Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 1999 (19/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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embargo PESQUERA FROLANZA S.R. Ltda. no ha presentado medios probatorios que acrediten de manera fehaciente las acciones legales iniciadas y, que amerite la paralizacion del procedimiento o el otorgamiento del plazo requerido, por lo que deviene en improcedente lo solicitado; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por JADRAN S.A. se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 43º literal c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los Articulos 47º y 138º de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por PESQUERA FROLANZA S.R.Ltda., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados:
Permiso de Pesca Nº de R.M. Fecha

Vistos el recurso de apelacion interpuesto por la Empresa C.V.M. Internacional S.R.L. Eventos e Imagen contra la Resolucion Nº 077-P/CND-IPD-99, de fecha 8 de marzo de 1999; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 077-P/CND-IPD-99, del Instituto Peruano del Deporte, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, se declaro improcedente la solicitud de la Empresa C.V.M. Internacional S.R.L. Eventos e Imagen, respecto a la devolucion de los pagos efectuados por concepto de arrendamiento y mantenimiento del Complejo Deportivo San MORDAZA de Miraflores, alquilado el dia 26 de noviembre de 1998, para la realizacion de una actividad no deportiva; Que contra la mencionada resolucion y dentro del termino de ley, la recurrente interpone recurso de apelacion argumentando que el evento para el que fue alquilado el mencionado complejo deportivo tuvo que ser cancelado por motivos de fuerza mayor como fue la enfermedad del vocalista del Grupo Internacional Los Ilegales, asimismo menciona que los fundamentos de la resolucion impugnada son irrelevantes y contradicen el Articulo 1315º del Codigo Civil; Que de la revision y analisis del recurso interpuesto, se evidencia que la supuesta enfermedad del vocalista del Grupo Internacional Los Ilegales no constituye un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, por cuanto la recurrente como empresa especializada en espectaculos, debio prever tales circunstancias y contemplar la posibilidad de postergar el evento para otra fecha, asimismo el Contrato de Arrendamiento no establecio clausula alguna por la que el Instituto Peruano del Deporte estuviera obligado a devolver el pago de la renta por la no realizacion del evento o cualquier otra causal; Que el recurso de apelacion interpuesto no ha sido sustentado en una diferente interpretacion de las pruebas producidas o en cuestiones de puro derecho, inobservando lo dispuesto por el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, en consecuencia resulta infundado; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en el Informe Nº 075-99-PROMUDEH/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y la Ley Nº 27050, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por la Empresa C.V.M. Internacional S.R.L. Eventos e Imagen, contra la Resolucion Nº 077-P/ CND-IPD-99, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al Instituto Peruano del Deporte - IPD y a la empresa interesada para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 6514

MORDAZA Titular

Nombre de la Embarcacion "PERENE 3"

Capacidad de Bodega (m3) 196.71

Nº de Matricula IO-0960-PM

411-97-PE 12.9.97

JADRAN S.A.

Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fuera otorgado a PESQUERA FROLANDA S.R.Ltda., a traves de la Resolucion Ministerial Nº 411-97-PE, de fecha 12 de setiembre de 1997, para operar la embarcacion pesquera denominada "PERENE 3", con Matricula Nº IO-0960-PM. Articulo 4º.- Incorporar a JADRAN S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion "PERENE 3", asi como incorporar la presente resolucion al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500 y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98PE, retirando a PESQUERA FROLANZA S.R.Ltda., y a la Resolucion Ministerial Nº 411-97-PE consignadas en dichos anexos. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Chimbote, Ica, MORDAZA, Ilo y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion (e) 6456

PROMUDEH
Declaran infundada apelacion contra resolucion que denego a empresa la devolucion de pagos efectuados por arrendamiento de complejo deportivo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-99-PROMUDEH MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1999

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de delitos en agravio de la Sociedad de Beneficencia Publica de San Roman-Juliaca
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 171-99-PROMUDEH MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1999

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