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Pág. 187788 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de junio de 2000 DE LA OFICINA DE PERSONAL Artículo 51º .- La Oficina de Personal es la encargada de administrar el potencial humano del Ministerio pro- moviendo su capacitación y bienestar a fin de optimizar su rendimiento. Artículo 52º .- Son funciones de la Oficina de Perso- nal: a) Planear, organizar, ejecutar y controlar las acciones referidas al potencial humano; b) Realizar los procesos técnicos para el ingreso, eva- luación, desplazamiento y ascenso del personal; c) Organizar y mantener actualizado los registros del personal y conducir los regímenes de pensiones del Ministerio; d) Formular la planilla única de pagos del personal activo y cesante, y la planilla de subvenciones del Régi- men Eclesiástico; e) Formular y mantener actualizado el Presupuesto Analítico de Personal; f) Promover, coordinar y ejecutar acciones de capacita- ción y promoción social; g) Promover, coordinar y desarrollar actividades de carácter artístico cultural, deportivo y recreacional, ex- tensivo a la familia del servidor; h) Expedir constancia de haberes y descuentos, así como otros documentos que por su naturaleza sean de su competencia; e, i) Las demás funciones que le asigne el Director General. Artículo 53º .- La estructura orgánica de la Oficina de Personal es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organos de Línea - Unidad de Movimiento de Personal - Unidad de Promoción y Servicio Social DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS Artículo 54º .- La Oficina de Abastecimiento y Servi- cios es la encargada de programar, coordinar, ejecutar y controlar el abastecimiento de bienes y prestación de servicios que requieran los órganos del Ministerio. Coor- dina y supervisa la seguridad integral. Artículo 55º .- Son funciones de la Oficina de Abaste- cimiento y Servicios: a) Programar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos del sistema de abastecimiento; b) Formular, coordinar, consolidar y evaluar el presu- puesto de abastecimiento del Ministerio; c) Celebrar contratos para la obtención de bienes y prestación de servicios; d) Realizar, actualizar y controlar los inventarios físicos de los bienes patrimoniales del Ministerio; e) Programar, coordinar y ejecutar la adquisición y suministro de bienes y prestación de servicios que requie- ran los órganos del Ministerio; f) Coordinar y supervisar el mantenimiento de los inmuebles, instalaciones, mobiliario, equipos y vehículos del Ministerio; g) Coordinar, supervisar y controlar los servicios de teléfono, transporte y limpieza; h) Coordinar y controlar las acciones de la seguridad integral del Ministerio; e, i) Las demás funciones que le asigne el Director Gene- ral. Artículo 56º .- La estructura orgánica de la Oficina de Abastecimiento y Servicios es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organos de Línea - Unidad de Programación y Obtención - Unidad de Almacén y Control Patrimonial - Unidad de Servicios DE LA OFICINA FINANCIERA Artículo 57º .- La Oficina Financiera es la encargada de conducir los procesos de contabilidad y de tesorería enel Ministerio, proporcionando información adecuada y oportuna para la toma de decisiones, de conformidad con los principios y normas que rigen los sistemas de contabi- lidad y de tesorería. Artículo 58º .- Son funciones de la Oficina Financiera: a) Programar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos de los sistemas de contabilidad y de tesorería; b) Registrar las operaciones contables y financieras en los libros principales y auxiliares; c) Elaborar la información de la ejecución presupues- tal y financiera; d) Recaudar, depositar, conciliar e informar sobre los ingresos generados por el Ministerio; e) Elaborar el informe de gestión económico-financiero del Pliego; f) Llevar el control, registro y custodia de los valores; g) Realizar arqueos de fondos y valores del Ministerio; h) Coordinar e integrar la información contable a nivel de Sector; e, i) Las demás funciones que le asigne el Director General. Artículo 59º .- La estructura orgánica de la Oficina Financiera es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organos de Línea - Unidad de Contabilidad - Unidad de Tesorería ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION OFICINA GENERAL OFICINA DE PERSONALOFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOSOFICINA FINANCIERA UNIDAD DE MOVIMIENTO DE PERSONAL UNIDAD DE PROMOC.Y SERVICIO SOCIALUNIDAD DE PROGRAMACION Y OBTENCION UNIDAD DE ALMACEN Y CONT.PATRIM. UNIDAD DE SERVICIOSUNIDAD DE CONTABILIDAD UNIDAD DE TESORERIA DE LA OFICINA GENERAL DE INFORMATICA Artículo 60º .- La Oficina General de Informática es el órgano encargado de dirigir, sistematizar, integrar, coordi- nar y supervisar el Sistema de Informática del Ministerio, así como orientar y coordinar el del Sector. Depende de la Alta Dirección y mantiene relaciones de coordinación con los órganos y organismos relacionados con su competencia. Artículo 61º .- Son funciones de la Oficina General de Informática: a) Formular y proponer la política del Sistema Infor- mático del Sector, orientando su integración; b) Definir con los órganos del Ministerio los términos y los alcances del apoyo requerido en la implementación de los sistemas automatizados;