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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (19/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 143

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 178282 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de setiembre de 1999 sos que serán proporcionados por el Gobierno Peruano como Contrapartida Nacional; Que, en el Marco del Proyecto PER/98/G31 para la "Electrificación Rural a Base de Energía Fotovoltai- ca" y con cargo al compromiso de financiamiento para su ejecución, suscrito con fecha 14.4.99, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, a través del Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF) ha aprobado el Aporte Financiero No Reembol- sable (donación), por un monto de TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL NOVENTITRES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 3,930,093.00), que será destinado a cubrir parte de los recursos requeridos para el inicio de la ejecución del Proyecto señalado; Que, de acuerdo a los términos del compromiso de financiamiento suscrito para la ejecución del Proyec- to, debe establecerse el monto que será asignado como fondo de Contrapartida Nacional, por un valor de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTI- SEIS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 3,846.000.00), de los cuales la suma de CIENTO DOCE MIL DIECINUEVE Y 00/100 DOLARES AME- RICANOS (US$ 112,019.00) corresponde al concepto Gastos de Administración, con cargo al Presupuesto de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de Unidad Ejecu- tora del Proyecto; Que, consecuentemente, es necesario aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable (donación) proveniente del Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF), y esta- blecer el monto del fondo de Contrapartida Nacional que será requerido, asimismo designar a la Dirección Ejecu- tiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, como Unidad Ejecutora del Proyecto respectivo; Que, tratándose de Cooperación Técnica Internacio- nal no vinculada a programas de endeudamiento exter- no, corresponde al Ministerio de Energía y Minas, dictar las medidas pertinentes que permitan la adecuada y oportuna utilización de los recursos donados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, inciso d) del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM y el Decreto Supremo Nº 021-93-EM; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar el Aporte Financiero No Reem- bolsable (Donación) efectuado por el Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF), por un monto de TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL NOVENTI- TRES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 3,930,093.00), que serán destinados a cubrir parte de los recursos requeridos para el inicio de la ejecución del Proyecto PER/98/G31, para la "Electrificación Rural a Base de Energía Fotovoltaica", que llevará a cabo el Ministerio de Energía y Minas con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Artículo 2º.- Establecer el monto de TRES MILLO- NES OCHOCIENTOS CUARENTISEIS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 3,846.000.00), que será asignado como fondo de Contrapartida Nacional del Aporte Financiero No Reembolsable (donación), con car- go a los recursos disponibles aprobados a la Dirección Ejecutiva de Proyectos para el Ejercicio 1999, y a las previsiones presupuestales de ejercicios posteriores que fueran requeridas para la normal ejecución del proyecto hasta su culminación. Artículo 3º.- Designar a la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, como Unidad Ejecutora del Proyecto a que se refiere el Artícu- lo 1º de la presente Resolución, quedando autorizada para abrir las cuentas bancarias que fueran necesarias, en moneda extranjera y/o moneda nacional, para el manejo del fondo de Contrapartida Nacional. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de laPresidencia del Consejo de Ministros, y al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - (PNUD). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 11985 Autorizan ejecución de obra de línea de transmisión que dotará de energía a pequeños sistemas eléctricos en el departamento de Arequipa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 519-99-EM/DEP Lima, 16 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, tiene previsto ejecutar la Obra: LINEA DE TRANSMISION EN 138 kV REPAR- TICION - MAJES, SUBESTACIONES Y PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO LA JOYA, en las provincias de Arequipa, Castilla y Condesuyos, departamento de Are- quipa, que permitirá dotar de energía eléctrica a los Pequeños Sistemas Eléctricos de La Joya, Corire - Aplao, Majes y Chuquibamba - Pampacolca - Viraco, con ener- gía proveniente del Sistema Interconectado Sur; Que, para tal efecto, es necesario autorizar la ejecu- ción de la Obra señalada anteriormente; Que, asimismo, se ha considerado conveniente encar- gar a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, la realización de la Licita- ción Pública requerida para seleccionar al contratista que se haga cargo de la ejecución de la Obra indicada; Que, la Oficina de Servicios para proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, mediante Carta PER/99/ 001/02587-C del 19.8.99, ha remitido las Bases que regirán el proceso de Licitación Pública OSP/PER/369/ 575, objeto del encargo que se autoriza con la presente Resolución, las mismas que resulta necesario aprobar; Que, mediante Memorando Nº 202-99-EM-OGRS/ OPREST del 31.5.99 e Informe Nº 107-99-EM-OGRS/ OPREST de la misma fecha, la Oficina de Presupuesto y Tesorería de la Oficina General de Recursos y Servicios del Ministerio de Energía y Minas, ha emitido opinión favorable sobre la existencia de la respectiva disponibili- dad presupuestal; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25565, Decreto Supremo Nº 132-92-EF, Decreto Supremo Nº 133-92-EF, Resolución Suprema Nº 035-93-EM, y la Tercera Disposi- ción Complementaria de la Ley Nº 26850; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, para que proceda a la ejecución de la Obra: LINEA DE TRANSMI- SION EN 138 kV REPARTICION - MAJES, SUBESTA- CIONES Y PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO LA JOYA, en las provincias de Arequipa, Castilla y Conde- suyos, departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, la convocatoria y organización de la Licitación Pública para seleccionar al contratista que se haga cargo de la ejecución de la Obra referida en el artículo prece- dente. Artículo 3º.- Aprobar las Bases que regirán la Lici- tación Pública señalada en los Artículos 1º y 2º, las mismas que forman parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- La Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas queda encargada de