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Pág. 191594 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de agosto de 2000 JV-UDFT-ZB/ML de la Unidad de Desarrollo Físico Territorial de la Zona "B"; CONSIDERANDO: Que, habiéndose ejecutado la pavimentación de la Vía Auxiliar en la Antigua Panamericana Sur en el ingreso principal del Cercado de Lurín, ha quedado la berma y la reubicación del cañón ahí existente; Que, el Concejo Municipal con las facultades esta- blecidas en la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Muni- cipalidades, por el que, contando con el voto unánime de los señores regidores, y con la dispensa del trámite de aprobación de Actas, fue aprobado el siguiente Acuerdo; ACUERDO: Artículo Primero.- DISPONER la demolición par- cial de la berma central ubicada en el ingreso principal del Cercado de Lurín, y alineándose con la Vía Auxiliar de la Antigua Panamericana Sur y consecuentemente reubicar el cañón existente en dicha berma, en un lugar adecuado de la misma, hasta su reubicación definitiva en el óvalo que se construirá en el cruce de la Antigua Panamericana Sur y la Av. San Pedro, de acuerdo al Proyecto Ejecutado por EMAPE. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Físico Territorial de la Zona "B" el cumpli- miento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 9256 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban Cuadro Tarifario de Derechos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 31-MPL Pueblo Libre, 13 de julio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de julio de 2000, el Dictamen Nº 31-2000-MPL/CPL- CPDE, de la Comisión Permanente de Desarrollo Econó- mico; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 4) del Art. 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, señala en forma expresa que las Municipalidades son competentes para crear arbitrios y derechos conforme a ley; Que, los Artículos 66º y 68º inciso b) de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, establecen que las Municipalidades podrán imponer tasa por servicios administrativos o derechos que son aquellas que debe pagar el contribuyente a la Muni- cipalidad por concepto de tramitación de procedi- mientos administrativos o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipali- dad; Que, la Oficina de Planificación , Presupuesto y Racionalización, ha presentado el Cuadro Tarifario de Derechos Administrativos que presta la Municipa- lidad;Que, es necesario aprobar el Cuadro de Precios, Derechos y Tasas por los diferentes servicios que ofrece la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, a fin de que se permita mejorar los servicios que se prestan; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 3) del Art. 36º y Art. 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y por UNANIMIDAD ha dado la siguiente Ordenan- za: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO TARIFARIO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS Y OTROS QUE PRESTA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro Tarifario de Derechos Administrativos y otros que presta la Munici- palidad Distrital de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Dirección de Desarrollo Económico, Oficina de Ad- ministración, Oficina de Informática y Catastro, verifi- car el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Cuadro Tarifario de Derechos Administrativos sin perjuicio del control posterior que corresponda a las unidades orgánicas pertinentes. Encargar a la Oficina de Comunicación Social la difusión de la presente Ordenan- za. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Orde- nanza a la Municipalidad Provincial de Lima, para los fines pertinentes. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE CUADRO TARIFARIO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 1. DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS 1.1 DIVISION DE SANIDAD Nuevos Soles 1,101 Atenciones Médicas: Ley 26642 de Salud. Art.1 a) Consulta Médica 12.00 (Medicina General) b) Consulta Médica Domiciliaria 20.00 (Medicina General) c) Consulta Médica Especializada 15.00 d) Consulta Médica Especializada 25.00 Domiciliaria e) Consulta Psicológica 15.00 f) Atenciones Médicas solicitadas por: Gratis DEMUNA, Asistenta Social y/o Personal. 1,102 Servicio Tópico: a) Curación menor 6.00 b) Curación mayor 12.00 c) Inyectable con material 3.00 d) Inyectable sin material 2.00 e) Inyectable endovenoso 5.00 e) Fluido Terapia 20.00 (administración de suero) f) Extracción de puntos 6.00 g) Toma de presión arterial gratis 1,103 Servicio de Rayos X: - Pulmones frontal en A. P. 12.00 - Pulmones Frontal y Lateral 20.00 - Parrilla costal cada lado 20.00 - Clavícula frontal 10.00