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Pág. 183215 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de noviembre de 1999 Nº 081-97, del 30 de octubre de 1997, y la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el plano signado con el Nº 065-99-MML-DGO-DHU, los Proyectos de Habilitación Urbana en vías de regulariza- ción del terreno de cinco mil ciento diecinueve metros cuadrados, 5,119.00 m², (CINCO MIL CIENTO DIECI- NUEVE METROS CUADRADOS) ubicado en la intersec- ción de las avenidas prolongación Mateo Pumacahua y General Iglesias, en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la ASOCIA- CION DE COMERCIANTES DEL MERCADO 5 DE JUNIO para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitación Urbana, cuyos Proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos de Habilitación Urbana, a los planos firmados y sellados teniendo en cuenta lo siguiente: Area Bruta Total 5,119.00 m2 Area Util 5,119.00 m2 Pavimentos.- Las características de las obras de Pavi- mentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesa- rio efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mez- clándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo conte- nido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga pro- porciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecua- das. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Pro- ctor Modificado de Laboratorio para un uniforme de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplica- ción de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f ' c=140 kg/ cm2, de 0.15 m de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento -arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardi- nel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construirán sardineles de con- creto de calidad de f ' c=210 kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística ParaLimitados Físicos aprobado por Resolución Ministerial Nº 1378-78-VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberán poner en cono- cimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones tele- fónicas, la interesada, de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985, deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de su notificación. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Reso- lución a la Oficina Registral de Lima y Callao, a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control para que inicie las acciones relacionadas con la multa impuesta, el Servicio de Administración Tributaria - SAT y a la Muni- cipalidad Distrital de Villa El Salvador, para su conoci- miento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal 14101 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Arancel de Gastos y Cos- tas de procedimientos de Ejecución Coactiva ORDENANZA Nº 66-99-MM Miraflores, 20 de octubre de 1999 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en sesión de fecha 20 de octubre, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, aprobó POR MAYORIA la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Arancel de Gastos y Costas de los procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Miraflores el mismo que consta en el Anexo que forma parte del presente dispositivo. Artículo Segundo.- La Unidad Impositiva Tributa- ria será la vigente al 1 de enero de cada ejercicio fiscal. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Ejecución Coactiva de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde