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Pág. 191111 NORMAS LEGALES Lima, lunes 31 de julio de 2000 Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 8689 EDUCACION Autorizan al Programa Especial de Mejoramiento de la Calidad de la Edu- cación Primaria arrendar locales de almacenamiento en la ciudad de Lima, mediante procedimiento de adjudica- ción directa de menor cuantía DECRETO SUPREMO Nº 020-2000-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 94-94 se creó en el Ministerio de Educación, el Programa 19: Programa Especial Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria (MECEP), cuyos objetivos constituyen el mejo- ramiento de la calidad de los procesos de enseñanza, la modernización de la administración educativa y la sus- titución y rehabilitación de infraestructura educativa; Que, en la actualidad el Programa Especial MECEP del Ministerio de Educación, se encuentra ocupando locales en calidad de arrendatario, para el almacena- miento de mobiliario y materiales educativos diversos, a ser distribuidos en todos los centros educativos públicos a nivel nacional; Que, iniciar un proceso de selección con la finalidad de contratar nuevos locales de almacenamiento, impedi- ría la oportuna distribución de mobiliario y materiales educativos, originando mayores gastos por el traslado y almacenamiento en nuevos locales; Que, para tales efectos es necesario adoptar medidas extraordinarias a fin de lograr la oportuna distribución de mobiliario y materiales educativos a nivel nacional, situación de urgencia prevista en los Artículos 19º, literal c), y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario exonerar al Ministerio de Educación, Programa 19: Programa Espe- cial Mejoramiento de la Calidad de la Educación Prima- ria (MECEP), del requisito de Concurso Público para el arrendamiento de locales de almacenamiento; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000; en los Artículos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y en el Artículo 44º, literal c) de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase en situación de urgencia, los servicios que presta el Programa Especial de Mejora-miento de la Calidad de la Educación Primaria - MECEP del Ministerio de Educación. Artículo 2º.- Exonérase al Programa Especial de Mejoramiento de la Calidad de Educación Primaria - MECEP del Ministerio de Educación, del requisito de Concurso Público y autorícese a dicha entidad para que arriende por adjudicación directa de menor cuantía los locales de almacenamiento en la ciudad de Lima, que cumplan con las condiciones de infraestructura necesa- rias para el desarrollo de las actividades del indicado Programa Especial, con cargo al Pliego 10 Ministerio de Educación, Cadena Funcional Programática 09.027.0071.200519.30693.00001.00010. Artículo 3º.- La ejecución de los contratos derivados del presente proceso se regulará por la Ley Nº 26859 - Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será puesto de conocimiento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, la Contra- loría General de la República y del Ministerio de Econo- mía y Finanzas, dentro de los diez (10) días siguientes a su aprobación. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisie- te días del mes de julio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 8679 Designan Director de la Unidad de Ser- vicios Educativos Nº 05 RESOLUCION SUPREMA Nº 095-2000-ED Lima, 28 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 027-99-ED, de fecha 9 de marzo de 1999, se designó a don Aledo Alejandro ECHEVERRÍA VALLE, como Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 05, cargo considerado de confianza; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, siendo necesario proceder a la desig- nación correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia presentada por don Aledo Alejandro ECHEVERRÍA VALLE, como Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 05, cargo considerado de confianza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolución, a don Germán GOMEZ MAN- RIQUE, como Director de la Unidad de Servicios Educa- tivos Nº 05, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 8735