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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (13/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 191592 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de agosto de 2000 VISTO: El Oficio Nº 006-2000-CTAR-LL del 8 de agosto del 2000, remitido por el Presidente del Comité Especial referido a la Declaración Desierta de la Primera y Segun- da Convocatoria de la Licitación Pública Nº 001-2000- CTAR-LL/GRA para la adquisición de materiales de construcción, por la suma aproximada de S/. 400,000.00 Nuevos Soles, con cargo al Proyecto: Apoyo Social y Obras de Emergencia, a fin de brindar apoyo a diferentes Instituciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano de fecha 21 de mayo del 2000, el Consejo Transitorio de Administración Regional convocó el Proceso de Licitación Pública Nº 001-2000-CTAR-LL/ GRA para la adquisición de materiales de construc- ción, por la suma aproximada de S/. 400,000.00 Nue- vos Soles, con cargo al Proyecto: Apoyo Social y Obras de Emergencia, a fin de brindar apoyo a diferentes Instituciones, Centros Educativos y diferentes Orga- nizaciones de Base; y, Que, el Comité Especial en su Oficio Nº 005-2000- CTAR-LL/CE del 26 de junio del 2000, señala que en la primera convocatoria se declaró desierto el Proceso de Selección de la Licitación Pública Nº 001-2000-CTAR- LL/GRA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 32º de la Ley Nº 26850, debido a que ninguno de los represen- tantes legales de los postores estuvo debidamente acre- ditado, tal como consta a folios 08 al 11 del Libro de Actas de Licitaciones que obra en el archivo de dicho Comité Especial; Que, con fecha 6 de julio del 2000 el Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, publicó en el Diario Oficial El Peruano la Segunda convocatoria de la Licitación Pública Nº 001-2000- CTAR-LL/GRA para la adquisición de materiales de construcción, por la suma aproximada de S/. 400,000.00 Nuevos Soles, con cargo al Proyecto: Apo- yo Social y Obras de Emergencia, a fin de brindar apoyo a diferentes Instituciones, Centros Educativos y diferentes Organizaciones de Base; Que, el Comité Especial mediante el Oficio Nº 006- 2000-CTAR-LL/CE del 8 de agosto del 2000, señala que la segunda convocatoria se declaró desierto debi- do que de 244 ítems materia de la Convocatoria hubo una sola propuesta válida y por sólo 14 ítems, por ausencia de postores, así consta del Acta del Comité Especial suscrito por todos los integrantes a dicho acto, en aplicación a lo dispuesto al Art. 32º de la Ley Nº 26850; Que, el inciso f) del Art. 19º y 20º de la Ley Nº 26850 establecen que procede la Exoneración del Proceso de Selección y se da lugar a la realización mediante el procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuan- tía, cuando la misma licitación es declarada desierta en dos oportunidades, como ha ocurrido con el Proceso de Selección de la Licitación Pública Nº 001-2000-CTAR- LL/GRA; Que, el Art. 2º del D.S. Nº 039-98-PCM, complementa que para efectos de la Ley y el Reglamento de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, se considera como la más alta autoridad al Titular de la Entidad siendo éste de conformidad con lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, el penúltimo párrafo del Art. 19º de la Ley Nº 26850 establece que las exoneraciones deben hacerse de conocimiento bajo responsabilidad de la más alta autoridad presupuestal o del directorio, de la Comi- sión de Presupuesto y Cuenta General de la Repúbli- ca, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción; Que, el Art. 20º de la Ley Nº 26850 dispone que dichas adquisiciones y contrataciones se realizan mediante el Procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuan- tía a que se refiere el último párrafo del Art. 13º de la Ley Nº 26850 y se aprueba mediante Resolución de la máxi- ma autoridad de la entidad, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; y,Por estas consideraciones y con el Visto Bueno de la Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucio- nal del CTAR-LL, en uso de las atribuciones conferi- das por la Ley Nº 26922, D.S. Nº 010-98-PRES, así como las establecidas en la Ley Nº 26850 y D.S. Nº 039-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACION de la Licitación Pública Nº 001-2000-CTAR-LL/GRA para la adquisición de materiales de construcción, por la suma aproximada de S/. 400,000.00 Nuevos Soles, con cargo al Proyecto: Apoyo Social y Obras de Emergencia, a fin de brindar apoyo a diferentes Instituciones, Centros Educativos y diferentes Organizaciones de Base, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Administración para que disponga a la Subgerencia de Abastecimiento el inicio del procedi- miento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la adquisición de materiales de construcción, por la suma aproximada de S/. 400,000.00 Nuevos Soles, con cargo al Proyecto: Apoyo Social y Obras de Emergencia, a fin de brindar apoyo a diferentes Instituciones, Centros Educativos y diferentes Orga- nizaciones de Base, de conformidad a la Ley Nº 26850 y al D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- La presente resolución será pues- ta en conocimiento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministe- rio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, asimismo el Comité Especial, y las Gerencias de la Sede Central del CTAR-LL. Regístrese y comuníquese. VICTOR A. MELENDEZ CAMPOS Presidente Consejo Transitorio Región La Libertad 9250 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación de plano de zonificación de usos de suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, corres- pondiente al distrito de Santísimo Salvador de Pachacámac ORDENANZA Nº 269 Lima, 13 de abril de 2000 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA Por cuanto: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA En Sesión Extraordinaria de fecha 13 de abril de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artícu- los 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponde a