Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 1999 (06/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 902-99-A/MC

De conformidad con las normas en mencion, en uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 47º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; Con las visaciones del Jefe de la Unidad de Personal, el Director de la Oficina de Administracion y Finanzas, el Director de la Oficina de Asesoria Legal, y el Director Municipal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO en via SUMARIA a las personas de MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA, MORDAZA BEJAR MORDAZA, MORDAZA CHUQUITAL MORDAZA, MORDAZA ALCAZAR MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes desempenaron la funcion de ex Director de Desarrollo MORDAZA, Inspector de Obras, ex Jefe de Proyectos y Obras y ex integrante de la Comision de Recepcion y Adjudicacion, respectivamente, en la Municipalidad Distrital de Comas en la fecha en que ocurrieron los hechos de la presente materia, por lo expuesto en los considerandos de esta Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 13774 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 901-99-A/MC Comas, 22 de octubre de 1999 VISTO: El Informe Nº 017-99-CEPAD/MC, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 148-98-CG de fecha 5-12-98 de la Contraloria General de la Republica se contrato los servicios de la Sociedad de Auditoria MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL, a efectos de que formule Examen de Auditoria en la Municipalidad Distrital de Comas, en la Gestion administrativa correspondiente a los anos 1995, 1996 y 1997; Que, la Sociedad de Auditoria ha evacuado el informe pertinente formulando conclusiones, observaciones y recomendaciones, entre ellos la apertura de Procesos Administrativos para determinados Funcionarios y ex Funcionarios; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 205-98-DA/MC del 27-3-98, se aprobo la Liquidacion Final de la Obra PAVIMENTACION ASFALTICA DE LA AV. SANGARARA LADO DERECHO - ANO 1996, bajo comentario, debiendo senalar que la misma fue recepcionada mediante Acta del 8-5-97; Que, el Articulo 5.12.2 del RULCOP "Reglamento Unico de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestacion de Servicios No Personales", establece que a partir de los noventa (90) dias de la firma del Acta de Recepcion, y no haberse formulado la Liquidacion Final de la obra, por razones imputables a la entidad; el Contratista tendra derecho al pago del interes por los saldos correspondientes; Que, las Resoluciones de Liquidacion de Obra, se emitieron despues de 323 dias calendario del Acto de recepcion de la obra, y este hecho origina un perjuicio potencial a la Municipalidad, lo cual se debe a que los funcionarios no dieron cumplimiento a lo dispuesto en el citado articulo; Que, los actos de materia de observacion constituyen falta grave de negligencia en el desempeno de sus funciones, cuya responsabilidad administrativa recae en la persona de MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA, ex Director de Desarrollo Urbano; Que, los hechos materia de la presente constituyen faltas graves administrativas, contempladas como tal en los incisos a), d) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con los Articulos 150º, 151º, 152º y 153º del D.S. Nº 005-90-PCM, siendo de aplicacion lo acotado en los Articulos 154º, 155º, 163º, 165º y 174º de la MORDAZA acotada; De conformidad con las normas en mencion, en uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 47º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; Con las visaciones del Jefe de la Unidad de Personal, el Director de la Oficina de Administracion y Finanzas, el Director de la Oficina de Asesoria Legal, y el Director Municipal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO en via SUMARIA a don MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA, ex Director de Desarrollo MORDAZA, en la Municipalidad Distrital de Comas en la fecha en que ocurrieron los hechos de la presente materia, por lo expuesto en los considerandos de esta Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 13775

Comas, 22 de octubre de 1999 VISTO: El Informe Nº 018-99-CEPAD/MC, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 148-98-CG de fecha 5-12-98 de la Contraloria General de la Republica se contrato los servicios de la Sociedad de Auditoria MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL, a efectos de que formule Examen de Auditoria en la Municipalidad Distrital de Comas, en la Gestion administrativa correspondiente a los anos 1995, 1996 y 1997; Que, la Sociedad de Auditoria ha evacuado el informe pertinente formulando conclusiones, observaciones y recomendaciones, entre ellos la apertura de Procesos Administrativos para determinados Funcionarios y Ex Funcionarios; Que, en la realizacion de la OBRA: PAVIMENTACION DE LAS CALLES MORDAZA MORDAZA, GERALDINO, MORDAZA Y MORDAZA efectuadas en 1997, se fija dia de inicio contractual de la obra en funcion de la fecha de entrega de adelanto en efectivo, no obstante que la solicitud y fecha de la Carta Fianza corresponden a fechas posteriores al plazo minimo establecido; Que, el Contrato de Ejecucion de la obra fue suscrito el 8 de noviembre de 1996, con fecha 26-11-96 el Contratista presenta la solicitud para el adelanto en efectivo, conjuntamente con la Carta Fianza fechada el 21-11-96, cancelandose dicho adelanto el 11-1296; siendo la entrega del terreno el 25-11-96, sin embargo la entidad para efectos de la liquidacion final de la obra considero con fecha contractual de inicio la fecha de cancelacion del adelanto; Que, dicho acto contraviene el Articulo 5.3.1. del RULCOP "Reglamento Unico de Adquisiciones para el Suministro de Bienes y Prestacion de Servicios No Personales", salvo lo senalado por el Articulo 5.2.1. del mismo Reglamento; Que, el acto materia de observacion constituye falta grave de negligencia en el desempeno de sus funciones, asumiendo responsabilidad administrativa los Senores MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA y MORDAZA BEJAR MORDAZA, Ex Director de Desarrollo MORDAZA e Inspector de Obra, respectivamente; Que, los hechos materia de la presente constituyen faltas graves administrativas, contempladas como tal en los incisos a), d) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 concordantes con los Articulos 150º, 151º, 152º y 153º del D.S. Nº 005-90-PCM, siendo de aplicacion lo acotado en los Articulos 154º, 155º, 163º, 165º y 174º de la MORDAZA acotada; De conformidad con las normas en mencion, en uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 47º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; Con las visaciones del Jefe de la Unidad de Personal, el Director de la Oficina de Administracion y Finanzas, el Director de la Oficina de Asesoria Legal, y el Director Municipal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO en via SUMARIA a don MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA y MORDAZA BEJAR MORDAZA, Ex Director de Desarrollo MORDAZA e Inspector de Obra, respectivamente, en la Municipalidad Distrital de Comas en la fecha en que ocurrieron los hechos de la presente materia, por lo expuesto en los considerandos de esta Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 13776 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 903-99-A/MC Comas, 22 de octubre de 1999 VISTO: El Informe Nº 019-99-CEPAD/MC, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 148-98-CG de fecha 5-12-98 de la Contraloria General de la Republica se contrato los servicios de la Sociedad de Auditoria MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL, a efectos de que formule Examen de Auditoria en la Municipalidad Distrital de Comas, en la Gestion administrativa correspondiente a los anos 1995, 1996 y 1997; Que, la Sociedad de Auditoria ha evacuado el informe pertinente formulando conclusiones, observaciones y recomendacio-

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