Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2000 (06/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 6 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura; Que, con la dacion del Decreto Supremo Nº 052-2000AG de fecha 14 de setiembre del 2000, se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG, habiendose desactivado la Direccion General de Estudios y Proyectos de Recursos Naturales del INRENA, por lo que es necesario dar por concluida la designacion del citado funcionario; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, a partir del 15 de setiembre del 2000, la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General de la ex Direccion General de Estudios y Proyectos de Recursos Naturales del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 11477

tas de la Resolucion Directoral Nº 092-2000-AG-SENASAICA, publicada en nuestra edicion del dia 28 de setiembre de 2000, en la pagina 193344. En los VISTOS, en el MORDAZA considerando y en el Articulo 1º.DICE: ... distrito de Lamarate, de la provincia de Lucanas, ... DEBE DECIR: ... distrito de Laramate, de la Provincia de Lucanas, ... 11343

DEFENSA
Dictan disposiciones en salvaguarda de la salud de la poblacion para el arribo y recepcion de naves procedentes de puertos extranjeros, donde se tenga conocimiento de la presencia del HANTAVIRUS
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0441-2000/DCG 4 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que en ciertos paises ha sido detectada la presencia de un virus altamente contagioso, transmitido por roedores, denominado HANTAVIRUS, el mismo que ha cobrado una serie de victimas; Que uno de los medios por los cuales puede propagarse la citada enfermedad es por via maritima, debido a la presencia de personal y/o roedores infectados a bordo de las naves mercantes; Que el Articulo A-010201 del Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-87-MA, de fecha 9 de MORDAZA de 1987, establece que es funcion de la Autoridad Maritima, ejercer el control de trafico acuatico, recepcion, permanencia, y despacho de naves de los puertos, fondeaderos y de las aguas de soberania y jurisdiccion nacional; Que el Articulo A-050201 del acotado Reglamento, establece que toda nave que arribe a un puerto habilitado de la Republica debera ser recibido por la Autoridad Maritima, asi como por los organismos del Estado que corresponda, de acuerdo a las reglamentaciones correspondientes; Que el Articulo A-050215 del referido Reglamento, dispone que la Autoridad Maritima velara por el cumplimiento de las disposiciones que emita la Autoridad Sanitaria, asi como el cumplimiento de las reglamentaciones sanitarias, y el Articulo A-030305, que los Capitanes de Puerto designaran de acuerdo con las Autoridades Sanitarias, los fondeaderos de cuarentena; Que cuando se MORDAZA recibido informacion de la presencia del virus denominado HANTAVIRUS de naves procedentes de puertos extranjeros, es necesario dictar disposiciones de emergencia para el arribo y recepcion de estas en salvaguarda de la salud de la poblacion; De acuerdo a lo coordinado con el Ministerio de Salud y a lo recomendado por el Director de Control de Intereses Acuaticos; SE RESUELVE: 1.- Dictar las disposiciones de emergencia en salvaguarda de la salud de la poblacion, para el arribo y recepcion de naves procedentes de puertos extranjeros, donde se tenga conocimiento de la presencia del virus denominado HANTAVIRUS: a. La Direccion de Sanidad Maritima de la MORDAZA I Callao, comunicara oportunamente a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, la relacion de paises de

Encargan funciones de Director de Planificacion y Gestion Administrativa del PETT
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0770-2000-AG MORDAZA, 29 de setiembre de 2000 VISTO: El Oficio Nº 001-2000-AG-PETT/CA del Coordinador Nacional de Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Planificacion y Gestion Administrativa del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura; Que, resulta necesario efectuar el encargo correspondiente en tanto se designe al titular; Estando a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar a partir de la fecha, al senor Eco. MORDAZA Konrad Schreiber MORDAZA, Director de Administracion del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura, en el cargo de Director de Planificacion y Gestion Administrativa del citado organismo, en tanto se designe al titular mediante Resolucion Suprema. Registrese y comuniquese. MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 11360 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 092-2000-AG-SENASA-ICA Mediante Oficio Nº 602-2000-AG-SENASA-OGAJ el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erra-

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