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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (22/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 179555 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de octubre de 1999 Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y en la Resolución Ministerial Nº 154-99-PE; y, En uso de las facultadas conferidas a través del Decre- to Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa CASAMAR S.A., para operar la embarcación pesquera "MARIA JOSE" de matrícula Nº CO-10316-CM, en la extracción del recurso bacalao de profundidad con destino al consumo humano directo aco- giéndose al Régimen Provisional establecido en la Resolu- ción Ministerial Nº 154-99-PE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 13335 PROMUDEH Designan fedataria titular del Progra- ma Nacional de Asistencia Alimentaria RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 470-99-PRONAA/P Lima, 15 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 247-99- PRONAA/P, de fecha 21 de abril de 1999, se designó a la Dra. Mercedes María Postigo Fernández como Fedataria Titular del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; Que, con Resolución Presidencial Nº 435-99-PRONAA/ P, de fecha 27 de setiembre de 1999, se aceptó la renuncia de la citada funcionaria al cargo de Jefa de Personal de la Gerencia de Administración del PRONAA; Que, en consecuencia, se requiere dar por concluida la mencionada designación, nombrando al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Gerencia de Administración, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 25035, Ley de Simplificación Administrativa, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, y estan- do a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, con efectividad al 28 de setiembre de 1999, la designación de la Dra. Mercedes María Postigo Fernández, como Fedataria Titular del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO- NAA. Artículo 2º.- Designar a la Dra. Patricia Ferré Castro, como Fedataria Titular del Programa Nacional de Asis- tencia Alimentaria - PRONAA, por el término de dos años prorrogables, computados a partir de la fecha de la pre- sente Resolución. Artículo 3º.- Los servicios que presta el Fedatario Titular son gratuitos para los usuarios y ejercicio de la función como tal, no excluyen el cumplimiento de las funciones asignadas al cargo que desempeñan.Artículo 4º.- Transcríbase copia de la presente Reso- lución, al Diario Oficial El Peruano para su respectiva publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 13320 SALUD Aprueban instrumento técnico denomi- nado Política Nacional de Medicamen- tos para el Control de la Malaria en el Perú RESOLUCION MINISTERIAL Nº 497-99-SA/DM Lima, 15 de octubre de 1999 Visto el Oficio DGSP Nº 4218-10-99 de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud, en ejercicio de sus atribu- ciones y competencias que la ley le otorga para contribuir a elevar el nivel de salud de la población de acuerdo con la Política Nacional de Salud, ha elaborado el instrumento técnico denominado "Política de medicamentos antimalá- ricos en el Perú", a través del Subprograma de Control de Malaria y OEM, de la Dirección General de Salud de las Personas; con la participación de la Oficina General de Epidemiología, de la Dirección General de Medicamen- tos, Insumos y Drogas, y el Instituto Nacional de Salud; Que siendo necesario poner en vigencia disposiciones técnico-normativas, que garanticen una eficiente aten- ción integral de las necesidades de salud de la población afectada por malaria, es conveniente aprobar el instru- mento normativo propuesto; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 584, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º Aprobar el instrumento técnico Política Nacional de Medicamentos para el Control de la Malaria en el Perú. 2º La Dirección General de Salud de las Personas será la encargada de la difusión y evaluación de la aplicación de las políticas correspondientes. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 13325 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-99-TR Por Oficio Nº 074-99-MTPS-SG/CSRP, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, solicita se publique Fe de