Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (02/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 183376 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de febrero de 2000 3.3 ESTRATEGIAS Con el fin de garantizar el mayor y mejor logro de los objetivos planteados en el presente Plan se propone desarro- llar las siguientes estrategias: • DIFUSION Y PROMOCION DE DERECHOS Desarrollar campañas de información y difusión a través de los medios de comunicación masiva, sobre los deberes y derechos de las mujeres y hombres, promoviendo una mayor participación masculina en la vida familiar y en el cuidado de la salud reproductiva. • SENSIBILIZACION Y CAPACITACION Sensibilizar y capacitar a las autoridades, funcionarios, personal técnico del Estado y sectores de la comunidad a fin de ampliar sus conocimientos y modificar sus prácticas orientadas a la mejora de la situación y posición de las mujeres. • INVESTIGACION Producir, analizar y difundir información actualizada sobre la situación de las mujeres en los distintos ámbitos de la vida social, económica, política y cultural y a lo largo de todo su ciclo de vida. • COORDINACION Y CONCERTACION Desarrollar acciones de concertación interinstitucional entre los sectores del Estado, gobiernos regionales y locales, la sociedad civil, las universidades, el sector privado y la Cooperación Técnica Internacional para mejorar la eficien- cia y eficacia de las política públicas. • DESCENTRALIZACION Fortalecer a los organismos públicos descentralizados y desconcentrados de los diferentes sectores del Estado a fin de que lideren el cumplimiento del presente plan en las zonas de pobreza y extrema pobreza prioritariamente. 3.4. MARCO INSTITUCIONAL COORDINACION: Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. ENTIDADES EJECUTORAS: Ministerio de Salud Ministerio de Educación Ministerio de Justicia Ministerio del Interior Ministerio de Trabajo y Promoción Social Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Ministerio de la Presidencia Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ENTIDADES DE APOYO: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) Organismos No Gubernamentales Organizaciones Cívicas Sector Académico Organizaciones Sociales de Base Agencias de Cooperación Internacional 3.5 EJECUCION Y FINANCIAMIENTO La garantía del cumplimiento del Plan corresponde al Poder Ejecutivo. El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, se encar- gará de la coordinación interinstitucional para la ejecu- ción de las acciones contenidas en el Plan, para lo cual convocará a los diversos sectores del Estado y entidades de la sociedad civil para desarrollar acciones concerta- das.Para el financiamiento se tendrá en cuenta los recursos propios de cada sector, de la sociedad civil y la Cooperación Técnica Internacional, en sus diferentes modalidades. Esta participación resulta fundamental, ya que ayudará en la aplicación de todas las medidas previstas en el Plan, a fin de garantizar la integración de la Igualdad de Oportunidades en las correspondientes políticas, programas y proyectos. 3.6. SEGUIMIENTO Y EVALUACION Se constituirá una Comisión Multisectorial ad hoc para las acciones correspondientes de seguimiento y evaluación. Se diseñará un sistema de monitoreo y evaluación a nivel nacional, regional y local para verificar y apreciar los resul- tados. Se realizará una evaluación anual cuyos resultados se difundirán. 1337 M T C Autorizan suscribir addenda a contra- to de obra suscrito con empresa para ejecución de Variante de la Vía de Ac- ceso al Nuevo Puente Internacional Desaguadero, en el departamento de Puno DECRETO SUPREMO Nº 006-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia y Perú, están llevando a cabo esfuerzos tendentes a integrar sus respectivos países, mediante una carretera binacional pavi- mentada que una la ciudad de La Paz con los puertos peruanos, específicamente con el Puerto de Ilo, contando con la construcción de un acceso nuevo hasta alcanzar el alinea- miento del futuro Puente Internacional que estaría ubicado sobre el río Desaguadero; Que, mediante Decreto Supremo Nº 127-96-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo, acordada entre la República del Perú y The Overseas Economic Cooperation Fund-OECF, mediante el contrato de préstamo PE - P15 suscrito el 24 de setiembre de 1996, actualmente Japan Bank for International Cooperation - JBIC, para financiar parcial- mente el Proyecto de Rehabilitación y Mejoramiento de Carreteras Rurales, que comprende la carretera binacional Ilo - Desaguadero, tramos VI, VII, VIII y IX; Que, por Resolución Directoral Nº 135-98-MTC/15.02- PERT.04 el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a través del Programa Corredor Vial Interoceánico del Sur - PCVS, otorgó la Buena Pro de la Licitación Pública Internacional Nº 018-97-MTC/ 15.02.PERT.04- segunda etapa, para la Construcción, Reha- bilitación y Mejoramiento a nivel de asfaltado de la carretera Ilo-Desaguadero, tramos VI, VII, VIII y IX, ubicados en el departamento de Puno, a las firmas contratistas: Construc- tora Norberto Odebrecht S.A. y la Asociación Besalco S.A., - Corporación Sagitario S.A., suscribiéndose los respectivos contratos de obra con fecha 3 de diciembre de 1998, con financiamiento del Tesoro Público y Endeudamiento Exter- no provenientes del contrato de préstamo PE - P15; Que, con relación a la ejecución de la mencionada carretera, el Gobierno de Bolivia hace de conocimiento la nueva ubicación del Puente Internacional sobre el Río Desaguadero, expresando que resulta necesario proyec- tar la ejecución de una nueva vía de acceso por el lado peruano; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, de acuerdo con la Resolución Direc- toral Nº 119-99-MTC/15.02-PERT.04 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, aprobó el estudio definitivo de Ingeniería de la Variante al Nuevo Puente Internacional Desaguadero; Que, estando a lo expuesto en los considerandos prece- dentes, resulta necesaria la construcción de la Variante, teniéndose en cuenta que las firmas contratistas a que alude el tercer considerando, se encuentran ejecutando los últimos