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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2000 (03/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 189670 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de julio de 2000 MINISTERIO DE PESQUERIA RELACION DE EXPEDIENTES ARCHIVADOS POR NO ACREDITARSE INFRACCION (SESION Nº 14 DEL 22 DE JUNIO DEL 2000) Dictamen Nº Denunciado Lugar y Fecha Materia 066-2000 Freddy Bernal Caleta La Cruz. Extraer tortuga. Velásquez 10.9.96 Acta de Infracc. S/Nº Dir. Subregional de Tumbes 115-2000 Gricelda Alvarado Mcdo. Mayorista Retener 20 kg. de concha Cabrera de Piura 1.2.97 de abanico durante período Acta de Infracc. de veda. Nº 004-97-RG Dir. Zonal Parachique 120-2000 Rosario Panuera Camaná 21.12.97 En el extremo de extraer Valdivia Acta de Infracc. 0.3 kg. de camarón de río en Nº 055-DNE tallas menores a las permitidas. 134-2000 Cía. Conservera Coishco 13.11.97 Procesar 50 tm. de ancho- Coishco S.A. Acta de Infracc. veta en tallas menores a Nº MIPE II A II2-1 las permitidas. ZE 034 Bureau Veritas Cerper. 7447 PROMUDEH Aprueban el documento "Linea mien- tos de Política para las Personas Adul- tas Mayores" DECRETO SUPREMO Nº 010-2000-PROMUDEH EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano asumió la función de velar por el cumplimiento de los programas y plataformas de acción suscritos por el Perú en las Conferen- cias Mundiales relativas al desarrollo humano, encargándo- se para el efecto de dirigir, coordinar y supervisar la política nacional en materia de población y adultos mayores, entre otros, en concordancia con la legislación nacional y los convenios internacionales vigentes; Que en concordancia con la Ley de Política Nacional de Población, aprobada por Decreto Legislativo Nº 346 modi- ficado por Ley Nº 26530, así como con los acuerdos y compromisos asumidos en la Asamblea Internacional so- bre el Envejecimiento (Viena, 1982), la Conferencia Inter- nacional sobre la Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) y la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenha- gue, 1995), el Gobierno Peruano promueve el mejora- miento de la calidad de vida de la población en un marco de desarrollo social, económico y cultural sostenible que garantice el bienestar humano, compartido en forma equitativa, para lo cual aprobó el Plan Nacional de Pobla- ción 1998 - 2002 a través del Decreto Supremo Nº 011-98- PROMUDEH; Que dentro de este contexto y teniendo en cuenta que el grupo poblacional "Adulto Mayor" referido a las personas de ambos sexos mayores de sesenta (60) años, requiere de un tratamiento especial considerando su condición de vulnera-bilidad biológica y social, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales así como la sociedad civil en conjunto, han elaborado el documento denominado "Lineamientos de Política para las Personas Adultas Mayores" el mismo que resulta necesario aprobar; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el documento "Lineamientos de Política para las Personas Adultas Mayores", el mismo que consta de seis capítulos y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Salud, por el Ministro de Trabajo y Promoción Social, por el Ministro de Educación y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano