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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (12/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 201294 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de abril de 2001 Se define: CBPSE = CBPST + CBPSL * L * C (10) Donde: L :Longitud de la línea de transmisión, en km. C :Variable dependiente de los MW*km totales retirados de cada línea, según se detalla más adelante. CBPSE :Cargo Base de Peaje Secundario por Transmi- sión en Energía, expresado en céntimos de S/ ./kW.h. CBPST :Cargo Base de Peaje Secundario por Transfor- mación, expresado en céntimos de S/./kW.h. En caso de no existir la transformación el valor de CBPST es igual a 0,0. CBPSL :Cargo Base de Peaje Secundario por Trans- porte, expresado en céntimos de S/./kW.h-km. Los valores CBPST, CBPSL y C se indican a continua- ción: C.1) Cargo Base de Peaje Secundario por Trans- formación (CBPST) Sistema MAT a AT AT a MT MAT a MT ctm. ctm. S/./kW.h ctm. S/./kW.h S/./kW.h SINAC: Todos excepto Lima Metropolitana 0,3631 0,6509 1,0141 Nota: En caso de existir transformación de 220 kV a 138 kV, el Cargo Base de Peaje Secundario por Transformación será de: 0,2924 céntimos de S/./kW.h. Los CBPST son determinados desde el nivel de tensión donde se localiza el precio básico de referencia hasta el nivel de tensión del cliente. En el caso de cambios en el sentido del flujo, se calculará los valores intermedios de los precios de referencia hasta llegar al cliente. El CBPST hasta el nivel de MT, incluye el peaje unita- rio por la celda de conexión de la línea de salida MT. C.2) Cargo Base de Peaje Secundario por Trans- porte (CBPSL) Nivel de Tensión ctm. S/./(kW.h-km) 220 kV 0,0041 138 kV 0,0107 AT 0,0163 C.3) Variable C: El valor de la variable C para cada línea de transmisión depende de los MW*km totales retirados desde la línea de transmisión considerada, durante el período relevante para la facturación, de acuerdo al procedimiento estableci- do en las Condiciones de Aplicación. El valor de C es como sigue: C=1,0 Si la suma de los MW*km retirados desde el sistema de transmisión es igual o inferior a LI. C=0,7 Si la suma de los MW*km retirados desde el sistema de transmisión es superior a LI e inferior a LS. C=0,3 Si la suma de los MW*km retirados desde el sistema de transmisión es igual o superior a LS. Los valores de LI y LS son los siguientes: Nivel de Tensión LI LS 220 kV 15000 20000 110 a 138 kV 6500 8000 AT 1000 1250 En aquellas Subestaciones de Generación - Trans- porte que no sean Subestaciones Base, con niveles de tensión inferiores a 220 kV, pero ubicadas en zonas geográficas en las cuales existan líneas de tensiones superiores, los Precios en Barra estarán adicionalmen- te limitados a los valores máximos de costos de co- nexión directa calculados según el procedimiento seña- lado en el numeral 4, Artículo Primero, de la Resolución Nº 015-95 P/CTE.D) Precios de Transmisión Secundaria para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Cargo Base de Peaje Secundario por Transmi- sión en Energía CBPSE que considera los cargos de la transmisión y transformación hasta el nivel corres- pondiente será igual a los valores que se indican a continuación: CBPSE ( ctm. S/./ kW.h) Puntos de Venta de Energía Luz del Sur Edelnor a) En AT (acumulado) 0,1759 0,1942 b) En MT (acumulado) 1,0191 0,8685 Los cargos antes indicados contienen los cargos por transformación y transporte correspondientes a la trans- misión secundaria. Para el cálculo de los precios en la Barra Equivalente de Media Tensión (MT) se aplicará el cargo CBPSE en MT antes indicado en b). Para determinar la Tarifa en Barra que aplicarán los generadores por las ventas de energía en las barras de Alta Tensión o Media Tensión a las empresas Luz del Sur y/o Edelnor, se considerará que el valor del CBPSE es igual a cero. 2 FACTORES DE PÉRDIDAS MARGINALES POR TRANSMISIÓN 2.1 FACTOR DE PÉRDIDAS MARGINALES DE ENERGÍA (FPME) Se define: 2.1.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) FPME = FPET * (1 + PEL/100 * L) (11) POR TRANSFORMACIÓN: Relación de Transformación FPET De MAT a AT 1,0052 De MAT a MT 1,0141 De AT a MT 1,0088 POR TRANSPORTE: Nivel de Tensión PEL %/km 220 kV 0,0426 110 a 138 kV 0,0481 Menor a 100 kV 0,0920 Donde: FPET :Factor de Pérdidas Marginales de Energía por Transformación. En caso de no existir la transformación el valor de FPET es igual a 1,0. PEL :Pérdidas Marginales de Energía por Transmi- sión, en %/km. L :Longitud de la línea de transmisión, en km. MAT :Muy Alta Tensión, mayor a 100 kV. AT :Alta Tensión, igual o mayor que 30 kV y menor o igual a 100 kV. MT :Media Tensión, mayor que 1 kV y menor a 30 kV. Nota: En caso de existir transformación de 220 kV a 138 kV, el Factor de Pérdidas Marginales de Energía será: 1,0025. 2.1.2 Para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Pérdidas Marginales de Energía FPME será el siguiente: FPME Puntos de Venta de Energía Luz del Sur Edelnor a) En AT (acumulado) 1,0052 1,0052 b) En MT (acumulado)* 1,0233 1,0220 (*) Para el cálculo de los precios en la Barra Equiva- lente de Media Tensión (MT) se aplicará el cargo CBP- SE en MT.