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Pág. 187801 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de junio de 2000 y reglamentar un servicio de Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente, de conformidad con la legislación de la materia. 6.2. De la Participación de la Comunidad Los Gobiernos Locales deben promover la participa- ción de los vecinos para el desarrollo de la comunidad, convocando Comités Multisectoriales por los Derechos de los Niños y Adolescentes, como órganos consultivos y de apoyo a la Gestión Municipal. 6.3. De los Comités Multisectoriales por los Derechos de los Niños y Adolescentes Los Comités Multisectoriales por los Derechos de los Niños y Adolescentes, son Comités Comunales convocados por el Alcalde, que actúan, en cada distrito, como un órgano consul- tivo y de apoyo a la Gestión Municipal en temas referidos a la niñez, adolescencia y familia. Asimismo es un mecanismo permanente de participación ciudadana y de coordinación interinstitucional que permite unir esfuerzos en beneficio de la infancia de una localidad. 6.4. Del rol del Comité El Comité Multisectorial de los Derechos de los Niños y Adolescentes como órgano de coordinación convocado por el Gobierno Local, se constituirá como la entidad técnica responsable de la normatividad, registro, super- visión y evaluación de las actividades en favor de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la localidad. 6.5. De las Funciones El Comité Multisectorial de los Derechos de los Niños y Adolescentes tiene como funciones orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien: - El análisis de la problemática de la infancia y la familia en la localidad. - La elaboración de propuestas a nivel local de acciones interinstitucionales para la atención de la infancia y la familia. - La comunicación y nexo entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el gobierno local. - La evaluación a nivel local de la difusión y el cumplimiento de la Convención y del Código de los Niños y Adolescentes. - Mantener informado al Ente Rector sobre la progra- mación de las acciones a realizarse; así como los resulta- dos de éstas. 6.6. De los Integrantes Como órgano de coordinación este Comité podrá estar integrado por: - El Alcalde, quien lo presidiría. - Un representante del Concejo Municipal. - El Responsable de la DEMUNA. - Representantes de las Instituciones Públicas de la localidad. - Representantes de las Instituciones Privadas de la localidad. - Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, y otros que se estime pertinente. El Responsable de la Demuna actuará como Secreta- rio Técnico del Comité. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS El Comité elaborará su Reglamento Interno en un plazo no mayor a treinta (30) días de su instalación, el cual contendrá entre otros aspectos la periodicidad con que llevarán a cabo sus reuniones y la metodología de trabajo a emplear. 6528 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesional de ESSALUD para participar en pasantía sobre rehabilita- ción respiratoria que se realizará en México RESOLUCION SUPREMA Nº 065-2000-TR Lima, 3 de junio del 2000VISTO: El Oficio Nº 126-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de México D.F., México, se llevará a cabo la PASANTIA EN REHABILITACION RESPIRA- TORIA EN UCI Y PACIENTES AMBULATORIOS, orga- nizada por el American British Cowdray Medical Center L.A.P., del 26 de junio al 25 de julio del 2000; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que la señora ROSA IVONNE CONCHA FLORES, Fisioterapista del Servicio de otras Discapacidades y Minusvalías del Hospital Nacional Gui- llermo Almenara Irigoyen de ESSALUD, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para el año 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora ROSA IVONNE CONCHA FLORES, Fisioterapista del Servicio de otras Discapacidades y Minusvalías del Hospital Na- cional Guillermo Almenara Irigoyen del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de México D.F., México, del 26 de junio al 25 de julio del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; de- biendo a su retorno presentar el informe correspondiente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$ 1,160.00 Pasajes :US$ 739.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 6610 Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD para participar en congre- sos sobre unidad coronaria y neuroci- rugía, a realizarse en Israel y Brasil RESOLUCION SUPREMA Nº 066-2000-TR Lima, 8 de junio del 2000 VISTO: El Oficio Nº 140-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Jerusalem, Israel, se llevará a cabo el CONGRESO MUNDIAL DE UNIDAD CORONA- RIA, organizado por el 2nd International Meeting on In- tensive Cardiac Care, del 18 al 21 de junio del 2000; Que, el Seguro Social de Salud - ESSALUD ha deter- minado la conveniencia que los señores FRANK WALLA- CE BRITTO PALACIOS y BERTHA AYDEE GONZA-