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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (20/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 178314 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de setiembre de 1999 c) No permitirán que se efectúen cualquier tipo de soldaduras o trabajos en caliente a bordo de sus naves durante las operaciones de Alijo. d) Izarán las banderas correspondientes de acuerdo al Código Marítimo Internacional de Señales. e) Dispondrán lo conveniente para que sus buques cuenten con seis espías dobles trabajando a la misma fuerza. f) Los Capitanes designarán a bordo de sus respec- tivos buques a una persona de la dotación como encar- gado de la transferencia de carga, sin que signifique relevar a los Capitanes de su responsabilidad por la seguridad. 12. Las obligaciones de los encargados de la operación de transferencia de carga son las siguientes: a) Dirigirán la operación de alijo de conformidad con la presente Resolución Directoral. b) Advertirán al Capitán, o a los Capitanes de las fases críticas del alijo, tal como el amarre, el desamarre y el transbordo de la carga. c) Pondrán en ejecución las disposiciones del Plan de Emergencia de Abordo para casos de derrame de Petró- leo (SOPEP) en caso se produzca un derrame. d) Inspeccionarán constantemente el sistema de trans- bordo de carga. e) Supervisarán todos los aspectos de la operación de transbordo a bordo del buque. f) Dirigirán la operación de transbordo de conformi- dad con el Plan de Alijo. g) Comprobarán que se haya verificado todos los amarres y defensas y tomando todas las medidas de seguridad. h) Velará para que se envíen los informes que sean necesarios a la Autoridad Marítima (Capitanía de Puerto). 13. Los encargados de la operación de alijo tendrán la autoridad para: a) Interrumpir o poner fin al alijo; y, b) Modificar el Plan de Alijo para la operación de que se trate. 14. ZONA DE ALIJO La Zona de Alijo deberá ser seleccionada teniendo en consideración la seguridad, y ser autorizada por la Capi- tanía de Puerto. 15. Para seleccionar la zona de alijo se tendrá en cuenta: a) Densidad del tráfico en el área. b) La profundidad del agua. c) Las condiciones de mar y viento. d) La disponibilidad de partes meteorológicas relati- vos a esa área. e) Proximidad a zonas de medio ambiente sensible. 16. NOTIFICACION: La Agencia Marítima que representa al buque cuya carga será alijada o transferida notificará a la Capitanía de Puerto, con 48 horas de anticipación, sobre la llegada del buque a la zona de alijo. 17. PLAN DE ALIJO: Cada buque participante en la operación de alijo, llevará abordo un Plan de Alijo, copias del cual deberán ser distribuidas en el Puente; en el Puesto de Control de la transferencia de carga; y en la Sala de Máquinas. El Plan deberá estar redactado en el idioma de la tripula- ción de los buques. Una copia deberá ser entregada a la Capitanía de Puerto. Si el idioma no fuera el castellano, dicha copia deberá ser acompañada por la traducción oficial del plan. 18. LINEAMIENTOS DEL PLAN DE ALIJO: a) Nombre, señal distintiva, bandera, tonelaje y características del buque tanque. b) Plano de tanques comerciales con las líneas de carga y descarga. c) Plan detallado de la operación de alijo o transferen- cia. d) Descripción del amarre y desamarre, incluyendo diagrama y procedimientos para tender las amarras del buque durante el transbordo de la carga. e) Descripción completa de los procedimientos de transbordo de carga. f) Descripción del sistema de transvase de lastre y de los procedimientos para su operación, incluida la ubica- ción de la válvula de cierre o de otro dispositivo de aislamiento que separe el sistema de lastre del sistema de carga. g) Título, nombre, certificación exigida en el Conve- nio Internacional de Formación (STCW), puesto de tra- bajo y funciones de todas las personas que participan en la operación de alijo. h) Procedimientos para poner en funcionamiento los sistemas de cierre rápido (Emergency Shut Down), y de comunicaciones de emergencia, así como el procedimien- to de desabarloamiento rápido de los buques. i) Descripción de las bandejas colectoras de goteos y de los procedimientos para vaciarlas. j) Procedimiento para notificar derrames de hidrocar- buros. k) Plan de Emergencia de Abordo (SOPEP), aprobado por la Autoridad Marítima. l) Plan de carga / Plan de Estiba de la Carga. m) El Capitán de cada buque verificará que su Plan de Alijo se encuentre actualizado y exigirá a todo el personal del buque que cumplan con los procedimientos que figuren en el Plan. n) Antes de iniciar la operación de alijo, los Capitanes de ambos buques examinarán el Plan de Alijo, para familiarizarse con la operación. 19. SISTEMA DE COMUNICACIONES: a) La comunicación entre los buques se efectuará en un idioma común, decidido de mutuo acuerdo y conocido por el personal que participará directamente en la opera- ción. b) Examinado el Plan, se establecerán inmediatamen- te las comunicaciones en ondas métricas, en ondas decimétricas o en cualquier otro sistema autorizado. c) Mientras dure la operación de alijo, los oficiales de ambos buques estarán provistos de medios de comunica- ción adecuados y operativos (ejemplo: equipos transre- ceptores portátiles). d) En caso de presentarse una falla importante en las comunicaciones, el buque afectado deberá dar la señal sonora de alarma para interrumpir la operación de alijo, la que podrá reanudarse una vez restablecida la comuni- cación. 20. EQUIPO: a) Antes de iniciar el alijo, los Capitanes de ambos buques intercambiarán información sobre el equipo (dis- ponibilidad, estado y compatibilidad) que se ha de utili- zar durante la operación. b) El (los) buque(s) deberán contar con defensas principales y auxiliares. Estas defensas deberán resistir las presiones y cargas previstas y estarán distribuidas por igual sobre una superficie adecuada del casco de ambos buques. c) Para operar con defensas de gran tamaño, el buque que las utilice deberá tener equipo especial de manipula- ción o adaptar su equipo para tal efecto. d) El (los) buque(s) estará(n) equipado(s) con conduc- tos flexibles (mangas), de calidad, tamaño y longitud adecuados. e) Cada conducto flexible (manga), tendrá un sello indeleble (grabado) con las siguientes indicaciones: 1) Destinado para hidrocarburos 2) Fecha de fabricación 3) Presión de estallido 4) Presión de trabajo