Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2000 (13/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 13 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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las utilidades esperadas por terceras empresas consultadas, que participaron en la licitacion Nº 001-99-LOG de SEDAPAL, por lo que resulta adecuado considerarla como un margen de utilidad razonable. Cabe senalar que la Comision concedio la confidencialidad a la informacion brindada por estas terceras empresas. Por tanto, teniendo en cuenta el caracter publico de la informacion presentada por las solicitantes, esta constituye la mejor informacion disponible en el expediente a efectos de determinar este ajuste. 2. Costo de cartas fianza: Este ajuste ha sido estimado en US$ 0,090 por unidad.19 3. Gastos de aduana, ad-valorem e inspeccion: Incluye flete de transporte de ADUANAS a SEDAPAL. Este ajuste ha sido estimado en US$ 1,395 por unidad.20 4. Flete maritimo: Este ajuste ha sido estimado en US$ 0,233 por unidad.21 5. Ajuste por condiciones de venta: Corresponde al costo por la diferencia entre la fecha de venta (fecha de factura de SI-078/99 y SI-106/99) y la fecha de pago. Se ha realizado este ajuste teniendo en cuenta las asimetrias en los plazos de pago de ventas internas (76 dias) y de exportacion a Peru (144 dias). Este ajuste ha sido estimado en US$ 0,524 por unidad. Las empresas investigadas han solicitado que se considere como la tasa de interes para este ajuste la correspondiente a operaciones de financiamiento realizadas por Schlumberger del Peru S.A. con entidades bancarias del Peru y no la tasa de interes cobrada en Brasil. En dicho caso, agregan que la tasa no excederia de la tasa LIBOR mas 2 puntos, tratandose de empresas calificadas para efectos crediticios, es decir, 9% anual.22 La Comision considera que este costo es imputable a los exportadores por corresponder al costo que deben asumir al otorgar los creditos. La falta de pago en efectivo al momento en que se efectua la venta, implica que los recursos disponibles con los que contaria el productor - exportador para continuar con la actividad productiva se vean reducidos. Por ello, es razonable esperar que para cubrirlos incrementen los montos de sus financiamientos en su MORDAZA de produccion. Ello implica un costo para la empresa exportadora que no es trasladado al comprador. Por tanto, la tasa relevante a efectos de medir el margen de discriminacion es a la que accede Schlumberger Industrias Ltda. en el MORDAZA brasileno. De otro lado, es importante precisar que Schlumberger del Peru S.A. no ha solicitado directamente ningun financiamiento, por lo que resulta razonable asumir que el credito que ha recibido ha sido financiado con recursos obtenidos por Schlumberger Industrias Ltda en el MORDAZA brasileno. En la informacion contenida en el expediente correspondiente a los estados financieros relativos al periodo enerojunio de 1999, se puede observar que Schlumberger Industrias Ltda. ha accedido exclusivamente a prestamos en moneda extranjera (Dolares estadounidenses), por lo que corresponde emplear la tasa del costo del credito en dicha moneda, la misma que segun la informacion proporcionada por las empresas investigadas ascenderia a 13% anual23 . Por otra parte las solicitantes, han requerido que se ajuste un interes moratorio imputable a los incumplimientos en las fechas de pago concedidas por estas operaciones de exportacion. Con respecto a este aspecto, nada permite presumir que la falta de pago en las fechas concedidas MORDAZA generado MORDAZA y consecuentemente, intereses moratorios, si se hubiesen tratado de transacciones entre empresas no vinculadas.24 La aplicacion de intereses moratorios no es imperativa, ni constituye costumbre comercial en las transacciones que realiza Schlumberger Industrias Ltda. como se desprende de la informacion correspondiente a sus ventas en el MORDAZA brasileno. Por lo tanto, solo corresponde imputar el interes compensatorio senalado anteriormente. Adicionalmente, las solicitantes, requirieron en su escrito de comentarios a los hechos esenciales del 20 de junio del 2000 que se incluyan los siguientes ajustes: 1. Ajuste por gastos administrativos: Correspondientes a: i. Visita de dos tecnicos de SEDAPAL a Brasil. ii. Asistencia tecnica y garantia para los 171.000 medidores asi como el servicio post-venta. iii. Gastos de preparacion de documentos de la licitacion Nº 001-99-LOG. Con respecto a los gastos de la visita de los tecnicos de SEDAPAL a Brasil, se ha comprobado que Schlumber-

ger del Peru S.A. asumio los pasajes de los dos tecnicos de SEDAPAL lo cual involucro un monto de US$ 1 500. En consecuencia, procede realizar un ajuste del orden del US$ 0,009 por unidad. Con relacion a los gastos administrativos generados por la asistencia tecnica, servicio post-venta y garantia de tres anos otorgados a SEDAPAL, las empresas investigadas han senalado que los medidores de agua no son los unicos productos para los cuales se mantiene el taller y su personal en este local. Tambien se prestan servicios de mantenimiento a medidores electricos y a otros productos, asi como otros servicios a los que se dedica el grupo Schlumberger. Por tanto, los costos generados no pueden ser atribuidos en su totalidad a estos productos. Sin embargo, segun lo senalado por las empresas investigadas, el gasto administrativo generado por el ofrecimiento de garantias es mayor en el caso de los medidores exportados a Peru que en los comercializados en el MORDAZA brasileno: "(...) Como diferencias saltantes entre el valor reconstruido de un medidor producido para el Peru de acuerdo con las exigencias de SEDAPAL y el valor normal reconstruido de un medidor producido para su venta en el Brasil estan ademas del costo de fabricacion y embalaje, las diferencias en gastos administrativos, originadas en el hecho que SEDAPAL exige una garantia de 3 anos mas onerosa que la exigida en Brasil que es solo de 1 ano"25 Ademas las empresas investigadas han senalado que: "...Schlumberger Industrias Ltda. agrega al costo de fabrica del producto diversos conceptos como gastos generales, entre los que se encuentran los gastos de administracion que comprenden la provision por el eventual servicios [sic] post ­venta"26 El gasto administrativo para la comercializacion del medidor vendido a SEDAPAL difiere del gasto administrativo incurrido para la comercializacion de dicho producto en el Brasil, como se desprende de las estructuras de costos respectivas. Asi, se puede observar que el gasto administrativo para la comercializacion en el MORDAZA del Brasil asciende a US$ 0,3627 por unidad, mientras que el incurrido para la comercializacion en el Peru asciende a US$ 0,7828 por unidad.

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Anexo 1 del escrito presentado el 21 de marzo del 2000 por las empresas investigadas en el cual se indica la incidencia del costo de la carta fianza en el costo total del producto. Informacion sobre el flete de transporte de ADUANAS a SEDAPAL recabada durante visita de inspeccion a las instalaciones de la empresa Schlumberger del Peru S.A. los dias 15 y 16 de febrero del 2000. Informacion sobre el flete maritimo recabada durante visita de inspeccion a las instalaciones de la empresa Schlumberger del Peru S.A. los dias 15 y 16 de febrero del 2000. Escrito de las empresas investigadas del 20 de junio del 2000 Escrito de las empresas investigadas del 6 de junio del 2000 CODIGO CIVIL, "Articulo 1333. Incurre en MORDAZA el obligado desde que el acreedor le exija judicial o extrajudicialmente, el cumplimiento de su obligacion. No es necesaria la intimacion para que la MORDAZA exista: 1. Cuando la ley o el pacto lo declaren expresamente 2. Cuando de la naturaleza y circunstancias de la obligacion resultare que la designacion del tiempo en que habia de entregarse el bien, o practicarse el servicio, hubiese sido motivo determinante para contraerla. 3. Cuando el deudor manifieste por escrito su negativa a cumplir la obligacion. 4. Cuando la intimacion no fuese posible por causa imputable al deudor."

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Escrito de las empresas investigadas del 17 de febrero del 2000 Escrito de las empresas investigadas del 23 de MORDAZA del 2000 US$ O,36 = R$ (0,62/1,738). US$ O,78 = R$ (1,35/1,738).

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