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Pág. 190776 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de julio de 2000 a nombre del Estado Peruano y los coleccionistas particulares que intervienen; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación tanto en el país como en el extranjero, por lo dicha Institución recomienda autorizar la salida temporal de los bienes detallados según Anexo Nº 01; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 24047, el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 50-94-ED; y,y, Estando a lo acordado SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, hasta el 30 de setiembre del presente año, la salida temporal del país de setenta y tres (73) obras, pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, según rela- ción que se adjunta en Anexo Nº 01, de propiedad de Colección Barbosa-Stern (62 objetos), Colección María Luisa Alcázar (1 objeto), Museo Pedro de Osma (4 objetos), Colección Jaime Liéba- na de la Torre (1 objeto), Banco de Crédito del Perú (1 objeto), Museo de Arte de Lima (1 objeto), Elke Pfaff de Mc Donald (3 objetos), para la exhibición de la exposición denominada "Ayacu- cho, Hilos de Plata del Perú" a realizarse en el Museo de Arte Hispanoamericano "Isaac Fernández Blanco", entre el 3 de agosto al 17 de setiembre del 2000. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación, autenticidad de los bienes culturales a los que se contrae la presente Resolución, a su retorno al país. Artículo 3º.- Designar como COMISARIO a la señora Ame- lia Castillo Saavedra, Catalogadora de la Dirección del Registro Nacional del Patrimonio Mueble del Instituto Nacional de Cultu- ra, quien cumplirá la labor de verificación de las piezas de plata, del embalaje y desembalaje, tanto en Lima como en Argentina. La señora Amelia Castillo Saavedra, informará a la Dirección Gene- ral del Patrimonio Monumental Cultural del Instituto Nacional de Cultura, el resultado y pormenores de la exhibición. El viaje y estadía del comisario serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora, así como los gastos de movilidad local, impuestos de aeropuerto y gastos ocasionales. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados de los bienes culturales y cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la presente Resolución serán íntegramente cubiertos por el organizador. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación ANEXO 01 COLECCION BARBOSA STERN Canastilla Siglo XVIII V-2.7/E-113/403 Canasta Siglo XVIII V-2.7/E-113/322 Juego de 3 canastas Siglo XIX V-2.7/E-113/348 Cofre Siglo XIX V-2.7/E-113/305 Cofre Siglo XVIII V-2.7/E-113/411 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/324 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/412 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/325 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/326 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/404 Carterita Siglo XIX V-2.7/E-113/405 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/413 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/414 Cartera Siglo XIX V-2.7/E-113/415 Cigarrera Siglo XIX V-2.7/E-113/406 Tarjetero Siglo XIX V-2.7/E-113/407 Cajita de Rapé Siglo XIX V-2.7/E-113/408 Cigarrera Siglo XIX V-2.7/E-113/416 Tarjetero Siglo XIX V-2.7/E-113/417 Tarjetero Siglo XIX V-2.7/E-113/418 Pastillero Siglo XIX V-2.7/E-113/419 Pluma Siglo XIX V-2.7/E-113/409 Sello Siglo XIX V-2.7/E-113/420 Venado (Sahumerio) Siglo XVIII V-2.7/E-113/354 Pavo (Sahumerio) Siglo XVIII V-2.7/E-113/421 Pavo (Sahumerio) Siglo XIX V-2.7/E-113/422 Pavo (Sahumerio) Siglo XIX V-2.7/E-113/423 Misturero Siglo XIX V-2.7/E-113/424 Misturero Siglo XIX V-2.7/E-113/425 Florerito Siglo XIX V-2.7/E-113/323 Porta flores Siglo XIX V-2.7/E-113/426 Buquetero Siglo XVIII V-2.7/E-113/320 Buquetero Siglo XIX V-2.7/E-113/427 Marco oval Siglo XX V-2.7/E-113/428 Tupu Siglo XIX V-2.7/E-113/429 Peineta Siglo XIX V-2.7/E-113/430Pulsera Siglo XX V-2.7/E-113/431 Collar Siglo XX V-2.7/E-113/432 Dedal Siglo XIX V-2.7/E-113/433 Fuente Siglo XIX V-2.7/E-113/434 Piano cola Siglo XIX V-2.7/E-113/330 Piano vertical Siglo XIX V-2.7/E-113/435 Arpa Siglo XIX V-2.7/E-113/436 Máquina de coser Siglo XIX V-2.7/E-113/437 Carruaje Siglo XIX V-2.7/E-113/438 Carro Siglo XX V-2.7/E-113/439 Lámpara para velas Siglo XX V-2.7/E-113/440 Par lámparas velas Siglo XX V-2.7/E-113/441 Mobiliario 15 piezas Siglo XVIII V-2.7/E-113/327 Mobiliario 8 piezas Siglo XIX V-2.7/E-113/442 Mobiliario 6 piezas Siglo XIX V-2.7/E-113/443 Conjunto 5 mesas Siglo XIX V-2.7/E-113/444 Mecedora Siglo XVIII V-2.7/E-113/331 Mecedora Siglo XVIII V-2.7/E-113/332 Conjunto 8 sillas Siglo XIX V-2.7/E-113/445 Conjunto 3 sillones Siglo XX V-2.7/E-113/446 Fuente oval Siglo XIX V-2.7/E-113/447 Plato redondo Siglo XIX V-2.7/E-113/448 Fruterito Siglo XIX V-2.7/E-113/449 Canasta de Flores Siglo XIX V-2.7/E-113/450 Pluma Siglo XIX V-2.7/E-113/451 Esteca Siglo XX V-2.7/E-113/452 COLECCION MARIA LUISA ALCAZAR DE VALDIVIA Dedal Siglo XX V-2.7/E-438/1 COLECCION ANGELICA DE OSMA Canasta Siglo XVIII V-2.7/C-4/9 Sahumador toro Siglo XIX V-2.7/C-4/3 Sahumador venado Siglo XVIII V-2.7/C-4/26 Cofre Siglo XVIII V-2.7/C-4/27 COLECCION JAIME LIEBANA DE LA TORRE 3 personajes Siglo XIX V-2.7/E-69/14 COLECCION BANCO DE CREDITO Pava (Sahumador) Siglo XVIII V-2.7/E-167/38 COLECCION MUSEO DE ARTE Cofre Siglo XVIII V-2.7/A-5/928 COLECCION ELKE PFAFF DE MAC DONALD Pastillero Siglo XIX V-2.7/E-439/1 Cucharita Siglo XX V-2.7/E-439/2 Cucharita Siglo XX V-2.7/E-439/3 8380 PRES Aprueban transferencia de inmueble ubicado en el distrito de Jesús María, provincia de Lima, a favor del Ministe- rio de Defensa-Marina de Guerra del Perú RESOLUCION MINISTERIAL Nº 131-2000-PRES Lima, 14 de julio del 2000 Visto el Expediente Nº 02169-2000, mediante el cual la Direc- ción de Infraestructura Terrestre de la Marina de Guerra del Perú solicita la transferencia patrimonial del predio de 29 159,04 m2, ubicado en la intersección de las avenidas Salaverry y Punta del Este, en el distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del inmueble de 29 159,04 m2, ubicado en la intersección de las avenidas Salaverry y Punta del Este, en el distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, el que por Decreto Ley Nº 17370, de fecha 7 de enero de 1969, fue afectado en uso a favor del ex Ministerio de Marina de Guerra del Perú, el cual se encuentra inscrito en el Asiento 1 de Fojas 21 del Tomo 1972 del Registro de la propiedad Inmueble de Lima y registrado en el Asiento 4076 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles, corres- pondiente al departamento de Lima;