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Pág. 191593 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de agosto de 2000 las Municipalidades Provinciales a través de sus Conce- jos Municipales, aprobar los Planes urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, en cumplimiento del procedimiento estable- cido en el Art. 13º de la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997, la Municipalidad Distrital de Santísimo Salvador de Pachacámac y el Instituto Metropolitano de Planificación han emitido Informes técnicos respecto a los cambios de zonificación solici- tados; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Dictamen Nº 024-2000-CDU-MML de fecha 16 de marzo del 2000, ha emitido opinión favorable a los cambios de zonificación señalados en el considerando anterior; De conformidad con lo establecido en el Artículo 134º incisos 2) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Artículos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC y la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE MODIFICACION DEL PLANO DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SANTISIMO SALVADOR DE PACHACAMAC Artículo Unico.- Aprobar la modificación del Plano de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropoli- tana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de Santísimo Salvador de Pachacámac, a solicitud y me- diante los expedientes que en cada caso se especifican, en los siguientes términos: Nº Expediente Solicitante Cambio Opinión 1299-98-MDSSP María Inés Simonetti R1-S a R4 PROCEDE de Gavidia 1300-98-MDSSP Eduardo Rojas Celis R1-S a I1R4 PROCEDE A R3 1296-98 y 2690-98 Manuel Antonio Agrícola a R4 PROCEDE A R3, Ortiz Muro Lado Norte de vía y canal de regadío. NO PROCEDE Lado Sur de vía y en área restante a partir del canal de regadío. 0947-99-MDSSP Asociación de Vi- R1-S a R3 PROCEDE vienda Residencial Los Portales de San Fernando POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 9253 Precisan que corresponde a la Munici- palidad Metropolitana determinar lin- deros de los distritos de la provincia de Lima en los casos que no se re- quiera interpretar leyes de demarca- ción territorial DECRETO DE ALCALDIA Nº 061 Lima, 26 de julio de 2000 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA:CONSIDERANDO: Que, conforme establece el inciso 8) del Artículo 11º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las Municipalidades Provinciales son competentes para re- gular o pronunciarse sobre: "La determinación de los linderos de los distritos de su jurisdicción en conformi- dad con sus leyes de creación y previa aprobación de la Asamblea de Alcaldes Distritales"; Que, de conformidad con lo previsto en el Artícu- lo 107º inciso 7) de la Constitución Política del Perú, la demarcación territorial es aprobada por el Con- greso de la República a propuesta del Poder Ejecu- tivo; Que, las situaciones existentes entre algunas Mu- nicipalidades Distritales de la provincia de Lima, en razón de estar referidas a discrepante interpretación de las respectivas leyes de demarcación territorial que establecen los límites de su jurisdicción, corres- ponden a la competencia del Congreso de la Repúbli- ca; Que, es necesario ordenar la tramitación de los pro- cedimientos cuya atención corresponde a esta Municipa- lidad, evitando la tramitación de aquellos que no son de su competencia; DECRETA: Artículo Primero.- Corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la determinación de los linderos de los distritos de la provincia de Lima, en conformidad con sus leyes de creación, en los casos que no se requiera interpretar las respectivas leyes de demarcación territo- rial. Artículo Segundo.- Corresponde a la compe- tencia del Congreso de la República la interpreta- ción de las leyes de creación y determinación de límites de las Municipalidades Distritales de la pro- vincia de Lima. Artículo Tercero.- En el caso de proyectos de modi- ficación de leyes de creación y límites de distritos de la provincia de Lima, se tramitarán con arreglo a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 044- 90-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 30-94- PCM. Artículo Cuarto.- Los órganos administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima no emitirán informe u opinión, en relación a situaciones de límites de distritos de la provincia de Lima, salvo disposición o autorización escrita de la Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 9244 MUNICIPALIDAD DE LURIN Disponen demolición parcial de berma central ubicada en el ingreso principal del Cercado de Lurín ACUERDO DE CONCEJO Nº 084-2000/ML Lurín, 11 de mayo del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal cele- brada el día miércoles 17 de mayo del 2000, en la Agencia Municipal de la Zona Norte "D", el Informe Nº 082-2000-