TEXTO PAGINA: 19
Pág. 191929 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de agosto de 2000 visión, vocación de servicio y compromiso, agradeciéndole los valiosos servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9712 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 067-2000-INDECOPI/DIR Lima, 23 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI-, modificado por el Artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, creó el Consejo Consultivo del Indecopi; Que el citado artículo establece que el Consejo Consulti- vo del Indecopi está integrado por profesionales y especialis- tas de reconocida capacidad y experiencia y que en su designación debe buscarse que sus integrantes representen distintos sectores de la actividad pública y privada que guardan relación con el rol y funciones de Indecopi y que reflejen pluralidad de perspectivas; Que el Artículo 8º del mencionado Decreto Ley establece que la designación de los integrantes del referido Consejo Consultivo corresponde al Directorio del Indecopi; Que el cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi es un cargo de confianza; Que mediante Resolución Nº 024-96-INDECOPI/DIR, de fecha 5 de julio de 1996, se designó a la doctora Beatriz Merino Lucero como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi; Que la doctora Beatriz Merino Lucero es una abogada de reconocido prestigio a nivel nacional e internacional, espe- cializada en temas empresariales, habiendo sido Senadora de la República durante el período julio 1990-abril 1992 y Congresista de la República durante el periodo julio 1995- julio 2000; Que la doctora Beatriz Merino Lucero ha contribuido con su experiencia en la actividad pública y privada así como con sus valiosos aportes profesionales a cumplir con el rol y funciones encomendadas al Indecopi; Que con fecha 22 de agosto del 2000 la doctora Beatriz Merino Lucero ha presentado renuncia al referido cargo; Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 8º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, el Directorio del Instituto, en su Sesión de fecha 22 de agosto del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 23 de agosto del 2000, la renuncia presentada por la doctora Beatriz Merino Lucero al cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi, cargo en el que se ha desempeñado con integridad, visión, vocación de servicio y compromiso, agradeciéndole los valiosos servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9713 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 068-2000-INDECOPI/DIR Lima, 23 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensade la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI-, modificado por el Artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 807, creó el Consejo Consultivo del Indecopi; Que el citado artículo establece que el Consejo Consulti- vo del Indecopi está integrado por profesionales y especialis- tas de reconocida capacidad y experiencia y que en su designación debe buscarse que sus integrantes representen distintos sectores de la actividad pública y privada que guardan relación con el rol y funciones de Indecopi y que reflejen pluralidad de perspectivas; Que el Artículo 8º del mencionado Decreto Ley establece que la designación de los integrantes del referido Consejo Consultivo corresponde al Directorio del Indecopi; Que el cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi es un cargo de confianza; Que mediante Resolución Nº 024-96-INDECOPI/DIR, de fecha 5 de julio de 1996, se designó al ingeniero Walter Piazza Tanguis como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi; Que el ingeniero Walter Piazza Tanguis es uno de los más destacados empresarios del medio, comprometido con la promoción de la innovación en todas sus formas y el quehacer cultural y artístico del país; Que el ingeniero Walter Piazza Tanguis ha contribuido decididamente con el Indecopi aportando su reconocida capacidad y consejo, visión de empresario y vocación de servicio al país; Que con fecha 22 de agosto del 2000 el ingeniero Walter Piazza Tanguis ha presentado renuncia al referido cargo; Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 8º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Artículo 60| del Decreto Legislativo Nº 807, el Directorio del Instituto, en su Sesión de fecha 22 de agosto del 2000, ha acordado aceptar la referida renuncia; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 23 de agosto del 2000, la renuncia presentada por el ingeniero Walter Piazza Tanguis al cargo de miembro del Consejo Consultivo del Indecopi, cargo en el que se ha desempeñado con integridad, visión, vocación de servicio y compromiso, agradeciéndole los valiosos servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9714 Aprueban el Documento de Trabajo Nº 006-2000 "Fortaleciendo la Apertura Comercial: Medidas contra el Dum- ping y las Subvenciones" RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 066-2000-INDECOPI/DIR Lima, 23 de agosto del 2000 VISTO, el Documento de Trabajo Nº 006-2000 elaborado por el Area de Estudios Económicos del Indecopi denomi- nado "Fortaleciendo la Apertura Comercial: Medidas contra el Dumping y las Subvenciones", el cual contiene un diagnós- tico del proceso de apertura comercial experimentado en el Perú durante la última década así como un análisis de la política peruana para el control de las prácticas desleales al comercio, como son el Dumping y las Subvenciones, sobre la base de la experiencia de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi en sus casi ocho años de labor en esta área, concluyendo con la formulación de una propuesta de modificación normativa que tiene por objeto mejorar el marco legal existente en la materia; CONSIDERANDO: Que con fecha 14 de mayo del 2000, el Indecopi publicó en Separata Especial de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el Documento de Trabajo Nº 003-2000 denomina-