Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 1999 (25/03/1999)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 1999

obligaciones relacionadas con tributos cuya administracion y recaudacion corresponde a esta Municipalidad. Este Regimen comprende a las infracciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones formales relacionadas con el Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Juegos, Impuesto a los Espectaculos No Deportivos, Licencia de Funcionamiento, renovacion de Licencia de Funcionamiento y otros, respecto a todos los periodos tributarios. Articulo 2º.- Regimen de Gradualidad de Sanciones Tributarias. El presente regimen regula la aplicacion de sanciones contra la infraccion de presentar declaraciones juradas que contengan la determinacion de las deudas tributarias, en forma incompleta o fuera de plazo, de la siguiente forma: a) Si el deudor tributario presenta la declaracion jurada con anterioridad a cualquier notificacion o requerimiento efectuado por la Unidad de Control y Recaudacion y Cobranza relativa al tributo en cuestion, la multa tributaria sera rebajada en un (90%). b) Si la declaracion jurada es presentada con posterioridad a la notificacion o requerimiento efectuado por la Unidad de Control y Recaudacion y Cobranza, pero MORDAZA de la notificacion de la Resolucion de Multa, la sancion sera reducida en un (50%). c) En caso que la declaracion jurada sea presentada con posterioridad a la notificacion de la Resolucion de Multa la sancion sera reducida en un treinta (30%) si dicho monto rebajado es cancelado MORDAZA del inicio del procedimiento de ejecucion coactiva. Efectuadas las reducciones senaladas en el presente articulo, la suma a pagar por concepto de sancion no debera ser inferior a la Multa Tributaria de menor monto que contempla la Escala correspondiente. El calculo de interes moratorio se realiza tomando como base el monto de la Multa Tributaria rebajada. Articulo 3º.- Acogimiento al Regimen de Gradualidad de Sanciones Tributarias. El acogimiento al presente regimen debera efectuarse al momento de pagar la Multa, invocandolo en el comprobante de pago de la misma, emitido por la Unidad de Administracion Tributaria. En los casos previstos en los literales b) y c) del articulo precedente, el infractor que desee acogerse al presente regimen debera solicitarlo por escrito, adjuntando MORDAZA del comprobante de pago por el monto de la Multa Tributaria rebajada.Para el acogimiento al presente regimen respecto de una Resolucion de Multa que hubiere sido impugnada, el infractor debera desistirse de su recurso impugnatorio, cumpliendo con las formalidades establecidas por el Codigo Tributario. Articulo 4º.- Los pagos efectuados sin acogerse al Regimen de Gradualidad de Sanciones Tributarias no constituyen pagos en exceso. Articulo 5º.- Vigencia de la Presente Ordenanza. La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 3977

Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor de 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, el D.S. Nº 123-98-EF del 30 de diciembre de 1998 establecio el valor de la UIT para el presente ejercicio en S/. 2,800.00; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento y otras tasas y derechos que se presten, correspondientes al ejercicio 1999; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA Y DETERMINACION DE TRIBUTOS Articulo 1º.- Monto de los Derechos de Emision Mecanizada y Determinacion del Impuesto Predial. Fijese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del Derecho de Emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio 1999. Por excepcion, el monto del Derecho de Emision sera rebajado a S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) unicamente en los casos en que el contribuyente proceda a cancelar el integro del monto anual del tributo MORDAZA o hasta la fecha de vencimiento del pago del primer trimestre. Por cada predio adicional se abonara S/.4.00 (Cuatro Nuevos Soles) por el mencionado derecho. Articulo 2º.- Monto de los Derechos de Emision Mecanizada y Determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo. Fijese en S/.4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del Derecho de Emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y de recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo por cada predio, correspondientes al ejercicio 1999. Articulo 3º.- Monto de los Derechos de Emision Mecanizada y Determinacion de la Tasa de Licencia de Funcionamiento. Fijese en S/.4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto del Derecho de Emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y de recibos de pago de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, correspondiente al ejercicio 1999. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 3978

Aprueban ordenanza que fija los derechos de emision mecanizada y determi- Establecen Regimen Tributario de los nacion de tributos Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 008-99-MDMM MORDAZA MORDAZA, 22 de marzo de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en sesion ordinaria de la fecha; y, ORDENANZA Nº 009-99-MDMM MORDAZA MORDAZA, 22 de marzo de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha; y,

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