Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2000 (06/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 6 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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DEJCMT/HR, Financiero Nº 142-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 193-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES YENIVA S.A.C. la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "Stop", ubicada en Plaza Bolognesi Nºs. 544-550; distrito de Brena, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES YENIVA S.A.C a explotar cuarentitres (43) maquinas tragamonedas y doscientas catorce (214) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas, tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 11347 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 731-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 29 de setiembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 014754-1999-MITINCI presentado por la empresa Inversiones Yeniva S.A.C. solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "La Suerte", ubicada en el Jr. Ucayali Nº 720; distrito, provincia y departamento de MORDAZA y los Informes Tecnico Nº 171-2000-DEJCMT/HR, Financiero Nº 141-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 192-2000DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Tecnico Nº 171-2000DEJCMT/HR, Financiero Nº 141-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 192-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES YENIVA S.A.C. la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "La Suerte", ubicada en el Jr. Ucayali Nº 720; distrito, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES YENIVA S.A.C a explotar cuarentiseis (46) maquinas tragamonedas y doscientas treinta y siete (237) memorias de solo lectura, cuyas caracte-

risticas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas, tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 11348 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 742-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 29 de setiembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002386-2000-MITINCI presentado por la empresa Inversiones Fide S.R.L. solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "La Moneda de la Suerte", ubicada en el MORDAZA Huallaga Nºs. 641-649; distrito, provincia y departamento de MORDAZA y los Informes Tecnico Nº 071-2000DEJCMT/HR, Financiero Nº 143-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 174-2000-DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Tecnico Nº 071-2000DEJCMT/HR, Financiero Nº 143-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 174-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INVERSIONES FIDE S.R.L. la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "La Moneda de la Suerte", ubicada en el MORDAZA Huallaga Nºs. 641-649; distrito, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES FIDE S.R.L. a explotar cuarentiun (41) maquinas tragamonedas y ciento setentitres (173) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas, tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion.

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