Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2000 (24/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 24 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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con fecha 30-3-00, al otorgarse 90 dias calendario; sin embargo por las consideraciones expuestas se hace necesario otorgar una nueva Declaracion por 120 dias calendario para la adquisicion de los nuevos insumos, considerandose el mes de MORDAZA en dicha situacion, aun cuando la Direccion Municipal ha referido que los insumos adquiridos en cuanto a su monto en ese mes, no han excedido los de la adjudicacion directa, pero para proceder a dicha adquisicion directa debe estarse bajo la exoneracion del MORDAZA de seleccion que refiere el inciso c) del Articulo 19º de la Ley, en tanto se efectue los procedimientos para la nueva Licitacion. Que, la Comision de Participacion Ciudadana y Vaso de Leche en aras de otorgar seguridad y garantia legal y administrativa previo al MORDAZA MORDAZA, se vio en la necesidad de emitir su Dictamen Nº 01-CPVVL, que declara en Situacion de Urgencia por 120 dias calendario la adquisicion de dos nuevos insumos para el Programa Distrital del Vaso de Leche. Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y con el MORDAZA por Mayoria de los Sres. Regidores, asistentes a la Sesion de la fecha, con la dispensa del tramite de la Lectura y aprobacion de Actas; se: ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR EL DICTAMEN Nº 01-00CPVVL de la Comision de Participacion Ciudadana y Vaso de Leche, de la Muncipalidad Distrital de Ate, por las consideraciones MORDAZA referidas. Articulo 2º.- DECLARAR UNA NUEVA SITUACION DE URGENCIA por 120 dias calendario para la adquisicion de dos nuevos insumos para el Programa Distrital del Vaso de Leche, concerniente en HOJUELA DE CEBADA y HOJUELA DE CEBADA ENRIQUECIDA CON QUINUA en tanto dure el MORDAZA de seleccion, conforme a las Normas establecidas en la Ley Nº 26850 y su Reglamento y plena adecuacion a la normatividad que regula la materia respecto a los insumos, calidad y porcentaje exigidos, entre otras consideraciones. Articulo 3º.- Exonerar el MORDAZA de Licitacion Publica y proceder a la adquisicion del mismo, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 4º.- CONSIDERAR que en vias de regularizacion a partir del 1-4-00 regira la SITUACION DE URGENCIA, hasta 120 dias calendario siguientes en que debera haberse culminado con la firma del contrato del proveedor favorecido. Articulo 5º.- Que, tratandose de Procesos Selectivos regulado por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, es el Comite Especial designado para tal efecto y las areas pertinentes de la Administracion, quienes asumen la responsabilidad de la plena ejecucion de un MORDAZA Licitario, tanto para la exoneracion de los procesos, como para las Adjudicaciones Directas de menor cuantia, al encontrarse los plazos y procedimientos bajo sus atribuciones. Articulo 6º.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo, a la Direccion Municipal, Comite Especial y demas areas pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 7143

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS: CONSIDERANDO: Que, es potestad de las municipalidades el embanderamiento en el distrito de Chorrillos, conforme lo dispone el Art. 65º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853; Que, esta corporacion MORDAZA ha dispuesto la celebracion de la Semana Chorrillana del 24 al 30 de junio del presente ano, con motivo de conmemorarse el proximo 29 de junio, el 177º Aniversario de la Inmolacion del MORDAZA de nuestra Independencia Nacional, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALANDRA; Que, siendo el caracter central de los actos celebratorios de la Semana Chorrillana, el homenaje a nuestro heroe de la independencia nacional, constituye un deber civico disponer el embanderamiento general del distrito, y en salvaguarda del ornato del mismo; Estando a lo MORDAZA expuesto y en uso de las facultades conferidas al MORDAZA, de conformidad con el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo 1º.- Disponer el embanderamiento general del distrito de Chorrillos, desde el 24 de junio al 30 de junio del ano en curso. Articulo 2º.- El incumplimiento de la presente disposicion MORDAZA lugar a las sanciones pecuniarias establecidas en el Reglamento de Sanciones Administrativas. Articulo 3º.- Encargar a la Jefatura de la Division de Seguridad Ciudadana, Policia Municipal y Defensa Civil y a la Jefatura de la Oficina de Rentas, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Articulo 4º.- Publicar el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 7223

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION Nº 0548-00-ALC/MDLV La MORDAZA, 21 de junio de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto; el Informe Nº 004-00-CEPAD/MDLV, de fecha 19 de junio del ano en curso, cursado a este Despacho por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en cumplimiento a los Articulos 163º, 165º y 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, ha calificado el Informe de Auditoria de los Estados Financieros de los anos 1996 y 1997, practicado por la Sociedad de Auditoria MORDAZA & Zapatel y los documentos que obran en el Expediente Nº 002-2000/ CEPAD/MDLV, respecto a la presunta inconducta funcional de los ex Directores Municipales, Sr. MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 06-MDCH Chorrillos, 23 de junio del 2000.

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