Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2000 (24/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de MORDAZA de 2000

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION CIVIL MODULO DE SERVICIOS ILO, concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Ostra del Pacifico" (Crassostrea gigas), en un area de mar de dos hectareas (2.00 Has.), ubicada en la MORDAZA Cruces Sur, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D LATITUD SUR 17°31'41.30" 17°31'42.10" 17°31'35.16" 17°31'35.00" LONGITUD OESTE 71°21'57.20" 71°22'00.38" 71°22'01.54" 71°21'58.20"

Articulo 3º.- Al termino del viaje, la indicada profesional presentara un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 8392

Otorgan concesion a asociacion para desarrollar la actividad de acuicultura en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 045-2000-PE/DNA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2000 Visto los escritos con Registros Nºs. CE-00172002 y 05611003 del 2 de junio y 14 de MORDAZA del 2000 respectivamente, presentados por la ASOCIACION CIVIL MODULO DE SERVICIOS ILO, mediante los cuales solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala. CONSIDERANDO: Que los Articulos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y 111º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; establecen que el Ministerio de Pesqueria otorga concesion para permitir el desarrollo de la actividad acuicola en terrenos publicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que mediante Resolucion Directoral Nº 0210-2000/ DCG del 10 de MORDAZA del 2000, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, considera como extension habil para el desarrollo de la maricultura, el area acuatica ubicada en la MORDAZA Cruces Sur, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que mediante los escritos del visto, la ASOCIACION CIVIL MODULO DE SERVICIOS ILO, solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Ostra del Pacifico" (Crassostrea gigas), en un area de mar de 2.00 Has., ubicada en la MORDAZA Cruces Sur, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se concluye que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 35 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; asimismo, mediante Oficio Nº 512-2000-PE/DIREMA, del 13 de MORDAZA del 2000, la Direccion de Medio Ambiente informa que el Estudio de Impacto Ambiental ha sido calificado favorablemente, por lo que procede otorgar la concesion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion Nacional de Acuicultura segun Nota Nº 4352000-PE/DNA-Dm y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 009-2000-PE; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y,

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende; acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de diez (10) anos, renovable por periodos iguales; debiendo la beneficiaria cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico del sistema MORDAZA circundante. b) Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion de area de mar. c) Presentar Informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de Pesqueria Ilo, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. d) La transferencia de la propiedad o posesion de las respectivas instalaciones acuicolas debera ser comunicada a la Direccion Nacional de Acuicultura, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 124º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 4º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral, seran causales de caducidad del derecho concedido y estara sujeta a las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria Ilo y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura (e) 8384

Aprueban cambio de titular de permisos de pesca por transferencia de embarcaciones de bandera nacional a favor de la empresa MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 198-2000-PE/DNE MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2000

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