Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 1999 (22/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 179556

NORMAS LEGALES
FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR

MORDAZA, viernes 22 de octubre de 1999
: Una diaria : Tres omnibus

Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 151-99-TR, publicada en nuestra edicion del dia 15 de octubre de 1999, en la pagina 179337. En la parte resolutoria: DICE: MORDAZA MORDAZA Riverditto MORDAZA

: Dos omnibus: UC-2141 (1986) y UB-1792 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UC-2153 (1986) HORARIOS : Salida de Chiclayo: A las 19.00 horas Salida de Bambamarca: A las 19.00 horas

FLOTA OPERATIVA

DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA Reverditto MORDAZA 13327

MTC
Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Chiclayo-Bambamarca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2170-99-MTC/15.18 MORDAZA, 16 de agosto de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02510010 organizado por la empresa de transportes TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C. sobre Concesion de Ruta: CHICLAYOBAMBAMARCA y viceversa e Informe Nº 556-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: Chiclayo - Bambamarca y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 556-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE:

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 13348

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Oyon
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2255-99-MTC/15.18 MORDAZA, 24 de agosto de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02591010 organizado por la empresa de transportes EXPRESO ESPADIN S.A., sobre concesion de ruta: MORDAZA - OYON y viceversa e Informe Nº 590-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO:

Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C., la concesion de ruta: CHICLAYO - BAMBAMARCA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : CHICLAYO - BAMBAMARCA y viceversa : CHICLAYO : BAMBAMARCA : CHONGOYAPE - CUMBIL -EL IZCO - LLAMA HUAMBOS - COCHABAMBA - CHOTA : HUAMBOS - CHOTA

ESCALA COMERCIAL

Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - OYON y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 590-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba-

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