Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2000 (11/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 184566 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2000 De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003- 98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank, la apertura de una agencia ubicada en la Av. Carlos Villarán, Cdra. 1, esquina con la Av. Javier Prado Este y Av. Paseo de la República, del distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 2872 Actualizan monto máximo de cobertu- ra del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre marzo- mayo del año 2000 CIRCULAR Nº B-2067-2000-SBS Lima, 8 de marzo del 2000 CIRCULAR Nº B-2067-2000 F-0407-2000 CMAC-0254-2000 CR-0124-2000 --------------------------------------------------- Ref.: Actualización del monto máxi- mo de cobertura de Fondo de Seguro de Depósitos correspon- diente al trimestre marzo-ma- yo del 2000 --------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada mediante las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período marzo-mayo del 2000, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el Artículo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el período marzo-mayo del 2000 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE MARZO/MAYO 2000 SEGURO DE DEPOSITOS (*) Monto en Nuevos Soles 65 718 (*) Actualización para el trimestre marzo-mayo del 2000 en base a la Variación IPM diciembre 1998 - febrero del 2000: 1,05996423. Atentamente, MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 2897INDECI Disponen que Oficinas de Comités de Defensa Civil ubicadas en zonas de desastres, establezcan equipos de trabajo en permanente disponibilidad RESOLUCION JEFATURAL Nº 068-2000-INDECI Lima, 10 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Art. 1º del Decreto Ley Nº 19338, establece que Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, tiene por finalidad proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, y aseguran- do su rehabilitación en casos de desastres de cualquier índole. Asimismo en su Art. 5º determina que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es el órgano central, rector y conductor del Sistema; Que, los incisos a) y b) del Artículo 2º del mencionado Decreto Ley establecen entre los objetivos del SINADECI el prevenir daños, evitándolos y disminuyendo su magni- tud y proporcionar ayuda y encauzar a la población para superar las circunstancias del desastre o calamidad; Que, actualmente en diversas zonas del país se vienen produciendo inundaciones, desbordes de ríos y desliza- mientos a causa del incremento de las precipitaciones fluviales, fenómenos que se intensifican durante los me- ses de febrero a abril inclusive, ocasionando pérdida de vidas, daños en la salud y en el patrimonio de los poblado- res. Ello hace necesario que el personal de los órganos del SINADECI se encuentre en alerta permanente a fin de atender de manera inmediata y adecuada las diversas situaciones de peligro inminente y las emergencias a nivel nacional; De conformidad los Artículos 5º y 7º del Decreto Ley Nº 19338 y sus modificatorias Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que a partir de la fecha y hasta el 15 de abril del 2000, las Oficinas de los Comités de Defensa Civil a nivel Regional, Provincial y Distrital ubicados en las zonas amenazadas por desastres, esta- blezcan equipos de trabajo que se encuentren disponibles durante las 24 horas del día, a fin de atender las emer- gencias que pudieran presentarse como consecuencia de los fenómenos naturales propios de la temporada. Artículo 2º.- Los Presidentes de los Comités de De- fensa Civil referidos serán responsables del cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. SEGUNDO ARNAO LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 2972 I N P E Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Dirección Regional Lima RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 193-2000-INPE-P Lima, 7 de marzo de 2000 VISTO, el Informe Nº 024-2000-INPE-CPPAD de fe- cha 22 de febrero del 2000 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario;