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Pág. 200867 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de abril de 2001 MÉRITOS Y DISTINCIONES PUNTAJE OBTENIDO ....................... CADA DOCUMENTO DE MÉRITO, 1 PUNTO, 3 COMO MÁXIMO PUNTOS........................ POR CADA PREMIO INSTITUCIONAL, 1 PUNTO, 2 COMO MÁXIMO PUNTOS........................ POR PREMIOS NACIONALES PUNTOS........................ POR PREMIOS INTERNACIONALES PUNTOS........................ *PUNTAJE ACUMULATIVO TIEMPO DE SERVICIO PUNTAJE OBTENIDO ....................... DE 01 A 05 AÑOS PUNTOS........................ DE 06 A 10 AÑOS PUNTOS........................ DE 11 A 15 AÑOS PUNTOS........................ DE 16 A 20 AÑOS PUNTOS........................ DE 21 A 25 AÑOS PUNTOS........................ DE 26 A MÁS AÑOS PUNTOS........................ * PUNTAJE EXCLUYENTE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL PUNTAJE OBTENIDO ....................... 1º EVALUACIÓN SEMESTRAL PUNTOS........................ 2º EVALUACIÓN SEMESTRAL PUNTOS ....................... EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS PUNTAJE OBTENIDO ....................... PRUEBA DE CONOCIMIENTOS PUNTOS ....................... PRUEBA PSICOTÉCNICA PUNTOS ....................... EVALUACIÓN DEL PROYECTO DEL PLAN DE GESTIÓN PUNTAJE OBTENIDO ...................... PUNTAJE TOTAL FINAL ............................. .............................. .............................. PRESIDENTE SECRETARIO .............................. .............................. MIEMBRO MIEMBRO ANEXO 4 ESQUEMA PARA ELABORACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN INTRODUCCIÓN MISIÓN DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DE LA UNIDAD ORGÁNICA A LA CUAL PERTENECE EL CARGO QUE POSTULA CARACTERÍSTICAS DE LA DEMANDA DEL SERVICIO PERFIL EPIDEMIOLÓGICO. INDICADORES DE SALUD. PRODUCCIÓN DEL SERVICIO. POBLACIÓN OBJETIVO. COBERTURA RENDIMIENTO (ACTIVIDADES PRODUCIDAS POR UNIDAD DE HORAS) DISTRIBUCIÓN DE HORAS / HOMBRE POR ACTIVIDADES. CONSULTA AMBULATORIA Y HOSPITALIZACIÓN. ATENCIÓN QUIRÚRGICA Y EMERGENCIA . ATENCIÓN PREVENTIVA. CAPACITACIÓN COMUNITARIA EN SALUD. INTEGRACIÓN DOCENCIA - ATENCIÓN DE SALUD. NORMAS Y PROTOCOLOS DE ATENCIÓN. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO RECURSOS INSTITUCIONALES: RECURSOS HUMANOS RECURSOS MATERIALES, BIENES Y SERVICIOS RECURSOS ECONÓMICOS-FINANCIEROS INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO.ANÁLISIS FODA IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE PROBLEMAS VISIÓN OBJETIVOS, METAS Y ESTRATEGIAS COSTOS Y PRESUPUESTO 21171 M T C Otorgan a empresa autorización y permiso de instalación para operar estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 223-2001-MTC/15.03 Lima, 2 de abril de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RA- DIO SUDAMERICANA SR. DE MURUHUAY E.I.R.L., para que se le otorgue autorización para instalar y operar una estación transmisora del servicio de radio- difusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Tarma, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para estable- cer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equi- pos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señala que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 210-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 161-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO SUDAMERICANA SR. DE MURUHUAY E.I.R.L., cumple con los requisi- tos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitado; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe-