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Pág. 194314 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de octubre de 2000 Se define: PEBP1 =PEBP0 * FPME + CBPSE (7) PEBF1 =PEBF0 * FPME + CBPSE (8) Donde: PEBP0 :Precio en Barra de la Energía en Horas de Punta, definido. PEBF0 :Precio en Barra de la Energía en Horas Fuera de Punta, definido. PEBP1 :Precio en Barra de la Energía en Horas de Punta, por determinar. PEBF1 :Precio en Barra de la Energía en Horas Fuera de Punta, por determinar Los cargos por transmisión (CPSEE y CBPSE) son aplicables en la formación de los precios en barra entre generador y distribuidor y se encuentran definidos en la Resolución Nº 004-2000 P/CTE y sus modificatorias. B) Precios en Barra de Potencia de Punta Los Precios en Barra de Potencia de Punta serán el resultado de multiplicar los Precios en Barra de la Poten- cia de Punta en la Subestación de Referencia por el respectivo Factor de Pérdidas Marginales de Potencia (FPMP). Se define: PPB1 =PPB0 * FPMP (9) Donde: PPB0 :Precio en Barra de la Potencia en Horas de Punta, definido. PPB1 :Precio en Barra de la Potencia en Horas de Punta, por determinar. En todos los casos las empresas deberán verificar que los costos por transmisión no excedan los límites deno- minados costos de conexión directa, de acuerdo con las Condiciones de Aplicación fijadas en el numeral 4, Artí- culo Primero, de la Resolución Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias. 2FACTORES DE PÉRDIDAS MARGINALES POR TRANSMISIÓN 2.1FACTOR DE PÉRDIDAS MARGINALES DE ENERGÍA (FPME) Se define: 2.1.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) FPME = FPET * (1 + PEL/100 * L) (10) Donde: FPET :Factor de Pérdidas marginales de Energía por Transformación. En caso de no existir la transformación el valor de FPET es igual a 1,0. PEL :Pérdidas marginales de Energía por Trans- misión, en %/km. L :Longitud de la línea de transmisión, en km. 2.1.2 Para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Pérdidas Marginales de Energía FPME se encuentra definido en la Resolución Nº 004-2000 P/CTE y sus modificatorias. 2.2FACTOR DE PÉRDIDAS MARGINALES DE POTENCIA (FPMP) Se define: 2.2.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) FPMP = FPPT * (1 + PPL/100 * L) (11)Donde: FPPT :Factor de Pérdidas marginales de Potencia por Transformación. En caso de no existir la transformación el valor de FPPT es igual a 1,0. PPL :Pérdidas marginales de Potencia por Trans- misión, en %/km. 2.2.2 Para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Pérdidas Marginales de Potencia FPMP se encuentra definido en la Resolución Nº 004-2000 P/ CTE y sus modificatorias. Los valores de FPET, FPPT, PEL, PPL y C, son los fijados en la Resolución Nº 004-2000 P/CTE y sus modifi- catorias. 3 GRAVÁMENES E IMPUESTOS Las tarifas del presente pliego, o sus reajustes de acuerdo a las fórmulas de actualización del Artículo Se- gundo, no incluyen impuestos o tributos que sean de cargo de los clientes. Artículo Segundo.- Fíjase las Fórmulas de Actuali- zación de las Tarifas en Barra para los suministros a que se refiere el Artículo 43º, inciso c) de la Ley de Concesiones Eléctricas, según lo siguiente: 1FÓRMULAS DE ACTUALIZACIÓN TARI- FARIA De acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 46º y 52º de la Ley de Concesiones Eléctricas, las tarifas obtenidas según los procedimientos definidos en el Artículo Primero de la presente Resolución, serán actualizadas utilizando las siguientes fórmulas de actualización. Los factores FACBPST, FACBPSL, FAPCSPT y FACBP- SE y sus correspondientes fórmulas de reajuste son los fijados en la Resolución Nº 004-2000 P/CTE y sus modifi- catorias. 1.1ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO DE POTEN- CIA DE PUNTA A NIVEL GENERACIÓN (PPM) PPM1 =PPM0 * FAPPM (1) FAPPM =a * FTC * FTA + b * FPM (2) FTC =TC / TCo (3) FTA =(1,0 + TA) / (1,0 + TAo) (4) FPM =IPM / IPMo (5) Sistema a b S.I.C.N. 0,757 0,243 S.I.S. 0,757 0,243 Para la actualización de los precios de potencia en los sistemas aislados se utilizará el valor resultante del factor FAPEM correspondiente que se señala en el nume- ral 1.2 siguiente (FAPPM=FAPEM). Donde: PPM0 =Precio de Potencia de Punta, publicada en la presente Resolución, en S/./kW-mes. PPM1 =Precio de Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. FAPPM =Factor de Actualización del Precio de Po- tencia de Punta FTC =Factor del Tipo de Cambio. FTA =Factor de la Tasa Arancelaria. FPM =Factor del Precio al Por Mayor. TC =Valor de referencia para el dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, determi- nado por el valor promedio para cobertura de importaciones (valor venta) calculado por la Superintendencia de Banca y Segu- ros del Perú, cotización de oferta y deman- da - tipo de cambio promedio ponderado o el que lo reemplace. Se tomará en cuenta el valor venta correspondiente al último día hábil del mes anterior, publicado en el Dia- rio Oficial El Peruano.