Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (12/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 191528 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de agosto de 2000 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el "Addendum al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y la Corporación de Desarrollo de la Mancomunidad CDC" DECRETO SUPREMO Nº 025-2000-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Addendum al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y la Corporación de Desa- rrollo de la Mancomunidad CDC" , fue suscrito en la ciudad de Lima, el 10 de junio del año 2000; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congre- so, en materia de su exclusiva competencia; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Addendum al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y la Corpo- ración de Desarrollo de la Mancomunidad CDC" , sus- crito en la ciudad de Lima, el 10 de junio del año 2000. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de agosto del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores ADDENDUM Por el presente Addendum, el Gobierno de la República del Perú y CDC Group plc "CDC Group" (una sociedad registrada conforme a la Ley de Sociedades de Inglaterra y Gales de 1985) convienen en establecer lo siguiente: 1.- Conforme al considerando tercero del Convenio en- tre el Gobierno de la República del Perú y la Corpora- ción de Desarrollo de la Mancomunidad "CDC" (Insti- tución Pública del Reino Unido), para el estableci- miento de una oficina en el Perú", suscrito el 16 de marzo de 1999 y en donde se indica la intención de introducir capital privado dentro de CDC y crear una sociedad pública-privada (public private partnership - "PPP"), a partir del 8 de diciembre de 1999 CDC ha pasado a regirse por la Ley de Sociedades de Inglaterra y Gales de 1985 (Companies Act 1985 of England and Wales), por lo que en adelante será denominada "CDC Group plc". 2.- Las partes señalan que las modificaciones realiza- das no afectan los términos del convenio suscrito y se ratifican en los compromisos adquiridos. 3.- Las partes manifiestan su conformidad con los términos del presente Addendum y lo suscriben por tripli- cado, en castellano e inglés (ambas versiones igualmente auténticas) en la ciudad de Lima a los diez días del mes de junio del año 2000. Por el Gobierno de la República del Perú Fernando de Trazegnies Ministro de Relaciones Exteriores Por CDC Group plc. Stephen Keith West Representante Legal 9273Crean Comisión Multisectorial encar- gada de preparar la participación del Perú en la Cumbre de las Américas, a realizarse en Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 370-2000-RE Lima, 11 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que es necesario establecer los lineamientos de la posición y la participación del Perú en la Cumbre de las Américas que se realizará en Quebec, Canadá, del 20 al 22 de abril de 2001; Que también es necesario realizar reuniones multisec- toriales de coordinación a fin de elaborar los objetivos e informes sectoriales técnicos para la mencionada reunión Cumbre; SE RESUELVE: 1º.- Crear la Comisión Multisectorial que tendrá como objetivo la preparación de la participación nacional en la Cumbre de las Américas que se realizará en Quebec, Canadá, del 20 al 22 de abril de 2001, la elaboración de un documento con los lineamientos de la posición nacional y un plan de acción multisectorial de conformidad con los objetivos fijados. 2º.- La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes sectores: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Justicia, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, Ministerio de Energía y Minas, Consejo Nacional del Ambiente 3º.- La Coordinación de la Comisión Multisectorial será de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores que designará al Coordinador Nacional ante el mecanismo regional del proceso de Cumbres Hemisfé- ricas. 4º.- Cada Ministerio nombrará mediante Resolución a un representante en un plazo de 30 días. 5º.- La Comisión Multisectorial iniciará sus trabajos a los 30 días de la publicación de esta Resolución Suprema. 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 9277 Designan delegación que participará en la VI Reunión de Cancilleres de la Comisión Permanente del Pacífico Sur, a realizarse en Chile RESOLUCION SUPREMA Nº 371-2000-RE Lima, 11 de agosto del 2000 Debiendo realizarse la "VI Reunión de Cancilleres de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS)", en la