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Pág. 191107 NORMAS LEGALES Lima, lunes 31 de julio de 2000 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan donación que será destinada al apoyo de programas de salud, edu- cación y nutrición en beneficio de po- blación de escasos recursos econó- micos RESOLUCION SUPREMA Nº 234-2000-EF Lima, 27 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, "Atelier Des Enfants" con sede en Oron-La- Ville, Suiza ha efectuado una donación a favor de la Asociación Taller de los Niños consistente en diversos bienes que serán destinados al apoyo de los Programas de Salud, Educación y Nutrición en beneficio de la población de escasos recursos económicos de Canto Gran- de y Arriba Perú en Lima; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por "Atelier Des Enfants" con sede en Oron-La-Ville, Suiza, a favor de la Asociación Taller de los Niños consistente en material educativo, toallas, sábanas y otros bienes, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema con un valor aproximado de US$ 1 000,00 (Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Carta de Donación de fecha 2 de abril de 2000. Dicha donación será destinada al apoyo de los Programas de Salud, Educación y Nutrición en beneficio de la población de escasos recursos económicos de Canto Grande y Arriba Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 8684Aceptan donaciones efectuadas a favor del Instituto de Investigación Nutricional que presta apoyo a diver- sos proyectos en beneficio de pobla- ción materna e infantil RESOLUCION SUPREMA Nº 235-2000-EF Lima, 27 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Universidad Johns Hopkins e International Fund for Infant Nutrition, Inc., ambos de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América y el Departamen- to de Ciencias Psicológicas de la Universidad de Purdue de West Lafayette, Indiana, Estados Unidos de América, han efectuado donaciones a favor del Instituto de Inves- tigación Nutricional; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano las donaciones efectuadas a favor del Instituto de Investigación Nutricional de acuerdo a las Resoluciones Directorales que a continuación se detallan: - Resolución Directoral Nº 027-2000-SA/OFICE Donación efectuada por la Universidad Johns Hop- kins de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de Améri- ca, a favor del Instituto de Investigación Nutricional, consistente en 2 kits de water filters, code # D-3906 y 2 pkgs. de bags for water reservoir pkg/2 bags, code # D- 2631, con un valor aproximado de US$ 770,00 (Setecien- tos Setenta y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 6 de enero del año 2000 y un peso aproximado de 15 kgs., según Guía Aérea Nº 43932195 de Bax Global. Dicha donación será utilizada para implementar los laborato- rios del Instituto de Investigación Nutricional, que pres- ta apoyo a diversos proyectos que ejecutan en beneficio de la población materna e infantil en zonas priorizadas. - Resolución Directoral Nº 028-2000-SA/OFICE Donación efectuada por International Fund for Infant Nutrition, Inc., de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América, a favor del Instituto de Investigación Nutri- cional, consistente en un microscopio binocular de fluores- cencia con sus accesorios, con un valor aproximado de US$ 13 811,00 (Trece Mil Ochocientos Once y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 15 de diciembre de 1999. Dicha dona- ción será utilizada para implementar los laboratorios del Instituto de Investigación Nutricional, que prestan apoyo a diversos proyectos que ejecutan en beneficio de la población materna e infantil en zonas priorizadas. - Resolución Directoral Nº 037-2000-SA/OFICE modificada por Resolución Directoral Nº 084-2000- SA/OFICE Donación efectuada por el Departamento de Ciencias Psicológicas de la Universidad de Purdue de West Lafa- yette, Indiana, Estados Unidos de América, a favor del