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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (19/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 143

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 178279 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de setiembre de 1999 Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 11678 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 501-99-EM/VME Lima, 3 de setiembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 22060197 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1158455, 1245562 y 1251393, presentado por la concesionaria Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. solicitando la imposición, en vía de regularización, de la servidumbre de electroducto de la L.T. S.E. Paragsha - S.E. Huicra (Tramo: Estructura Nº 16 - S.E. Huicra), ubicada en el distrito de San Antonio de Rancas, provin- cia y departamento de Pasco; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., concesionaria de energía eléc- trica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 059-97-EM de fecha 11 de junio de 1997, ha solicitado la regula- rización de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión S.E. Paragsha - S.E. Huicra (Tramo: Estruc- tura Nº 16 - S.E. Huicra); Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispues- to por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95- PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 236-99-EM/ DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artícu- lo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., en vía de regularización con carácter permanen- te, la servidumbre de electroducto de la L.T. S.E. Paragsha - S.E. Huicra (Tramo: Estructura Nº 16 - S.E. Huicra), ubicada en el distrito de San Antonio de Rancas, provincia y departamento de Pasco; de acuer- do a la documentación técnica y a los cuadros publi- cados en el Diario Oficial El Peruano los días 24 y 25 de agosto de 1999. Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. deberá adoptar las medi- das necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.Artículo 4º.- Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. deberá velar permanente- mente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 11681 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 502-99-EM/VME Lima, 3 de setiembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 22060297 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1158456, 1249610 y 1251819, presentado por la concesionaria Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., solicitando la imposición, en vía de regulariza- ción, de las servidumbres de electroducto de la Línea de Transmisión S.E. Carhuamayo - S.E. Paragsha (Tramos: Ferrocarril Km. 37 - Estructura Nº 3 S.E. Paragsha) y S.E. Excelsior - S.E. Paragsha y de ocupación de bienes para S.E.T. Excelsior y Parags- ha, ubicadas en el distrito de Simón Bolívar, provin- cia y departamento de Pasco; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., concesionaria de energía eléc- trica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 059-97-EM de fecha 11 de junio de 1997, ha solicitado la regula- rización de las servidumbres de electroducto de la Línea de Transmisión S.E. Carhuamayo - S.E. Paragsha (Tra- mos: Ferrocarril Km. 37 - Estructura Nº 3 S.E. Paragsha) y S.E. Excelsior - S.E. Paragsha y de ocupación de bienes para S.E.T. Excelsior y Paragsha; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispues- to por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95- PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 242-99-EM/ DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artícu- lo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Electri- cidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las servidumbres de electroducto de la Línea de Transmisión S.E. Carhua- mayo - S.E. Paragsha (Tramos: Ferrocarril Km. 37 - Estructura Nº 3 S.E. Paragsha) y S.E. Excelsior - S.E. Paragsha y de ocupación de bienes para S.E.T. Excelsior y Paragsha, ubicadas en el distrito de Simón Bolívar, provin- cia y departamento de Pasco; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 29 y 30 de agosto de 1999..