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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2000 (15/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 182720 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de enero de 2000 PODER JUDICIAL Autorizan adquisición de materiales de oficina para dependencias del Po- der Judicial mediante adjudicación di- recta de menor cuantía RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 035-SE-TP-CME-PJ Lima, 13 de enero de 2000 VISTA: La solicitud formulada por la Gerencia de Administra- ción y Finanzas de la Gerencia General, mediante Informe Nº 015-99-GAF-GG/PJ, con el propósito de que se autorice la adquisición de materiales de escritorio, impresos y for- mularios a través de la modalidad de Adquisición Directa de Menor Cuantía; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia General del Poder Judicial convocó la Licitación Pública Nº 10-99-GG-PJ, "Suministro de Materiales de Escritorio, Procesamiento Automático de Datos e Impresos para las dependencias del Poder Judi- cial a nivel nacional", la cual se declaró desierta en el Item Nº 1 "Materiales de Escritorio, Impresos y Formu- larios" mediante R.A. Nº 104-99-GG/PJ de fecha 6 de setiembre, al quedar una sola propuesta válida, lo que motivó que no se llegue a cubrir la atención de dichos bienes a las dependencias usuarias, presentándose una situación de urgencia prevista por el Artículo 21º de la Ley Nº 26850; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-99-PCM publi- cado el 28 de setiembre, se aprobó la Directiva que establece las Medidas de Austeridad para el Sector Público, entre otras la reducción en no menos del 15% a las adquisiciones de útiles de escritorio y material de procesamiento automá- tico de datos; Que, luego de efectuar los reajustes correspondientes en las Bases de la Licitación, se convocó por segunda vez la adquisición de materiales de escritorio, impresos y formu- larios, la que se declaró desierta por haber quedado sólo una propuesta válida; Que, el inciso 19) de la Ley Nº 26850 establece que serán exonerados de Licitación Pública las adquisi- ciones que se realicen en situación de urgencia o cuando se declaren desiertos los procesos de selección en dos oportunidades; Que, el inciso c) del Artículo 44º del D.S. Nº 039-98- PCM faculta la aplicación del procedimiento de menor cuantía en las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Artículo 19º de la Ley acotada, siendo respon- sable la máxima autoridad administrativa de la enti- dad, y conforme a su Artículo 20º la exoneración de Licitación Pública debe ser aprobada por Resolución de la máxima autoridad de la entidad; siendo en el Poder Judicial el Titular del Pliego; De conformidad con la Ley Nº 26850 y su Reglamento, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018 y 032-CME-PJ, 029-99-SE-TP- CME-PJ, y el Artículo 8º de la Ley Nº 27209 de Gestión Presupuestaria del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la adquisición de materiales de escritorio, procesamiento au- tomático de datos e impresos para las dependencias del Poder Judicial, declarados desiertos en la Licitación Públi- ca Nº 10-99-GG/PJ. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de Licitación Pública la adquisición de los materiales de oficina, impresos y formularios no adjudicados en segunda con- vocatoria del proceso de selección acotado en el artículo precedente.Artículo 3º.- Autorizar la adquisición de los Bienes referidos a través de la modalidad de Adjudicación Directa de menor cuantía, hasta por la suma de S/. 4'670,000.00 Nuevos Soles, monto equivalente al Valor Referencial que sirviera en la primera convocatoria del Item Nº 1 "Materia- les de Escritorio, Impresos y Formularios", de acuerdo con lo previsto en el Artículo 200º de la Ley Nº 26850 y el inciso c) del Art. 44º de su Reglamento. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia General haga de conocimiento la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Repúbli- ca, del Ministerio de Economía y Finanzas, y de la Contra- loría General de la República, dentro del plazo que dispone el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 0542 Aprueban Normas para la Devolución o Habilitación de Aranceles Judiciales RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 037-SE-TP-CME-PJ Lima, 14 de enero de 2000 VISTO: El Proyecto de Directiva "Devolución o Habilitación del Valor de Aranceles Judiciales" presentado por la Gerencia General del Poder Judicial para su aprobación; el mismo que cuenta con los vistos de las áreas correspondientes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 005- 98-GG-PJ se aprobó la Directiva Nº 001-98-GG-PJ "Normas para la Devolución del valor de Aranceles Judiciales"; la misma que requiere ser actualizada y optimizada a fin de contar con un instrumento normativo que permita atender las solicitudes de los usuarios en forma oportuna y eficiente; Que, del análisis realizado a dichas solicitudes se ha podido determinar que es necesario dictar normas que regulen la devolución y habilitación de los Aranceles Judi- ciales, estableciendo los requisitos y casos en que procedan las mismas; En uso de las atribuciones conferidas por las Resolu- ciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 029-99-SE-TP- CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-SE-TP-CME- PJ "Normas para la Devolución o Habilitación de Aranceles Judiciales", que forma parte integrante de la presente Resolución; la misma que será de cumplimiento obligatorio por todas las dependencias del Poder Judicial. Artículo 2º.- La Gerencia de Administración y Finan- zas de la Gerencia General estará a cargo de la implemen- tación y cumplimiento de la Directiva a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de la República, ordenarán la publicación de un ejemplar de la Directiva aprobada en un lugar visible de los órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas, para co- nocimiento del público usuario. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a los señores Presidentes de las Cortes Superiores y a los Jefes de Administración Distrital para su conocimiento y adecuada difusión. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 0543