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Pág. 191527 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de agosto de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 197-2000-PE en el ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Pesquería de Piura, por un período de treinta (30) días calendario, a partir del 12 de agosto del 2000 y mantener la prohibición de la extracción de concha de abanico en isla Lobos de Tie- rra. Artículo 2º.- Modificar los incisos (c) y (e) del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 197-2000-PE como sigue: Inciso (c). El volumen máximo de extracción diaria por embarcación será de tres (3) cajas. Inciso (e). El único punto autorizado de desembarque será el Desembarcadero de Parachique.Artículo 3º.- Mantener la talla mínima de extracción de la concha de abanico en 65 milímetros, prohibiendo la extracción, transporte, procesamiento y comercialización de ejemplares con tallas menores; así como el traslado de éstos dentro y/o fuera de la bahía de Sechura. Artículo 4º.- La extracción de concha de abanico podrá ser realizada únicamente por embarcaciones artesanales marisqueras registradas en Capitanías de Puerto pertene- cientes al ámbito de la Dirección Regional de Pesquería de Piura, además de estar empadronadas en dicha Dirección Regional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO HANDABAKA GARCIA Ministro de Pesquería 9272 RESOLUCIONES EXPEDIDAS POR EL VICEMINISTRO DE PESQUERIA R.VM. Nº 162-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. contra la R.C.S. Nº 032-2000-PE/CS. R.VM. Nº 163-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. contra la R.C.S. Nº 033-2000-PE/CS. R.VM. Nº 164-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por PESQUERA CASABLANCA S.A. contra la R.C.S. Nº 034-2000-PE/CS. R.VM. Nº 165-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por JOSE VITE BAYONA contra la R.C.S. Nº 042-2000-PE/ CS. R.VM. Nº 166-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por AUSTRAL GROUP S.A.A. contra la R.C.S. Nº 039- 2000-PE/CS. R.VM. Nº 167-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por AUSTRAL GROUP S.A.A. contra la R.C.S. Nº 038- 2000-PE/CS. R.VM. Nº 168-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A. contra la R.C.S. Nº 040-2000-PE/CS. R.VM. Nº 169-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por AUSTRAL GROUP S.A.A. contra la R.C.S. Nº 036- 2000-PE/CS. R.VM. Nº 170-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por AUSTRAL GROUP S.A.A. contra la R.C.S. Nº 035- 2000-PE/CS. R.VM. Nº 171-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por LANGOSTINERA FEGUZA S.A.C. contra la R.C.S. Nº 020-2000-PE/CS. R.VM. Nº 172-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por JOSE LUCIANO MARTINEZ JACINTO contra la R.C.S. Nº 002-2000-PE/CS. R.VM. Nº 173-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por PESQUERA VICTOR S.R.L. contra la R.C.S. Nº 037- 2000-PE/CS. R.VM. Nº 174-2000-PE Del 26 de julio de 2000 - Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por NEGOCIACION PESQUERA DEL SUR S.A. contra la R.C.S. Nº 021-2000-PE/CS. Nota : Las notificaciones a los interesados se efectuarán conforme a lo dispuesto por el Artículo 81º del D.S. Nº 02-94-JUS. 9193