Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 1999 (19/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 178284

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 1999

presente Resolucion; por falta disciplinaria (Actos de inmoralidad). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 11654

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de los delitos de Estafa y contra la Fe Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0939-99-IN/0103 MORDAZA, 13 de setiembre de 1999 Visto, el Oficio Nº 863-99-PP-PNP/1204 de 2.SET.99, mediante el cual se solicita la Expedicion de Resolucion Ministerial Autoritativa pertinente para iniciar las Acciones Legales contra el SO1.PNP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros. CONSIDERANDO: Que, en el Parte Administrativo Nº 15-99-DIRLOGPNP-INSPECTORIA.1 de 13.MAY.99, se establece que los suboficiales PNP que se indican: SO1.PNP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, SOT2. PNP. MORDAZA MORDAZA MUNIZ y el SO1.PNP. MORDAZA Yvan MORDAZA MORDAZA, pertenecientes a la DINANDROPNP, con fecha 31.DIC.97 fueron cambiados de colocacion de MORDAZA a la DOTAP-TARAPOTO-YURIMAGUASLAGUNAS, y que por conceptos de indemnizacion de gastos se les pago la suma de S/. 1,700.84, 1,754.25 y 1,700.84 respectivamente. Que, despues de haber cobrado las indicadas sumas, se habrian contactado con el ET.3.PNP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien prestaba servicios en el Departamento de Pasajes y Bagajes de la Division de Abastecimientos de la DIRLOG-PNP, para gestionar un reintegro total por la suma de S/. 33,454.20, adjuntando partidas de matrimonio y de nacimiento falsificadas. Que, los hechos descritos constituyen delito de Estafa y contra la Fe Publica, en agravio de la PNP y del Estado respectivamente, hechos que deben ser denunciados y esclarecidos en el curso de las investigaciones. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, y estando a lo opinado por la OGAJ-MININTER; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru, para que interponga las acciones legales pertinentes contra los suboficiales PNP que se indican: SO1.PNP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, SOT2. PNP. MORDAZA MORDAZA MUNIZ y el SO1.PNP. MORDAZA Yvan MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por los ilicitos penales descritos en los considerandos que anteceden. Articulo 2º.- Remitase todo lo actuado al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 11817

Declaran inadmisible revision interpuesta por empresa contra la R.D. Nº 086-99-IN-1505
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0936-99-IN-1505 MORDAZA, 13 de setiembre de 1999 Visto, el Informe Nº 1870-99-IN-0203, de 19.AGO.99, relacionado con el Recurso de Revision interpuesto por la EVP. FUGAZ EIRL., contra la Resolucion Directoral Nº 086-99-IN/1505 de 17.JUN.99; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 086-99-IN1505 de 17.JUN.99, se declaro infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la EVP. FUGAZ EIRL., contra la R.D. Nº 566-99-IN/1509 de 14.ABR.99, dandose por agotada la via administrativa; Que, con fecha 4.AGO.99, la empresa mencionada en el considerando anterior, interpone Recurso de Revision contra la Resolucion Directoral Nº 086-99-IN-1505, de 17.JUN.99; Que, el Recurso de Revision se interpondra ante una tercera instancia si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional, conforme lo dispone el Art. 100º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; Que, revisado y analizado el expediente, se establece que la Resolucion cuya revision se solicita fue expedida por el Director General de Gobierno Interior, el mismo que tiene competencia a nivel nacional; Que, en consecuencia, el recurso impugnativo interpuesto debe ser declarado inadmisible, mas aun, si con la Resolucion Directoral Nº 086-99-IN-1505 de 17.JUN.99, se da por agotada la via administrativa; De conformidad con lo establecido en el Articulo 100º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS de 28.ENE.94; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar inadmisible el Recurso de Revision interpuesto por la EVP. FUGAZ EIRL., contra la Resolucion Directoral Nº 086-99-IN-1505, de 17.JUN.99, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 11816

JUSTICIA
Designan Viceministro de Justicia
RESOLUCION SUPREMA Nº 215-99-JUS MORDAZA, 17 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.