Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2000 (24/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de junio de 2000

El Comite sostuvo que resultaba errado incluir en la presente investigacion la informacion que se desprende de la Resolucion Nº 0178-1999/TDC-INDECOPI, toda vez que dicho pronunciamiento sera materia de impugnacion ante el Poder Judicial. La Sala considera que debe desestimarse la alegacion del Comite en tal extremo, dado que la existencia de un MORDAZA judicial en el cual se cuestionan dichas resoluciones no resta validez a tales pronunciamientos, en tanto no exista un pronunciamiento judicial expreso que las declare invalidas. III.3.2.2 Importaciones no vendidas a precios dumping A partir de la informacion que obra en el expediente, se desprende que los precios de la totalidad de los productos importados, con independencia de su MORDAZA de procedencia, han sido menores a los precios del carburo de calcio nacional, tal como se aprecia en el siguiente cuadro: Cuadro 1 Precios internos del carburo de calcio importado y del carburo de calcio nacional (US$/TM)*
Promedio Importado MORDAZA Brasil Colombia MORDAZA Promedio Nacional Carbotermica HEPSA 1993 669 695 638 696 670 808 734 826 1994 653 670 642 692 868 868 826 1995 675 657 684 669 758 758 826 1996** 658 624 672 797 797 826

Dicha circunstancia denota que, independientemente del MORDAZA exportador, la orientacion de la demanda se hubiese dirigido a las importaciones de cualquier vendedor del exterior, puesto que sus precios, en todos los casos, fueron sustancialmente menores a los nacionales. El hecho que la participacion de Brasil MORDAZA sido mayor a la de MORDAZA, incluso cuando este ultimo MORDAZA ofrecia precios menores a los de Brasil, podria evidenciar la existencia de ventajas al adquirir el producto brasileno, diferentes del precio. En este sentido, resulta util efectuar el calculo del margen de dano ya que este aproxima la contribucion de las importaciones investigadas al dano producido en la industria nacional que es, justamente, el punto central del analisis de causalidad. El cuadro 2 que se presenta a continuacion muestra el calculo del margen de dano13 , para el periodo definido para la determinacion del dano y relacion causal, el cual refleja la diferencia porcentual de precios CIF entre las importaciones procedentes de MORDAZA y Brasil, ponderada por la cantidad importada. Como resultado, se obtuvo un margen de dano de 0,26%. Dicho margen implicaria que los precios de las importaciones procedentes de MORDAZA y Brasil fueron practicamente iguales, siendo los precios procedentes de MORDAZA ligeramente mayores que los de Brasil, en promedio14 . Cuadro 2 Importaciones de Carburo de Calcio enero 1993 - MORDAZA de 1996*
MORDAZA Brasil MORDAZA Total Valor CIF 3 091 779,28 1 725 010,37 4 816 789,65 TM 6 330,00 3 523,00 9 853,00 CIF (US$/TM) 488,43 489,69 488,88 Margen de dano 0,26%

* Todos los precios incluyen IGV ** Entre enero y julio. Fuente: ADUANAS e informacion presentada por Carbotermica y HEPSA en su solicitud de inicio de investigacion. Elaboracion: ST-CDS.

* Segun fecha de ingreso registrada por ADUANAS Fuente: ADUANAS / Elaboracion: ST-SDC

En algunos periodos, los precios de las importaciones procedentes de Brasil han sido mayores a los de las importaciones provenientes de otros paises, como las de MORDAZA y MORDAZA en 1995 y las de MORDAZA en 1996. En su apelacion, el Comite senalo que la Comision no habia tenido en cuenta en su analisis de causalidad que, durante mas de la mitad del periodo investigado, los precios de Brasil no fueron mayores a los de las demas importaciones de carburo de calcio. Al respecto, debe indicarse que la diferencia de precios existente entre las importaciones de carburo de calcio procedente de MORDAZA y Brasil no es sustancial puesto que la diferencia promedio es menor de US$ 1,0011 . Ademas, esta diferencia tampoco influiria en la preferencia del comprador peruano por un producto importado, toda vez que los precios de las importaciones fueron, en promedio, sustancialmente menores que los precios del producto nacional, alcanzando una diferencia de US$153,00 aproximadamente12 , tal como se aprecia en el siguiente grafico: Grafico 1 Precios el carburo de calcio importado y nacional

En consecuencia, del analisis de los datos, se desprende que el margen de dano de 0,26% es tan pequeno que la relacion de causalidad entre las importaciones de Brasil y el dano a la industria nacional resulta inexistente, tal como fue indicado por la Comision en la resolucion apelada.

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Precios internos del Carburo de Calcio importado *
(US$/TM) 1993 MORDAZA 695 Brasil 638 Diferencia (Argentina ­ Brasil) 57 1994 670 642 28 1995 657 684 - 27 1996** Promedio 624 672 - 47 - 0,61

* Incluye IGV y arancel. ** Entre enero y julio. Fuente: ADUANAS e informacion presentada por Carbotermica y HEPSA en su solicitud de inicio de investigacion. Elaboracion: ST-SDC.
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Precios internos del Carburo de Calcio importado y nacional *
(US$/TM) Promedio importaciones Promedio nacional Diferencia (Promedio nacionalpromedio de importaciones) 1993 669 808 140 1994 653 828 175 1995 1996** Promedio 675 658 815 819 141 161 153,75

900 850 US$ por tonelada 800 750 700 650 600 1993 1994 1995 1996* 13

* Incluye IGV y arancel. ** Entre enero y julio. Fuente: ADUANAS e informacion presentada por Carbotermica y HEPSA en su solicitud de inicio de investigacion. Elaboracion: ST-SDC.
MARGEN DE DANO = Precio no lesivo * - Precio importado Precio importado

MORDAZA

Brasil

Carbotermica

HEPSA 14

* Precio de importaciones de un tercer pais.

* Entre enero y julio. Fuente: HEPSA, Carbotermica y ADUANAS. Elaboracion: ST-CDS.

En el Informe Nº 018-99-CDS, se calculo el margen de dano para el periodo comprendido entre febrero y agosto de 1996. Sin embargo, la Sala considera que en este caso el calculo del margen de dano debe hacerse con respecto al periodo de determinado para el analisis de dano: de enero de 1993 a MORDAZA de 1996.

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