TEXTO PAGINA: 27
Pág. 201417 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de abril de 2001 Agregar los siguientes códigos de infracción:- Por desacato al plazo para adecuar la construcción en retiro o su declaración para registro, según lo establecido en la Ordenanza reglamentaria o las áreas competentes encargadas de la fiscalización: Para Uso Comercial ......... 50% UIT por mes de retraso al plazo otorgado. Para Uso de Vivienda ......... 25% UIT por mes de retraso al plazo otorgado. Tercera Disposición Final.- Deróguese la Ordenan- za Nº 036-96-CDSB-C y la Ordenanza Nº 042-99-CDSB-C, así como toda aquella disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta Disposición Final.- No están comprendidas para los fines de esta ordenanza los conjuntos habitaciona- les de interés Social como las Torres de San Borja, Torres de Limatambo y urbanización Papa Juan XXIII, con excep-ción en el primer caso de tratarse de viviendas unifamilia- res en lote propio (Chalets). Quinta Disposición Final.- Mediante Decreto de Alcal- día se reglamentarán disposiciones complementarias especí- ficas por cada vía del distrito, a fin de reglamentar aspectos sobre composición de retiros, ornato , estacionamientos y otros, de acuerdo a las zonas de tratamiento y las secciones viales de cada vía, encargando a la Gerencia de Desarrollo Urbano con apoyo de la Subgerencia de Catastro, que elabo- ren el levantamiento de la información necesaria para la elaboración del plano de alineamientos y retiros del distrito. Sexta Disposición Final.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 21801Dice: A-14 Por construir sobre el Retiro Municipal Demolición o M Monto Obra sin la autorización temporal, detectado regularización antirreglamentaria por personal de la Municipalidad (sin condicionada , con perjuicio de su demolición o regularización) carga en Registros Públicos de ser el caso a) Para Uso Residencial 10% b) Para Uso Comercial 20% A-15 Por construir sobre el Retiro Municipal, Demolición o regularización M Monto Obra cuya regularización es solicitada por el condicionada, con carga antirreglamentaria propietario en Registros Públicos de ser el caso a) Para Uso Residencial 5% b) Para Uso Comercial 10% Debe decir: A-14 Por construir sobre el Retiro Municipal sin Demolición, o regularización M Monto Obra la autorización temporal, detectado por condicionada , con antirreglamentaria personal de la Municipalidad (sin perjuicio carga Registrada de ser el de su demolición o regularización) caso a) Para Uso Residencial 50% b) Para Uso Comercial 60% A-15 Por construir sobre el Retiro Municipal, Demolición inmediata, registro M Monto Obra cuya regularización es solicitada por el (Carga) o regularización de antirreglamentaria propietario ser el caso a) Para Uso Residencial 30% b) Para Uso Comercial 50%De declararse en abandono el expediente, la adminis- tración procederá a emitir la respectiva Resolución de demolición de las construcciones en retiro municipal, y/o clausura de locales comerciales en estas áreas. De haberse cancelado las multas por construcciones en retiro, se presentará copia de comprobante de pago para los fines del trámite administrativo de la regularización o registro. Cuarta Disposición Transitoria.- De la certificación de la antigüedad de construcción.- Se certificará la antigüedad de la construcción con Declaración Jurada simple hasta la próxima fecha de Declaración de Autoavalúo (año 2002). Posterior a este plazo, únicamente se podrán acogerse a esta ordenanza los propietarios de los predios que de- muestren la antigüedad de la construcción a través de su autoavalúo.DISPOSICIONES FINALES Primera Disposición Final .- La Gerencia de Fiscali- zación y la Gerencia de Desarrollo Urbano, según su competencia, quedan encargadas de realizar un empadro- namiento, notificación, fiscalización, y sanción de ser el caso de las construcciones en retiro, tendientes a su regis- tro y saneamiento, pudiendo actuar de oficio, utilizando los instrumentos de sanción y cobranza que faculta la ley para estos casos. Segunda Disposición Final.- Modificar el Cuadro de Multas y Sanciones aprobado con Ordenanza Nº 218-CDSB- C del 31 de enero del 2001, la siguiente manera: Modificar los siguientes códigos: Por construcción en retiro Municipal: