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Pág. 201308 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de abril de 2001 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Modifican la Ordenanza Nº 02 que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones ORDENANZA Nº 58 Jesús María, 10 de abril de 2001 LA ALCALDESA DE JESUS MARIA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Jesús María, en Sesión Ordinaria de la fecha, y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 36º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comi- sión de Planificación, Economía y Presupuesto mediante Dictamen Nº 04-2001- CPEP/MJM y estando a lo dispuesto en los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Déjese sin efecto el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 02 que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones. Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo 35º del Régimen de Aplicación de Sanciones aprobado mediante Ordenanza Nº 02, modificado por Ordenanzas Nºs. 25 y 38, en los siguientes términos: "Artículo 35º.- Cuando el infractor realice descargo por la supuesta comisión de una infracción, el Jefe de la Unidad de Control en un plazo no mayor de cinco días, bajo responsabilidad, deberá evaluar y pronunciarse sobre el descargo presentado, procediendo a calificar la sanción de multa, emitiendo la respectiva resolución jefatural y pape- leta de multa. En el caso de anularse la notificación cursada al infractor, ésta también será comunicada me- diante resolución, debiendo contar con la respectiva funda- mentación y de ser el caso con el informe del Policía Municipal, Inspector o Técnico Fiscalizador o con las nue- vas inspecciones efectuadas de oficio o a pedido de parte." Artículo Tercero.- Déjese sin efecto el Artículo 36º de la Ordenanza Nº 02 modificada por la Ordenanza Nº 38. Artículo Cuarto.- Modifíquese el Artículo 37º de la Ordenanza Nº 02 en los siguientes términos: "Artículo 37º.- Se considera reincidencia a la comisión de una infracción del mismo tipo, siempre y cuando hayan transcurrido treinta días desde que se cursó la notificación anterior que la detectó. Para el caso de infracciones que atenten contra la salud pública el plazo será de veinticua- tro (24) horas." Artículo Quinto.- Modifíquese el segundo párrafo del Artículo 45º de la Ordenanza Nº 02 modificada por la Ordenanza Nº 38, de la siguiente forma: "Artículo 45º.- ... En este sentido, corresponde interpo- ner recursos de reconsideración y apelación contra las resoluciones de sanción." Artículo Sexto.- Modifíquese el Artículo 48º de la Ordenanza Nº 02 modificada por la Ordenanza Nº 38 de la siguiente forma: "Artículo 48º.- Son competentes para resolver recursos de impugnación: 1. En el caso de recurso de reconsideración, la jefatura de la Unidad de Control. 2. En el caso de recurso de apelación, el Alcalde. Con esta resolución se da por agotada la vía administrativa, pudiendo el interesado acudir al órgano jurisdiccional para la acción correspondiente"DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite, a partir de la vigencia de la presen- te norma, se adecuarán bajo responsabilidad del funciona- rio competente. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 16 de abril del presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 21741 Modifican artículos del Reglamento de Organización y Funciones de la Muni- cipalidad EDICTO Nº 001-2001/MJM Jesús María, 30 de marzo de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE JESUS MARIA Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo, celebrada el día 30 de marzo de 2001, la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones, sobre creación de la Unidad de Control, órgano de línea de la Oficina de Administración de Tributos y Rentas; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo preceptuado por la Ley Orgánica de Municipalidades, los Municipios son competentes para regular el Régimen de Organización y Funciones de la Municipalidad como órgano de Gobierno Local Descen- tralizado con autonomía administrativa; Que, el Reglamento de Organización y Funciones es un importante instrumento de Gestión cuyo cuerpo normativo tiene por finalidad la distribución de las funciones y res- ponsabilidades de las diversas áreas del Municipio, así como la descripción de la estructura funcional del Munici- pio; Que, se ha considerado necesario modificar los Artícu- los 66º, 67º, 69º, 70º y 71º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Edic- to Nº 001-99/MJM, a efecto de optimizar las labores y el desarrollo de la institución; En Sesión Extraordinaria de la fecha y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, y en uso de las atribuciones señaladas en el Art. 36º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, aprobó el siguiente; EDICTO MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 66º, 67º, 69º, 70º Y 71º DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 66º del Edicto Nº 001-99/MJM, de la siguiente forma: "Artículo 66º.- La Oficina de Administración de Tribu- tos y Rentas cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas: - Unidad de Administración y Fiscalización Tributaria - Unidad de Recaudación - Unidad de Control -Unidad de Ejecución Coactiva" Artículo Segundo.- Modifíquese los Artículos 67º y 69º del Edicto Nº 001-99/MJM de la siguiente forma: "Artículo 67º.- La Unidad de Administración y Fiscali- zación Tributaria es un órgano de línea de la Oficina de Administración de Tributos y Rentas, encargada de la recepción e ingreso de las declaraciones juradas, el servicio de orientación al contribuyente, la determinación de las deudas tributarias, la emisión de valores de cobranza en los casos de diferencias catastrales y los que se deriven del