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Pág. 187786 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de junio de 2000 CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO DE LA OFICINA GENERAL DE ECONOMIA Y DESARROLLO Artículo 32º .- La Oficina General de Economía y Desarrollo es el órgano asesor de la Alta Dirección para la formulación y evaluación de la política secto- rial. Formula y evalúa el presupuesto, los planes y proyectos de desarrollo institucional; capta la coope- ración técnica; diseña y propone modelos organizacio- nales, así como métodos y procedimientos de gestión; elabora indicadores estadísticos; tiene a su cargo las acciones de defensa nacional, incluyendo la defensa civil y, orienta y supervisa dichos aspectos en los organismos públicos del Sector de acuerdo a las nor- mas emitidas sobre la materia. Depende de la Alta Dirección y mantiene relaciones de coordinación con los organismos del Sector y entidades vinculadas a su competencia. Artículo 33º .- Son funciones de la Oficina General de Economía y Desarrollo: a) Asesorar a la Alta Dirección en la formulación de la política sectorial; b) Conducir la formulación y evaluación de los planes de desarrollo institucional, y coordinar y supervisar los del Sector; c) Coordinar con los órganos y organismos correspon- dientes la captación de la cooperación técnica nacional e internacional para la formulación y financiamiento de los proyectos de desarrollo del Ministerio, y orientar los del Sector; d) Conducir el proceso de formulación y evalua- ción del presupuesto institucional, y orientar el del Sector; e) Proponer los modelos organizacionales, la aplica- ción de métodos y procedimientos para la gestión institu- cional, así como elaborar la información estadística secto- rial; f) Planear, coordinar y supervisar las acciones referi- das a la defensa nacional y la defensa civil en el ámbito del Sector; y, g) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Artículo 34º .- La estructura orgánica de la Oficina General de Economía y Desarrollo es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina General Organos de Línea - Oficina de Desarrollo y Cooperación Técnica. - Oficina de Presupuesto - Oficina de Racionalización y Estadística DE LA OFICINA DE DESARROLLO Y COOPERACION TECNICA Artículo 35º .- La Oficina de Desarrollo y Coopera- ción Técnica es la encargada de la formulación y evalua- ción de los planes y programas de desarrollo sectorial; de planear, coordinar, programar y evaluar las acciones de defensa nacional y defensa civil; y, de identificar y captar los recursos de cooperación técnica de la comu- nidad nacional e internacional, en apoyo a las políticas del Sector. Artículo 36º .- Son funciones de la Oficina de Desarro- llo y Cooperación Técnica: a) Formular y proponer la política sectorial en el ámbito de su competencia; b) Conducir la formulación y evaluación de los planes y programas de desarrollo institucional, así como coordi- nar y supervisar los del Sector; c) Promover y realizar investigaciones que requieran el proceso de planificación y mantener actualizado el diagnóstico del Sector; d) Planear, coordinar, programar, evaluar y difundir acciones de defensa nacional y defensa civil en el ámbito del Sector; e) Promover convenios de Cooperación Técnica Nacio- nal e Internacional para el desarrollo de estudios, asisten- cia técnica y otras formas de colaboración para el Sector;f) Formular y evaluar el programa y proyectos de cooperación técnica del Sector; y, g) Las demás funciones que le asigne el Director General. Artículo 37º .- La estructura orgánica de la Oficina de Desarrollo y Cooperación Técnica es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organos de Línea - Unidad de Planes y Defensa Nacional - Unidad de Cooperación Técnica DE LA OFICINA DE PRESUPUESTO Artículo 38º .- La Oficina de Presupuesto es la encar- gada de conducir la formulación y evaluación del proceso presupuestario y de orientar el gasto en el Pliego, coordina dichos aspectos en el Sector de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Dirección Nacional del Presupuesto Públi- co del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 39º .- Son funciones de la Oficina de Presu- puesto: a) Formular y evaluar el presupuesto del Ministerio, así como coordinar y orientar el de los organismos del Sector; b) Coordinar, proponer y efectuar el seguimiento de las modificaciones presupuestales; c) Coordinar, formular y desagregar el calendario de compromisos; d) Elaborar y mantener actualizado el programa de inversiones de corto plazo del Sector; e) Orientar el gasto mediante directivas metodológi- cas, en coordinación con la Oficina General de Adminis- tración; f) Participar en coordinación con las áreas competen- tes en la propuesta y actualización de tasas y aranceles; y, g) Las demás funciones que le asigne el Director General. DE LA OFICINA DE RACIONALIZACION Y ESTADISTICA Artículo 40º .- La Oficina de Racionalización y Esta- dística es la encargada de proponer modelos organizacio- nales, formular y aplicar procedimientos e instrumentos metodológicos para la mejor gestión institucional; así como elaborar y desarrollar la información e indicadores estadísticos. En el Sector orienta dichos aspectos de acuer- do a la normatividad sobre la materia. Artículo 41º .- Son funciones de la Oficina de Raciona- lización y Estadística: a) Formular, proponer y evaluar las políticas de ges- tión administrativa; b) Diseñar modelos organizacionales, así como elabo- rar y emitir opinión sobre instrumentos normativos y técnico-metodológicos para la gestión; c) Participar en los procesos de Reestructuración Or- gánica y Reorganización Administrativa, y elaborar el Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal; d) Realizar acciones de Simplificación Administrativa así como elaborar y actualizar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos; e) Coordinar y supervisar el proceso estadístico secto- rial y elaborar normas y directivas para el desarrollo de la información; f) Captar, analizar, elaborar y mantener actualizada la información estadística y desarrollar indicadores; g) Proporcionar oportuna y permanentemente la infor- mación estadística para la toma de decisiones, y elaborar boletines, compendios, anuarios y otros; y, h) Las demás funciones que le asigne el Director General. Artículo 42º .- La estructura orgánica de la Oficina de Racionalización y Estadística es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organo de Línea - Unidad de Estadística