Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2000 (28/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2000
MANZANA Unica TOTAL Nº Lotes 01 01 Numeracion 01

NORMAS LEGALES
Area 522.00 m2 522.00 m2 ACUERDA:

Pag. 183197

Articulo Segundo.- DESTINAR la presente Habilitacion al Uso de Comercio Vecinal "C2" sin embargo en caso que se edificara viviendas, el o los propietarios deberan redimir en dinero los Aportes Reglamentarios correspondientes. Articulo Tercero.- EL PROPIETARIO de la presente Habilitacion, en los contratos de compraventa que celebre, debera insertar una clausula que establezca que en caso de Subdivision del lote se debera contar con la autorizacion Municipal correspondiente. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario contados a partir de la Notificacion de la presente, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Surquillo para que incorpore al radio de su jurisdiccion la presente Habilitacion que se recepciona y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 1047

Articulo 1º.- FIJAR LA DIETA de los senores Regidores para el presente Ejercicio Presupuestal del Ano 2000, en 1.1207 Unidades Impositivas Tributarias UIT por asistencia a cada Sesion de Concejo abonandose hasta Dos (2) Sesiones al mes. Articulo 2º.- EL MORDAZA, podra convocar hasta Cuatro (4) Sesiones al mes; a los senores Regidores que no asistan a la Tercera y Cuarta Sesion sufriran un descuento por Sesion de 0.345 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Articulo 3º.- ENCARGAR, al Director de Administracion el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo 4º.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1143

Fijan monto de remuneracion de MORDAZA de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004 Ate, 21 de enero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21.1.00 la propuesta sobre la Remuneracion del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita su Presupuesto y la disponibilidad de los recursos propios de cada Municipalidad y previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal. Que, asimismo la MORDAZA referida establece que los Alcaldes reciben una Remuneracion mensual por el ejercicio de su funcion. Que, el monto mensual por el concepto de Remuneracion del titular del pliego para el presente Ejercicio se encuentra previsto en el Presupuesto Institucional de apertura para el Ejercicio 2000 de la Municipalidad Distrital de Ate. Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas de conformidad a lo establecido en los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion de acta, se ACUERDA: Articulo 1º.- FIJAR en 2.586 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), la Remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, durante el presente Ejercicio Presupuestal del Ano 2000. Articulo 2º.- ENCARGAR, al Director de Administracion el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo 3º.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1142

MUNICIPALIDAD DE ATE
Fijan monto de dieta que percibiran regidores por asistencia a sesiones de concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 Ate, 21 de enero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21.01.00, la propuesta sobre monto de las Dietas para los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo prescrito en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 modificado por la Ley Nº 26317, el monto de las dietas se fijan de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipalidad y por acuerdo del respectivo Concejo Municipal; Que, conforme al Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades concordante con la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince (15) dias y los senores Regidores pueden percibir dietas hasta por un MORDAZA de Cuatro (4) Sesiones al mes; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 26317, dispone que el acuerdo para fijar el monto de la Dieta se adopta una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal, el mismo que debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, el monto mensual por Dieta ha sido previsto en el presupuesto del presente Ejercicio 2000 de la Municipalidad Distrital de Ate; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas de conformidad a lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y su modificatoria Ley Nº 26317, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion de acta; se:

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