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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 1999 (19/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 173295 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de mayo de 1999 De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar como parte integrante de la delegación peruana que participa en la Conferencia Internacional de Derecho Aeronáutico para modernizar el "Convenio para la Unificación de ciertas reglas para el Transporte Aéreo Internacional", que viene realizándose en la ciudad de Montreal, Canadá, del 10 al 29 de mayo de 1999, a los siguientes funcionarios: - Coronel FAP Jorge Ernesto Barbosa Salaverry, Re- presentante Permanente del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (O.A.C.I.); - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República don Guillermo Russo Checa, Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (O.A.C.I.); y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República don Jaime Arróspide Medina, Jefe del Depar- tamento de Asuntos Aéreos de la Dirección de Asuntos Aéreos y del Espacio. 2º.- La participación del Coronel FAP Jorge Ernes- to Barbosa Salaverry y del Ministro Consejero Gui- llermo Russo Checa, no ocasiona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Ex- teriores. 3º.- La participación del Primer Secretario Jaime Arróspide Medina, se hará efectiva del 24 al 29 de mayo de 1999. Los gastos que ocasione por concepto de pasajes US$ 1,088.72, viáticos US$ 1,540.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 4º.- La presente resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos de ninguna clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6553 Delegan facultades para suscribir el "Segundo Protocolo a la Convención de La Haya de 1954 para la Protección del Patrimonio Cultural en caso de Conflicto Armado" RESOLUCION SUPREMA Nº 208-99-RE Lima, 15 de mayo de 1999 Vista la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1221, de 10 de mayo de 1999, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exte- riores; Debiendo suscribirse el "Segundo Protocolo a la Con- vención de La Haya de 1954 para la Protección del Patri- monio Cultural en caso de Conflicto Armado"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: 1º.- Delegar en la persona del señor Vicente Azula de la Guerra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el "Segundo Protocolo a la Convención de La Haya de 1954 para la Protección del Patrimonio Cultural en caso de Conflicto Armado". 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Vicente Azula de la Guerra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6554 SALUD Autorizan al Ministerio adquirir inmue- ble destinado al proyecto denominado "Alojamiento Conjunto-Hospital de Día y Hospital de Larga Distancia" DECRETO SUPREMO Nº 001-99-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Instituto de Salud del Niño, como estableci- miento de atención de salud especializada de 4º nivel, con referencia nacional, presenta la necesidad de ampliar su infraestructura física, para desarrollar el proyecto deno- minado "Alojamiento Conjunto - Hospital de Día y Hospi- tal de Larga Distancia", de acuerdo al Perfil de Proyecto elaborado, no contando la actual infraestructura con áreas libres para ampliaciones; Que el Banco Central Hipotecario en Liquidación es el propietario del inmueble ubicado frente al Instituto de Salud del Niño, en la Av. Brasil Nºs. 627 - 635 del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, el que puede ser adquirido por el Ministerio de Salud, para ser destinado al mencionado proyecto; Que dicho inmueble tiene una construcción inconclusa, que consta actualmente de tres sótanos y dos pisos en casco; Que no existe en la zona otro inmueble adecuado para el fin propuesto, ni tampoco que presente las facilidades de adquisición que tiene el señalado; De conformidad con lo previsto en la Tercera Disposi- ción Complementaria y Transitoria de la Ley de Presu- puesto del Sector Público para 1999 Nº 27013; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Salud a adquirir directamente al Banco Hipotecario en Liquida- ción, el inmueble ubicado en la Av. Brasil, Nºs. 627 - 635 del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por el precio de Seiscientos treinticinco mil nove- cientos ochenticuatro y 84/100 dólares americanos (US$ 635,984.84), valor establecido por el Consejo Nacional de Tasaciones, cuyo pago será asumido por el Pliego Presu- puestal del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 6548