Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2000 (24/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de junio de 2000

MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Manchego MORDAZA, Sr. MORDAZA Betancurt MORDAZA y Sr. MORDAZA Fachin MORDAZA, por incumplir lo dispuesto en los Articulos 16º y 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996; Que, se desprende igualmente la presunta inconducta funcional de los ex Directores de Administracion, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Cerquen y Sr. Driden Kuoman MORDAZA, al no observar lo establecido en el Inc. b) del Articulo 50º de la MORDAZA en mencion, en el que senala como funciones de la Direccion de Administracion: "... Programar, organizar, dirigir, ejecutar, controlar, y evaluar las acciones que correspondan a los sistemas de Contabilidad, Tesoreria, personal y abastecimiento de acuerdo a la normatividad establecida y a los dispositivos legales vigentes", asi como el Articulo 54º de la Ley Nº 26199 Ley MORDAZA del MORDAZA Presupuestario para el Sector Publico, el Articulo 33º de la Ley de Presupuesto Nº 26553 del ejercicio 1996, Articulo 15º de la Ley de Presupuesto Nº 26706 del ejercicio 1997, asi como por no haber cumplido con la Resolucion Directoral Nº 175-95-EC-76.01 Normas para Procesos Presupuestales de Gobiernos Locales, ni con la Directiva Nº 002-96/EC/76.01 punto 6.1 y 6.7 Programa del Vaso de Leche; Que, se ha determinado igualmente la presunta inconducta funcional del ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por negligencia en el desempeno e incumplimiento de sus funciones, al haberse determinado la elaboracion y firma de los Estados Financieros presentados a Contaduria Publica de la Nacion, correspondiente al ano 1996, incumpliendo lo dispuesto por los Incs. a), b) y c) del Articulo 54º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que senala como funciones de la Unidad de Contabilidad: "...Programar, Organizar, Coordinar, Ejecutar y Controlar la Contabilidad Presupuestal y Patrimonial de Acuerdo al Sistema Nacional de Contabilidad Gubernamental", asi como por infringir la Resolucion Ministerial Nº 801-81 MORDAZA General del Sistema de Contabilidad Gubernamental, al elaborar y firmar los Estados Financieros presentados a Contaduria Publica de la Nacion, correspondiente al ano 1996; Que, se ha senalado asi mismo la presunta inconducta funcional de los ex Jefes de la Unidad de Tesoreria, Sr MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Villarreyes al incumplir con lo dispuesto en los Incs. a) y b) del Articulo 55º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que senala como funciones de la Unidad de Tesoreria: ": a) Programar, Organizar, Coordinar, Dirigir, Ejecutar y Controlar las operaciones de ingresos y egresos de la Municipalidad, emitiendo los reportes periodicos correspondientes. Y b) Efectuar los registros del sistema de Tesoreria llevando las cuentas corrientes y el control de egresos efectuados", asi como por no observar lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 026-80-EF/77 y su ampliatoria aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 008-EF/77.15.01 del 12 de enero de 1989; Que, se ha determinado tambien, la inconducta funcional de los ex Jefes de Abastecimientos, Srta. MORDAZA Galli MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Canales; por incumplir con lo dispuesto en los Incs. a), d) y f) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que senala como funciones de la Unidad de Abastecimiento: "a) Programar, Organizar, Coordinar, Dirigir, Ejecutar y Controlar las actividades del Sistema de Abastecimiento..., d) Controlar el Activo Fijo... y f) Velar por el cumplimiento de las Normas que regulan el Sistema de Abastecimiento..., asi como por no observar lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 22056 - Ley del Sistema Nacional de Abastecimiento; Que, de igual forma se ha determinado, la inconducta funcional de los ex Jefes de la Unidad de Personal, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Reynaga MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por incumplir con lo dispuesto en los Incs. a), b), c) y f) del Articulo 52º del Reglamento de Organiza-

cion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, en el que senala como funciones de la Unidad de Personal: a) Programar, Organizar, Coordinar, Dirigir, Ejecutar y Controlar las actividades del Sistema de Personal en la Municipalidad. b) Procesar y tramitar las Resoluciones de nombramiento, contratos, promocion, cese y otros..; asi como, mantener actualizados los legajos del personal, el escalafon y el registro de servidores. c) Elaborar las Planillas de pago. Asi como por no observar lo dispuesto por los Articulos 86º, 89º, 90º y 91º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, asimismo, se ha determinado la inconducta funcional del ex Director de Infraestructura MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Falen; al haber transgredido lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 001-94, concordante con el Inc. f) de la Directiva Nº 00-96-EF/7601 - Normas del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales, asi como el Articulo 89º del Decreto Legislativo Nº 776, de igual manera se ha infringido el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 006-94/EF; Que, se ha establecido igualmente, la inconducta funcional de los ex Jefes de la Unidad de Fiscalizacion Tributaria, Sr. MORDAZA MORDAZA Gam; por incumplir lo dispuesto por el Articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Municipal Nº 0196, del 23 de diciembre de 1996; referente a las emisiones de los Tributos, pagos y Saldos de las Cuentas por Cobrar; lo cual no ha permitido a la Unidad de Contabilidad, registrar, ni contabilizar la emision de recibos de Tributos Municipales; Que, se ha precisado igualmente, la inconducta funcional de los ex Directores de Informatica, Sr. MORDAZA Aradiel Castaneda, Sr. MORDAZA MORDAZA Camacllanqui y Sr. MORDAZA MORDAZA Fernandez; por incumplir con lo dispuesto por el Articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Municipal Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, asi como por no observar lo dispuesto en la Directiva Nº 007-95-JI inciso 5.11, Resolucion Jefatural Nº 076-95-INEI; Que, se ha senalado ademas, la inconducta funcional de los ex Directores de Planificacion y Presupuesto, Sr. MORDAZA Aristizabal MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Sirlopu, Sr. MORDAZA Nervi MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Luna; por incumplir con lo dispuesto por el Articulo 38º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, asi como por no observar lo dispuesto en el Articulo 17º de la Ley Nº 26199 Ley MORDAZA del MORDAZA Presupuestario, la Directiva Nº 002-96-EF/76.01, aprobada por Resolucion Directoral Nº 175-95-EF/26.01, que aprueba las normas para el MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales del ano 1996 y el Articulo 24º de la Directiva Nº 002-97-EF/ 76.01; Que, finalmente se precisa la inconducta funcional del ex Director de la Oficina de Auditoria Interna, Sr. MORDAZA MORDAZA Claros; por incumplir lo dispuesto por el Articulo 33º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Edicto Nº 01-96, del 23 de diciembre de 1996, asi como por no observar lo dispuesto en el Inc. e) del Articulo 19º de la Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, la Directiva Nº 06-83-CG/ PL aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 158-83CG del 19.8.83, la Directiva Nº 015-96-CG/DPL-punto 2 Inc. c); Que, los hechos precedentemente expuestos constituirian faltas de caracter disciplinario previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por incumplimiento de las normas legales al haber demostrado negligencia en el desempeno de sus funciones y por no haber cumplido con las obligaciones previstas en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º, de la acotada MORDAZA legal, y Articulos 129º y 132º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Estando a lo expuesto por el Informe de vistos, evacuado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, a lo dispuesto por el Articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades;

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