Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2000 (22/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Documento Nº V.200-290, de fecha 23 de febrero del 2000, la Direccion de Infraestructura Terrestre de la MORDAZA de MORDAZA del Peru solicita la transferencia patrimonial del predio MORDAZA indicado a favor del Ministerio de Defensa MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, mediante Informe Nº 123-2000/SBN-DAT, de fecha 17 de MORDAZA del 2000, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales, da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el predio en mencion constatando que se encuentra ocupado por diversas dependencias de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, tales como el Servicentro MORDAZA a cargo de la Direccion de Bienestar de la MORDAZA, Archivo General de la Direccion de Economia de MORDAZA y la Comandancia General de la Marina; Que, conforme a lo estipulado por los Articulos 88º y 89º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, las transferencias patrimoniales intersectoriales y/o las que se realizan del Gobierno Central a los Organismos Publicos Descentralizados o viceversa, se sustentaran con la intervencion de la Superintendencia de Bienes Nacionales y con arreglo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 041-85-VC se aprobaran por Resolucion Ministerial; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 02578-VC, Decreto Supremo Nº 041-85-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia patrimonial del inmueble de propiedad del Estado de 29 159,04 m2, ubicado en la interseccion de las avenidas Salaverry y Punta del Este, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en el Asiento 1 de Fojas 21 del Tomo 1972 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion Ministerial, inscribira la transferencia en mencion en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 8275

100 Nuevos Soles) al haberse efectuado la transformacion de horas maquinaria volquete de 15 m3 a horas maquina cargador frontal CAT 950, que fueron necesarios para el cumplimiento de las metas fijadas; Que, por Addendum Modificatorio suscrito entre la Gerencia Subregional "Luciano MORDAZA Colonna" y el proveedor MORDAZA Penafiel MORDAZA, con fecha 12 de junio de 1998 se acordo rebajar el monto del contrato de S/. 130 455,00 (ciento treinta mil cuatrocientos cincuenticinco y 00/100 Nuevos Soles) a S/. 120 314,55 (ciento veinte mil trescientos catorce y 55/100 Nuevos Soles); Que, con Carta de fecha 18 de junio de 1998, el senor MORDAZA Penafiel MORDAZA reconocio a favor de la Gerencia Subregional, un saldo deudor ascendente a S/. 10 140,45 (diez mil ciento cuarenta y 45/100 Nuevos Soles) producto de la diferencia de cantidades contenidas en el contrato y addendum; Que, la Gerencia Subregional "Luciano MORDAZA Colonna" el 27 de marzo del 2000 curso Carta Notarial al citado proveedor a fin que restituya lo indebidamente pagado, y pese al tiempo transcurrido no se ha cumplido con lo requerido, por cuya razon resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para que en representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes para la recuperacion del monto descrito en el considerando precedente; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA Penafiel MORDAZA, y los que resulten responsables, para la recuperacion del monto ascendente a la suma de S/. 10 140,45 (diez mil ciento cuarenta y 45/100 Nuevos Soles) mas los intereses de ley, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Ministro de la Presidencia Autorizan a procurador iniciar proce8316 so judicial para recuperar monto de saldo deudor referido a obra de habiliPESQUERIA MORDAZA y mantenimiento de calles Pueblo MORDAZA de Colan Nº 2 Disponen transferir en calidad de doRESOLUCION MINISTERIAL nacion bienes a favor de diversas DiNº 139-2000-PRES recciones y Subdirecciones RegioLima, 20 de MORDAZA del 2000 nales de Pesqueria Visto, el Oficio Nº 517-2000/CTAR PIURA-P del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR Piura; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Subregional "Luciano MORDAZA Colonna" y el Proveedor MORDAZA Penafiel MORDAZA, con fecha 28 de MORDAZA de 1998, celebraron el Contrato Nº 105-98/CTAR-RG-GSRLCC-OSRA-AA por el cual, este ultimo se comprometio a alquilar a la Gerencia Subregional, maquinaria para que trabaje en la ejecucion de la Obra Habilitacion y mantenimiento de calles Pueblo MORDAZA de Colan Nº 2, siendo el monto del contrato de S/. 130 455,00 (ciento treinta mil cuatrocientos cincuenticinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, la forma de pago pactada consistio en pagar al proveedor el 100% adelantado del monto total consignado en el contrato, contra MORDAZA de la carta fianza de igual valor mas un 20% como garantia de fiel cumplimiento, a favor de la Gerencia Subregional, pago que se realizo tal como se aprecia del Comprobante Nº 1138-0 de fecha 7 de MORDAZA de 1998; Que, mediante los Informes Tecnicos Nºs. 085-98/CTAR-GSRLCC-SGO-DO-WGSS, 086-98/CTAR-GSRLCC-SGO-DO-WGSS, 091-98/CTAR-GSRLCC-SGO-DO-WGSS, 095-98/CTAR-RG-GSRLCC-SGO-DE-MUL, 105-98/CTAR-GSRLCC-SGO-DO-WGSS, 2016-98/CTAR-REGION GRAU-GSRLCC-SGO-DO-D y el Informe Legal Nº 035-2000/CTARPIURA-GSRLCC-AL, se sustento y solicito la reformulacion del precitado contrato, considerandose la rebaja del monto de S/. 130 455,00 (ciento treinta mil cuatrocientos cincuenticinco y 00/100 Nuevos Soles) pactados originalmente, a S/. 120 314,55 (ciento veinte mil trescientos catorce y 55/ RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2000-PE MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2000 Vistos, las Recomendaciones del Informe Nº 007-99-PE/OGAI del 22 de MORDAZA de 1999, el Informe Nº 01-2000-PE/OGA del 26 de junio del 2000 y el Oficio Nº 177-2000-PE/OGAI del 5 de MORDAZA del 2000; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Supremas Nºs. 025-97-PE y 026-97-PE del 30 de MORDAZA de 1997, se transfirieron a favor de algunas Direcciones y Subdirecciones Regionales de Pesqueria diversos bienes adquiridos al MORDAZA del Programa de Implementacion de Equipos Informaticos y del Programa Nacional de Reactivacion de la Acuicultura en MORDAZA y MORDAZA, primera y MORDAZA etapas; Que estando a lo informado en los documentos del visto, es necesario efectuar rectificaciones relativas a las caracteristicas y valores de los bienes detallados en los anexos de las Resoluciones Supremas citadas en el considerando anterior, asi como tambien respecto de otros bienes no comprendidos en los citados Programas, razon por la cual es conveniente dejar sin efecto las referidas Resoluciones; De conformidad a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 804; Estando a lo acordado;

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