Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 1999 (19/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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el Primer Curso de Regulacion y Supervision para Supervisores de Mercados de Valores; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del presupuesto de la CONASEV correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/ 15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Nunez, Gerente de Operaciones de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV-, a la MORDAZA de MORDAZA, Espana, del 19 al 29 de MORDAZA de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del presupuesto de la CONASEV: - Pasajes US$ 597,00 - Viaticos US$ 2 340,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 6556

encuentren previstas en el Programa de Apoyo Tecnico contenido en el Anexo C del contrato; Que, el Banco Interamericano de Desarrollo ha manifestado su no objecion a la modificacion del numeral 1.3 del Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Tecnico en los terminos senalados; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituir el texto del numeral 1.3 del "Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Tecnico" del Programa de Reforma del Sector de Inversiones a que se refiere el Contrato de Prestamo BID Nº 985/OC-PE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 156-97-EF/10, por el texto que consta en el anexo de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 6539

EDUCACION
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 077-99-ED Por Oficio Nº 364-99-SG-ME, el Ministerio de Educacion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 077-99-ED, publicada en nuestra edicion del dia 18 de MORDAZA de 1999, pagina 173261. DICE: "Pasajes US$ 4,755.00

Modifican el "Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Tecnico" del Programa de Reforma del Sector de Inversiones a que se refiere contrato suscrito con el BID
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 105-99-EF/10 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 156-97-EF/10, se aprobo el "Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Tecnico" del Programa de Reforma del Sector de Inversiones a que se refiere el Contrato de Prestamo Nº 985/ OC-PE suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo, cuyo organismo ejecutor es la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el numeral 1.3 del referido reglamento senala los organismos subejecutores que son beneficiarios directos del Fondo de Apoyo Tecnico; Que, entre las actividades previstas en el Anexo C del referido contrato de prestamo, se encuentra la ejecucion de diversas acciones vinculadas a la organizacion y fortalecimiento de las agencias reguladoras autonomas; Que, en tal sentido, es necesario modificar el numeral 1.3 del Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Tecnico a fin de incorporar como organismo subejecutor beneficiario al Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN); Que, asimismo, es necesario adecuar dicho numeral a lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 025-98 y ampliar sus alcances con el objeto de permitir la incorporacion de otros organismos como subejecutores y beneficiarios del Fondo, siempre que se cuente con la conformidad del BID y las actividades a financiar se

DEBE DECIR: "Pasajes 6563 US$ 2,191.40"

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion de contrato de licencia para la exploracion y explotacion de hidrocarburos en el Lote 40
DECRETO SUPREMO Nº 016-99-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-98-EM, de fecha 6 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 40, ubicado entre las provincias de Puerto MORDAZA del departamento de MORDAZA y Oxapampa del departamento de Pasco, MORDAZA MORDAZA Central del Peru, suscrito por PERUPETRO S.A., con PanEnergy Exploration and Production (Peru) Ltd., Sucursal del Peru; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas;

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