Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (11/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 193887 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de octubre de 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Demetrio Velasco Calisa- ya para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000. RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Demetrio Velasco Calisaya con el Nº N-3446 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11513 RESOLUCION SBS Nº 710-2000 Lima, 4 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Alvaro Cayetano Peña Velit para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000. RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Alvaro Cayetano Peña Velit con el Nº N-3505 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corre- dores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11576 Autorizan a EDYFICAR el traslado de agencia ubicada en la provincia de Huaraz RESOLUCION SBS Nº 674-2000 Lima, 28 de setiembre del 2000EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa EDYFICAR, requiriendo la autoriza- ción de esta Superintendencia para el traslado de su Agencia ubicada en el departamento de Ancash, provincia de Huaraz; y, CONSIDERANDO: Que las razones expuestas por la empresa recurrente justifi- can el traslado solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; De acuerdo con lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "E" mediante el Informe Nº DESF "E" - 141-2000/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y de acuerdo con la Circular SBS Nº EDPYME-13-97, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa EDYFICAR, el traslado de su Agencia ubicada en jirón Gabino Uribe Nº 639, distrito de Belén, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, hacia el jirón Simón Bolívar Nº 665, Cercado, provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 11578 Autorizan al Banco Wiese Sudameris la apertura de oficinas especiales ubi- cadas en las provincias de Lima y Callao RESOLUCION SBS Nº 702-2000 Lima, 3 de octubre del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice la apertura de seis (6) Ofici- nas Especiales ubicadas en la cadena de tiendas Santa Isabel, sitas en: - Av. Arequipa Nº 2270, distrito de Lince, provincia y departa- mento de Lima, - Av. La Marina Nºs. 2155-2167, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, - Ovalo Los Cabitos, esquina Tomás Marsano Nº 2975, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, - Esquina Av. Brasil y Húsares de Junín, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, - Av. Nueva Tomás Marsano Nº 5000, esquina con Av. Próce- res, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y, - Antúnez de Mayolo cuadra 9, esquina con calle Orión, Mz. B1, Lt. 2, Urb. Mercurio, distrito de Los Olivos, provincia y departa- mento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica la apertura de las citadas Oficinas Especiales; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "C" mediante los Informes Nºs. DESF "C" 169-OT/2000, DESF "C" 170-OT/2000, DESF "C" 171-OT/2000, DESF "C" 172-OT/2000, DESF "C" 173-OT/2000 y DESF "C" 174-OT/2000; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98;