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Pág. 191530 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de agosto de 2000 Estados Unidos de América: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ VILLANUEVA GRADOS CESAR Miami 3 180.00 GUISLAIN TORRES EDUARDO Miami 3 al 6 720.00 DE SOUZA FERREYRA JAIME Miami 14 al 21 1440.00 MONTOYA LEON HUGO Miami 14 al 21 1440.00 BARBOSA SALAVERRY JAIME Miami 14 al 21 1440.00 MARILUZ GARCIA JULIO New York 20 al 23 720.00 BORDO CALISTO CARLOS Philadelphia 26 al 29 720.00 BALLINAS GRANADOS LUIS Denver 29 al 2 900.00 CALMELL DEL SOLAR V. JAVIER Denver 23 al 25 540.00 CALMELL DEL SOLAR V. JAVIER Denver 26 180.00 RONDON RONDON MOISES Denver 20 al 23 720.00 Panamá: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ PICON AGUILAR ROMMY Panamá 6 al 8 540.00 FERNANDEZ LAÑAS GUIDO Panamá 19 al 20 360.00 Ecuador: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ BERASTAIN SIXTO Quito 7 al 10 720.00 BALLINAS GRANADOS LUIS Quito 19 180.00 Brasil : Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ FRIKBERG PATRIK Sao Paulo 14 al 16 540.00 Chile: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ BALLINAS GRANADOS LUIS Santiago 23 al 24 360.00 México: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ CALMELL DEL SOLAR V. JAVIER México 19 al 20 360.00 Argentina: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ JACKSON ALVARADO MONICA Buenos Aires 19 180.00 JACKSON ALVARADO MONICA Buenos Aires 23 180.00 Artículo 2º.- El gasto que demandó los viajes de los Inspectores a que se refiere el artículo precedente, fue con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 9234 Otorgan concesión a Firstmark Communications Perú S.R.L. para pres- tar el servicio público portador local en las provincias de Lima y Callao RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-2000-MTC/15.03 Lima, 9 de agosto de 2000Vista, la solicitud formulada por la empresa FIRST- MARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L., para que se le otorgue la concesión para la prestación del servi- cio público portador local en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao del departamen- to de Lima; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestación del servicio público portador local se requiere de concesión otorgada por el Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; Que, asimismo el referido artículo establece que el otorgamiento de la concesión se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por resolución del titular del sector; Que, mediante Informes Nºs. 195 y 216-2000-MTC/ 15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, señala que la empresa FIRSTMARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L. cu mple con los requi- sitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público portador local, siendo proce- dente otorgarle la concesión solicitada; Que, estando a lo expuesto en los anteriores consi- derandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscrip- ción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Su- premos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC, 007-97-MTC, 005- 98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa FIRSTMARK COM- MUNICATIONS PERU S.R.L., concesión para la presta- ción del servicio público portador local por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao del departa- mento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa FIRSTMARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinti- cuatro (24) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el con- trato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa FIRSTMARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L. en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computa- dos a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 9190 Inician procedimiento disciplinario a servidores de la Dirección General de Caminos RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 077-2000-MTC/15.02 Lima, 11 de abril del 2000 VISTO, el Expediente Nº 025-99 y el Informe Nº 009- 2000-MTC/CPPAD de la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del MTC.