Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 1999 (19/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 1999 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision C.H. Oroya - S.E. Planta de Zinc (L-509), ubicadas en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junin; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 29 y 30 de agosto de 1999. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 11685

Articulo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision S.E. Morococha - S.E. Concentradora Morococha y S.E. Morococha 6 MVA, ubicada en el distrito de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junin; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 24 y 25 de agosto de 1999. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 11684 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 505-99-EM/VME MORDAZA, 3 de setiembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 22053297 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1113613, 1130201, 1152125, 1211694, 1249615 y 1251818, presentado por la concesionaria Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision C.H. Oroya - S.E. Planta de Zinc (L-509), ubicada en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Electricidad de los Andes S.A. ELECTROANDES S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 059-97-EM de fecha 11 de junio de 1997, ha solicitado la regularizacion de la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision C.H. Oroya - S.E. Planta de Zinc (L-509); Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 240-99-EM/ DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM;

Aceptan donacion destinada a la ejecucion de proyecto sobre electrificacion rural en beneficio de diversas comunidades
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 518-99-EM/DEP MORDAZA, 16 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de MORDAZA de 1993, fue creada la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, con el objeto de ampliar la frontera electrica en zonas rurales y aisladas para alentar el desarrollo y mejorar la calidad de MORDAZA de sus pobladores; Que, bajo el contexto senalado anteriormente, el Ministerio de Energia y Minas a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, ha gestionado ante el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD y el Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF), la ejecucion del Proyecto PER/98/G31 "Electrificacion Rural a Base de Energia Fotovoltaica en el Peru", para la instalacion de 12,500 sistemas fotovoltaicos en beneficio directo de 250 comunidades que viven en los alrededores de las ciudades de Pucallpa, Iquitos, Puerto MORDAZA y Jaen; Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Gobierno Peruano a traves de la Secretaria de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, y el Ministerio de Energia y Minas, en calidad de Agencia de Ejecucion, con vista al creciente interes en la utilizacion de las energias no convencionales para la satisfaccion de las demandas cada vez mas crecientes del Sector Energetico, han aprobado la ejecucion del Proyecto PER/98/G31 "Electrificacion Rural a Base de Energia Fotovoltaica en el Peru", con el apoyo financiero, en parte, del Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF), y con los recur-

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