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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 1999 (19/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 173297 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de mayo de 1999 R-008460 2-C ROJAS CORTEZ, Feliciano S-006128 2-D ROJAS LAVADO, Carlos Ascanio S-005332 2-E BAZAN VASQUEZ, Carlos Alberto G-355069 2-B1 TORREJON OLIVA, Américo Javier S-012916 2-B2 PINARES PACHACAMA, Aquilino G-414355 2-B1 LARCO VELASQUEZ, Víctor Federico P-022625 2-C FERNANDEZ FABIAN, José Antonio Que, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública tipificados en el Código Penal, resultando per- tinente, autorizar al Procurador Público de este Ministe- rio, para que inicie las acciones legales en defensa de los intereses del Estado, contra las personas indicadas en el considerando anterior y los que resulten responsables, siendo procedente dictar el acto administrativo corres- pondiente; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte conside- rativa de la presente resolución y los que resulten respon- sables, por los hechos descritos precedentemente, debien- do la Dirección General de Circulación Terrestre remitir- le los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6464 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-99-MTC/15.18 Lima, 14 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, la Dirección General de Circulación Terrestre inició el canje de licencias de conducir, proceso en el cual se ha detectado que algunos de los citados documentos presentados por los usuarios contienen irre- gularidades; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial, conforme se desprende de los informes que sustentan la presente resolución, luego de proceder a la verificación de las licencias ha determinado que las nume- raciones de éstas pertenecen a otras personas que son los verdaderos titulares según lo registrado en la Base de Datos de Conductores, Antecedentes Registrales y Pa- drón General, resultando por tanto falsas las siguientes licencias: APELLIDOS Y NOMBRES L.C. Cat. 1.- DORIVAL BARROS; José Manuel S-004096 2-E 2.- HUAMANI FERNANDEZ; Eladio S-012781 2-D 3.- CHUQUIPOMA VALENCIA; Carlos S-014088 2-B2 4.- MEDINA TARAZONA; César Guillermo S-005718 2-E 5.- FERNANDEZ HILARIO; Gilberto S-013012 2-C 6.- GAGO RODRIGUEZ; Angel Fernando S-006392 2-D 7.- HUAMAN CISNEROS; Ernesto Atilio S-013502 2-B2 8.- PIZARRO QUINTO; Mercenario Félix S-010019 2-E 9.- DE PAZ ASIS; José Enrique S-008789 2-D 10.- CUSICHE PACUAL; Leoncio Juan S-010878 2-D 11.- CASTILLO BENDEZU; Reymundo S-007271 2-D 12.- QUISPE MENDOZA; Teófilo S-006329 2-B2 13.- CHAVEZ CANDIA; Javier Rodolfo S-006253 2-D 14.- PROCIL PAUCAR; Luis Alberto S-012440 2-C 15.- HUASHUAYO RETAMOZO; Ricardo S-006850 2-E 16.- SAIRE LICLA; Virgilio S-008415 2-D 17.- JUSCAMAITA VIVANCO; Juan Daniel S-003836 2-D 18.- BELLIDO PILLIHUAMAN; Oscar Abilio S-006240 2-D 19.- ATACHAGUA OBLITAS; Roger Raúl S-005827 2-D 20.- CARRASCO HERRERA; Roberto Máximo S-006003 2-D 21.- ARAUJO PAREDES; Edgar Antonio S-005035 2-D 22.- DONAYRE DEL RIO; Carlos Antonio S-009659 2-E 23.- SANTIAGO ESCALANTE; Pablo S-013874 2-B224.- CALLATA LUQUE; Leonardo S-013533 2-C 25.- MATOS JULCA; Justino Donato S-012711 2-C 26.- YAYA SALCEDO; Orlando Enrique S-011967 2-B2 27.- JERI QUISPE; Juan Emiliano S-007044 2-D 28.- SAPAICO JANJACHI; Darío S-006542 2-D 29.- SERPA MORALES; Elidio T. S-005510 2-D 30.- HUAROC REYNA; Jonh Ferrer S-009692 2-D 31.- KUPIRE HUARACC; Cleto Marcelino S-008339 2-D 32.- BAUTISTA APAZA; Clemente S-006582 2-C 33.- SIESQUEN ZEÑA; Walter S-012499 2-B2 34.- ALVARADO UGAZ; Alberto S-005787 2-D 35.- TAFUR HUERTAS; Jesús Abel S-011284 2-D 36.- JUSTANO HUAMAN; Fabio S-096225 A-II 37.- ARIAS REYNA; Idilicio Max Q-103129 A-II 38.- CASTRO MAURI; Federico Octavio G-312509 2-D 39.- MONTERO PONCE; Angel Fredi G-028157 2-D 40.- LEONA TACILLO; Jorge S-011146 2-C 41.- ALFARO FLORES; Víctor Gilberto S-010917 2-D 42.- VARGAS RAYME; Hildebrando S-002778 2-C 43.- GUILLEN RAMIREZ; Eloy Mario S-005441 2-D 44.- RIVEROS ROJAS; Rafael S-011558 2-D 45.- ARELLANO YARINGANO; Alejandro Cirilo S-009933 2-D 46.- REYES ZABALETA; Henry Fernando S-009943 2-C 47.- SAAVEDRA CHUMBE; Marcos Leopoldo S-009395 2-B2 48.- TORRES VIZCARRA; José Antonio S-008957 2-D 49.- HUAYNATE LOZANO; Moisés Willians S-010394 2-D 50.- BAYGORREA TENORIO; Bernabé S-010790 2-D 51.- TITO BAUTISTA; Hernán S-010963 2-D Que, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Minis- terio, para que inicie las acciones legales correspondientes; teniendo en cuenta el Informe Legal Nº 119-99-MTC/ 15.18.05.AL.MST; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte conside- rativa de la presente resolución y los que resulten respon- sables, por los hechos descritos precedentemente, debien- do la Dirección General de Circulación Terrestre remitir- le los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6465 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 200-99-MTC/15.18 Lima, 14 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, la Dirección General de Circulación Terrestre inició el canje de licencias de conducir, proceso en el cual se ha detectado que algunos de los citados documentos presentados por los usuarios contienen irre- gularidades; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial, conforme se desprende de los informes que sustenta la presente resolución, luego de proceder a la verificación de las licencias ha determinado que las nume- raciones de éstas pertenecen a otras personas que resul- tan ser los verdaderos titulares, según lo registrado en la Base de Datos de Conductores, Antecedentes Registrales y Padrón General, resultando por tanto falsas las siguien- tes licencias: APELLIDOS Y NOMBRES L.C. Cat. 1.- RUIZ MEDINA; José Manuel Q-033865 A-II 2.- BARRIENTOS FLORES; René S-011271 2-D 3.- PIZARRO RIVERA; Paulo Román S-014580 2-B2 4.- VILLANUEVA HEREDIA; Robert Luis S-011111 2-D 5.- VEGA BURGOS; Segundo S-005491 2-D