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Pág. 194222 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de octubre de 2000 - Doctor Julio Lazo Piccardo, integrante de la Comisión Especial de Alto Nivel (CEAN); y, - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Luis Quesada Incháustegui, Director de Asuntos Sociales y Humanitarios. 2º.- El viaje de la referida Delegación se hará efectivo del 11 al 13 de octubre del año 2000. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 7,138.45, viáticos US$ 3,520.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 100.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 12150 M T C Modifican decreto que suspendió imposición de multas por exceso de peso por eje a que se refiere el Regla- mento de Peso y Dimensión Vehicular para la Circulación en la Red Vial Na- cional DECRETO SUPREMO Nº 051-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2000-MTC, se dispuso la suspensión por 90 días, de las multas que en razón del sobrepeso por ejes se deberían imponer por infracción al Reglamento de Peso y Dimensión Vehicular para la Circula- ción en la Red Vial Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-98-MTC; Que, esta norma ha permitido un avance respecto a la labor educativa dirigida a conseguir la completa adecuación del parque automotor al Reglamento de Control de Peso y Dimensión Vehicular; Que, se deben tomar las previsiones necesarias para extender la labor educativa, por un período adicional, que permita establecer una cultura de conservación de carrete- ras a través del control de peso de los vehículos; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Supremo Nº 013-98-MTC; DECRETA: Artículo Primero.- Sustitúyase el Artículo Primero del Decreto Supremo Nº 041-2000-MTC por el siguiente texto: "Artículo Primero.- Suspender, por el plazo de 180 días a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, la imposición de multas por exceso de peso por eje. En caso que se produzca dicho exceso de peso, el SINMAC emitirá un documento con el monto de la multa que debió imponerse. Este documento será entregado al transportista para que sea comunicado al generador de la carga." Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de octubre del dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12165Aceptan renuncia del Director Ejecuti- vo del Proyecto Especial Periférico Vial Norte del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2000-MTC Lima, 20 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-98-MTC, se creó el Proyecto Especial Periférico Vial Norte -PEPVN para la ejecución de los estudios definitivos y las obras públicas correspondientes al mismo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 176-98-MTC se nombró al ingeniero Danilo Moyasevich Baca en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del citado Proyecto; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia del ingeniero DANILO MOYASEVICH BACA, al cargo de confianza de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Periférico Vial Norte del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12151 Otorgan a TAME, Línea Aérea del Ecua- dor, permiso de operación para pres- tar servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, car- ga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 232-2000-MTC/15.16 Lima, 25 de septiembre del 2000 Vista la solicitud de TAME, LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR , sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 0183- 2000-MTC/15.16.02 y Memorándum Nº 0223-2000-MTC/ 15.16.02 emitidos por la Oficina de Asesoría Legal, Memorándum Nº 443-2000-MTC/15.16.05.3 y Memorán- dum Nº 248-2000-MTC/15.16.05.2 emitidos por la Subdi- rección de Operaciones Aéreas y Subdirección de Aeronavegabilidad, respectivamente; se considera per- tinente atender lo solicitado al haber cumplido la recu- rrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, D.S. Nº 054-88-TC y sus modificato- rias; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, TAME, LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR cuenta con la designación correspondiente emitida por el Consejo Nacional de Aviación Civil del Ecuador, para efectuar servi- cios de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo;