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Pág. 183369 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de febrero de 2000 Asimismo la edad promedio al contagio se ha ido redu- ciendo y actualmente el 37% de los casos reportados al Programa de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual (Procetss), tienen entre 20 y 30 años de edad. La principal vía de transmisión sigue siendo la sexual, muchas veces a través de su pareja estable. • El acceso a los servicios de salud Se tiene un crecimiento de la atención sanitaria. Según la Encuesta Nacional de Hogares, el 84,3% de mujeres que requerian recibir atención en salud accedieron a algún tipo de servicio ya sea público o privado. Sin embargo, la exten- sión de esta cobertura a nivel del área rural no ha logrado eliminar las brechas existentes entre los residentes del área rural y urbana. • La participación de la mujer en la comercializa- ción y el consumo de drogas Según la Encuesta Nacional de Prevención y Uso de Drogas 1998, los patrones de prevalencia e incidencia del consumo de drogas son similares para hombres y mujeres nacidos después de los años 60. Solamente a edades tempranas se diferencian los hom- bres y las mujeres respecto al consumo de alcohol luego las probabilidades para ambos son similares. La edad de inicio de consumo de las drogas se está dando en la adolescencia temprana. Entre los adolescentes de 14 a 16 años el consumo de alcohol es cercano al 80% y en edades posteriores al 100%. 1.3. VIOLENCIA En el Perú, al igual que en los países de la región, la violencia contra la mujer permaneció invisible, llegando incluso a ser calificada por la sociedad como legítima o normal y que debería resolverse en el ámbito privado. Hoy en día, es considerada como un problema de salud pública social que impide el desarrollo y afecta la dignidad y los derechos fundamentales de las mujeres. La violencia familiar está fuertemente enraizada en las normas y patrones socioculturales y en una cultura patriar- cal que subordina y discrimina a la mujer, por lo que erradicarla supone un proceso de cambio cultural tanto para el agresor como para la víctima. El actual gobierno prioriza la violencia familiar en las políticas públicas con una perspectiva multisectorial y mul- tidisciplinaria. Las principales medidas adoptadas son la promulgación de la Ley Nº 26260 que establece la política del Estado y la sociedad frente a la violencia familiar. Aspirando al perfeccionamiento del orden legal, en junio de 1997 se aprobó el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26260, la misma que constituyó a nivel de la región una de las primeras iniciativas para reconocer el tema de la violencia familiar como un fenómeno social de atención pública. En relación a la promoción de los servicios de prevención y atención integral se viene creando desde el Promudeh diversos mecanismos institucionales y comunitarios que contribuyan a asistir y apoyar en condiciones de seguridad y confidencialidad a las víctimas de violencia familiar, entre ellos la instalación de módulos integrados de atención. Continuando con las políticas emprendidas para la erra- dicación de la violencia familiar, el gobierno peruano ha declarado el año 2000 como el “Año de la Lucha Contra la Violencia Familiar “ y ha dispuesto que el PROMUDEH en coordinación con los Ministerios del Interior, Educación, Salud y Justicia definan acciones de prevención y atención a la violencia familiar. Las principales barreras para erradicar la violencia fami- liar son: • Poca visibilidad de la problemática de la violen- cia contra la mujer La magnitud de la violencia física, psicológica y sexual que sufren las mujeres, aún no es posible determinarla en forma real. La naturalidad con que culturalmente se aceptaba este tipo de violencia aún impide su visibilidad. Sin embargo, en la actualidad va teniendo lugar un aumento considerable de las denuncias por violencia familiar, aunque ello puede denotar, no sólo que, efecti- vamente existen más casos de violencia, sino también que las mujeres tienen una mayor conciencia de que es necesario denunciarlos para poder avanzar en la solución de una situación que puede afectar en un momento dado a cualquier mujer.Según la Comisaría de Mujeres de Lima Nº 1, se tiene que durante el año 1998 se registraron 27,935 denuncias por violencia familiar, el 77% corresponden a casos de violencia física y el 23% a casos de violencia psicológica. Lima Metropolitana: Denuncias por Violencia contra la Mujer. 1996 8,192 1997 24,576 1998 27,935 Fuente: PNP-Policía Nacional del Perú. La violencia familiar no es denunciada, debido principal- mente a la falta de independencia económica, al poco cono- cimiento de las mujeres de sus derechos, a la vergüenza que este hecho acarrea, al costo, y a la poca disponibilidad de servicios especializados. Denuncias por tipo de violencia familiar, 1998 Fuente: PNP-Comisaría de Mujeres de Lima La dependencia que tiene la persona agredida respecto de su agresor y el desconocimiento de las propias mujeres sobre sus derechos y cuándo es víctima de violencia familiar, contribuyen también para que la agresión no sea denunciada y no se haga uso de los mecanismos que la ley establece para proteger a la mujer. El Módulo de Atención Integral “Emergencia Mujer ” del PROMUDEH, creado en marzo de 1999 con el propó- sito de brindar atención legal, psicológica y médica gra- tuita a mujeres, niños y niñas víctimas de violencia familiar, garantizándoles el acceso a la justicia de mane- ra ágil, oportuna y eficiente, ha mostrado su pertinencia. Este módulo atendió entre marzo y noviembre de 1999 alrededor de 8,600 casos. • Abuso sexual en la niña y adolescente Aunque la vida cotidiana de muchas niñas y adolescentes está marcada por relaciones violentas en las que son víctimas de maltrato físico y psicológico, no cabe duda que la versión más denigrante y dañina de la violencia que se ejerce contra ellas es el abuso sexual. En la delegación de mujeres de Lima se reportaron 191 casos de abuso sexual contra niñas sólo en el primer semestre de 1997. • Intimidación y acoso sexual En la actualidad se reconoce que la intimidación y el acoso sexual generan un entorno laboral hostil y humillante, que pone en entredicho el principio de igualdad en el empleo y condiciona la libertad de las mujeres, puesto que el acoso sexual es nocivo para la salud de las mujeres porque afecta la salud mental, comodidad y productividad de la persona en su centro de trabajo. Resulta difícil encontrar datos fiables sobre acoso sexual, puesto que para ello habría que empezar a definir, categori- zar y tipificar las posibles faltas o delitos que puedan come- terse relacionados con el acoso sexual. • Limitado conocimiento de los servicios y de la ley de violencia familiar A pesar de los esfuerzos realizados, aún existen muchos operadores de justicia y personal de todos los sectores a nivel nacional que se encuentran involucrados en el proceso de la violencia familiar que tienen limitada información sobre el contenido de las normas y que requieren ser capacitados y sensibilizados.Denuncias por tipo de violencia familiar, 1998 V.psicológica 23% V.física 77%