Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 1999 (07/05/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 172930
Anexo Nº 2.B EPS SEDACAJ S.A.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 1999

Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumo por Categoria de Usuarios Localidades de San MORDAZA y Contumaza
Codigo Clasificacion Anterior Nueva Clasificacion Categoria Diametro Consumo Codigo Categoria Consumo Asignacion Conexion Minimo Minimo de Consumo A.P. M3/mes M3/mes M3/mes Social Social 1/2 - 5/8 15 011 Social A 12 15 3/4 30 1 60 15 1 1/2 120 021 Social B 24 30 2 150 3 300 4 450 Domestica Domestica 1/2 - 5/8 20 081 Domestica A 16 20 3/4 40 1 80 20 1 1/2 160 091 Domestica B 32 40 2 200 3 400 4 600 Comercial Comercial 1/2 - 5/8 50 151 Comercial I A 40 50 3/4 100 1 200 50 1 1/2 400 161 Comercial I B 80 100 2 500 3 1000 4 1500 1/2 - 5/8 30 221 Comercial II A 24 30 3/4 60 1 120 30 1 1/2 240 231 Comercial II B 48 60 2 300 3 600 4 900 Industrial Industrial 1/2 - 5/8 100 291 Industrial I A 80 100 3/4 200 1 400 100 1 1/2 800 301 Industrial I B 160 200 2 1000 3 2000 4 3000 1/2 - 5/8 60 361 Industrial II A 48 60 3/4 120 1 240 60 1 1/2 480 120 371 Industrial II B 96 2 600 3 1200 4 1800 Estatal Estatal 1/2 - 5/8 100 431 Estatal I A 80 100 3/4 200 1 400 100 1 1/2 800 441 Estatal I B 160 200 2 1000 3 2000 4 3000 1/2 - 5/8 50 501 Estatal II A 40 50 3/4 100 1 200 50 1 1/2 400 511 Estatal II B 80 100 2 800 3 1000 4 1500

b) Por Promedio de Consumos de por lo menos seis diferencias de lecturas validas anteriores, en el caso de aquellas conexiones que cuentan con medidor, pero este no MORDAZA podido ser leido por causas no imputables a la EPS, o no se encuentre operativo 2. Determinacion del Volumen a Facturar El VAF se determinara con base en la comparacion del Consumo Medido con el Consumo Minimo, de la forma siguiente: a) Cuando el Consumo Medido es menor o igual al Consumo Minimo: Se utilizara el Volumen de Consumo Minimo autorizado de la Categoria correspondiente, independientemente de la diferencia de lecturas del medidor. b) Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo: Se utilizara el correspondiente Consumo Medido. Debera tenerse presente que el concepto de Consumo Minimo solo sera valido para aquellas conexiones que cuentan con medidor. B. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA POTABLE NO CUENTA CON MEDIDOR En este caso, se aplicaran las Asignaciones de Consumo, de la Categoria correspondiente, estableciendolas como los respectivos Volumenes a Facturar. II. Determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable Determinado el VAF por el Servicio de Agua Potable, se aplicara a este las tarifas que corresponden a cada Categoria de Usuarios, utilizando el siguiente procedimiento: 1. Cuando el VAF esta dentro del Primer Rango de Consumo de la Categoria de Usuarios correspondiente. Se multiplicara el VAF por la tarifa (por metro cubico) del Primer Rango de Consumo de la Categoria correspondiente. 2. Cuando el VAF esta dentro del MORDAZA Rango de Consumo de la Categoria correspondiente. Se multiplicara el volumen correspondiente al limite superior al Primer Rango de Consumo por la tarifa (por metro cubico) que corresponde a dicho rango. A esto se le sumara el resultado de multiplicar la diferencia de volumen, que completa el consumo total, por la tarifa (por metro cubico) que corresponde al MORDAZA Rango. III. Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado A. USUARIOS A QUIENES SE PRESTA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN FORMA SIMULTANEA. En este caso, el Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado sera equivalente al siguiente porcentaje del importe correspondiente al Servicio de Agua Potable: a) 45% para la localidad de MORDAZA, y b) 30% para las localidades de San MORDAZA y Contumaza. B. USUARIOS A QUIENES SOLO SE PRESTA EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO En este caso, la facturacion solo podra hacerse por el servicio de alcantarillado. Para tal efecto, la EPS debera determinar previamente el volumen de consumo de agua,

011 021 031 041 051 061 071 081 091 101 111 121 131 141 151 161 171 181 191 201 211 221 231 241 251 261 271 281 291 301 311 321 331 341 351 361 371 381 391 401 411 421 431 441 451 461 471 481 491 501 511 521 531 541 551 561

Anexo Nº 3 EPS SEDACAJ S.A. Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado I. Determinacion del Volumen a Facturar por el Servicio de Agua Potable El calculo del Volumen a Facturar (VAF) por el Servicio de Agua Potable, seguira los siguientes procedimientos: A. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA POTABLE CUENTA CON MEDIDOR 1. Determinacion del Consumo Medido El Consumo Medido se obtendra considerando las siguientes opciones: a) Por Diferencia de Lecturas, a los usuarios cuya conexion cuenta con medidor operativo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.