo informado por la Division de Control de Actividades Comerciales y el Programa de Defensa Civil, en el sentido de ampliar el Articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 002-99/MDLO/ALC; Que, mediante Informe Nº 068-99-MDLO/DDU, la Direccion de Desarrollo MORDAZA, luego de evaluar los alcances del Decreto de Alcaldia Nº 002-99-MDLO/ALC, senala su conformidad con lo opinado por la Division de Control de Actividades Comerciales en el sentido de ampliar las disposiciones sobre zonas rigidas a las vias recomendadas por dicha area; Que, de conformidad con el Articulo 65º inciso 13) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es funcion de las municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva el procurar, conservar y administrar en su caso los bienes de dominio publico como caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios publicos y otros analogos; Estando a lo informado, contando con el visto MORDAZA de la Direccion Municipal, Oficina de Asesoria Legal, Direccion de Desarrollo MORDAZA, Unidad de Seguridad Ciudadana y Policia Municipal y el Programa de Defensa Civil; y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853;

Prorrogan plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 06-99/MJM MORDAZA MORDAZA, 16 de marzo de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado o en forma fraccionada, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, mediante Ordenanza Nº 01-97/MJM y sus ampliatorias; y Ordenanza Nº 01-99/MJM, se aprobo el Regimen Tributacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Seguridad Ciudadana para la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, estableciendose como fecha de pago del primer trimestre, el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, es politica de la presente administracion municipal, brindar los mayores facilidades para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo, el plazo establecido para el pago del integro o de la primera cuota del IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES, RELLENO SANITARIO Y SEGURIDAD CIUDADANA del ejercicio 1999. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion de Tributos y Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 3850

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